No necesariamente todo ordenamiento jurídico es un reflejo de la sociedad en la que rige.
En Argentina la Constitución de 1853 está imbuida de principios liberales, establece la libre navegación de los rios, la supresión de las aduanas interprovinciales, garantiza celosamente la libertad de expresión porhibiendo toda clase de censura previa, la libertad de cultos,etc.
Pero el pueblo argentino en su mayoría en aquella época no tenía nada de liberal, solo había una minoría ilustrada que trataba de imponer sus ideas a traves de cualquier medio.
Aunque también puede decirse que no es liberal en todos las aspectos esa Constitución, establece que el estado debe sostener el culto católico apostólico romano e incluso legislaba que el presidente de la nación debía ser católico, con la reforma de 1994 se suprimió este requisito para ser presidente.
Tampoco todo lo legislado tiene necesariamente una aplicación efectiva, el adulterio estuvo sancionado como delito en el Código Penal hasta 1995, sin embargo nadie fue a la carcel por ello. Como mencioné en otra oportunidad en diversos periodos de nuestra historia estuvo legislada la pena de muerte pero en pocos casos se aplicó, el último fue el caso Livingston.
En cuanto al aborto se puede decir que está prohibido en Argentina, pero lamantablemente hay excepciones de aborto no punible, como es el caso del aborto en caso d violación de mujer idiota o demente (aborto eugenesico) o para salvar la vida de la madre. Aunque esas excepiones son incostitucionales porque la República Argentina ratificó la Convención de los Derechos el Niño y en la reforma constitucional e 1994 le otorgó jerarquía constitucional, o sea que es superior a las leyes, al ratificarla estableció esta reserva, mediante la ley 23.849:
Con relación al artículo 1º de la CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, la REPUBLICA ARGENTINA declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad
O sea, a pesar de los argumentos de los abortistas, para nuestro país el concebido es jurídicamente persona y por lo tanto tiene derecho a la vida.
Bueno, eso es solo una argumentación explicada en forma muy resumida y se puede llegar a idénticas conclusiones analizando la Constitución y el Código Civil. Por supuesto que el concebido es persona y tiene derecho a vivir más allá de lo que digan las leyes.
Bueno, dejo acá para no seguir desviando el tema del hilo.
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