Cita Iniciado por Valmadian Ver mensaje
A eso se le llaman Fueros y una parte de ellos todavía forman parte del Derecho Positivo español, es decir, del Derecho en vigor. Por ejemplo, la mal llamada Comunidad Autónoma de Navarra es el Reino de Navarra y su estatus legal es el de Comunidad Foral. Pero, es cierto, que el "Fuerismo" o "Foralismo", cuyo representante ideológico siempre ha sido el CARLISMO, sin menoscabo de otras corrientes no carlistas, perdió mucha importancia después de las derogaciones a partir de la Constitución de 1876, promulgada por Cánovas del Castillo. No obstante, el actual Código Civil español de alguna forma sigue consagrando ciertas normas al sostener en su artículo 1º que las fuentes del Derecho incluyen la costumbre y los principios generales del Derecho. La principal crítica que se hace a los Fueros es que establecen marcos legales que hacen diferentes a los individuos dentro del mismo Estado. Y, en tal sentido, es por lo que a la hora de definir cuales son los elementos constitutivos del Estado se mencionan tres fundamentales: Territorio, Población y Soberanía. Siendo que los "administrativistas", teóricos del Estado, amplían a otros elementos, entre ellos la unidad jurídica. De ahí la necesidad de las Constituciones, y su estudio por el Derecho Constitucional Comparado.
De acuerdo, y por eso le decía, que en ese sentido, sí, España era un Estado, pero confederativo por la esencia de no haber perdido los reinos su condición, que equivaldría a las republicas actuales, sino simplemente haber recaído la soberanía de esos territorios bajo el mismo Rey.