Unos y otros, con una mezcla a dosis iguales de ignorancia y de malicia tienden a ignorar la ingente obra del Caudillo en materia religiosa.
Hablan de la grandeza del Catolicismo en España refiriéndolo a épocas remotísimas de los Fernandos, Carlos y Felipes y solo hasta 1833, como si desde entonces en España (por no haber habido reyes carlistas) ya no hubiera habido más que políticos malvados y antirreligiosos.
Y eso no fue así; los que peinamos canas no nos tragamos ni el discurso religioso antifranquista de posconciliares ni el de viejos resentidos; quede eso para yogurines imberbes y manipulables.
Nadie habla nunca, (ni sacerdotes, ni legitimistas ni meapilas posconciliares ¿por ignorancia? ¿por malicia?¿por odio? ¿por cobardía?) nadie habla, pues, del Concordato de 1953, magnífica obra y plasmación bien reciente de las más puras tesis católicas en las relaciones Iglesia Estado. Que no hace falta retrotraerse a San Pío X ni a León XIII, no. A Franco y a Pío XII, señores. No miren más allá que no hace falta.
Y he aquí el discurso de... Franco en las Cortes de 1953, resumiendo, con motivo del Concordato las tesis Iglesia Estado con más maestría que tochos y tochos de literatura decimonónica.
DISCURSO DE S.E. EL JEFE DEL ESTADO A LAS CORTES DEL REINO:
LA FE CATÓLICA, PIEDRA BÁSICA DE NUESTRA NACIONALIDAD
Nuestra fe católica ha venido siendo a través de los siglos la piedra básica de nuestra nacionalidad. Identificada la fe cristiana con el fin supremo del hombre elevado al orden sobrenatural, penetra en nuestro suelo ya desde los albores del Cristianismo y el sentir profundamente religioso de nuestro pueblo promulga su solemne reconocimiento en el III Concilio de Toledo, decisivo en la formación de la nacionalidad española, siendo profesado desde entonces, ininterrumpidamente por las sucesivas generaciones que nos antecedieron, sin que jamás se haya escindido nuestra unidad de conciencia religiosa con divisiones que tantos conflictos y tantas luchas han ocasionado en otras naciones de Europa.
Y si en etapas infelices de nuestra historia se registraron persecuciones y rozamientos entre los poderes públicos y la Iglesia, como aconteció en los siglos XVIII y XIX y aún en el XX, bajo el signo republicano, no fue el pueblo español el que los inspiró o provocó, sino precisamente el sectarismo personal de sus gobernantes que desobedecieron la conciencia religiosa de la inmensa mayoría de su pueblo, sacrificado de este modo a su sectarismo personal.
EL ALZAMIENTO NACIONAL, RESTAURADOR EN LO RELIGIOSO
Esta persecución de nuestra conciencia en lo religioso fue la que impregnando de espiritualidad nuestra Cruzada, dio al Alzamiento Nacional su sello restaurador en lo religioso, que acompañó a nuestro Movimiento desde su iniciación y que, sin duda, atrajo hacia nuestro bando la protección y benevolencia divinas tan trascendentes para la victoria.
Así lo interpretó la Jerarquía eclesiástica, que profundamente convencida, desde los primeros momentos, de la autenticidad católica de nuestro Alzamiento nacional, publicó aquella memorable pastoral colectiva que, si bien no consiguió modificar en lo exterior ciertas actitudes hostiles, adoptadas de mala fe, sí logró esclarecer los hechos y mostrar los fundamentos, las razones y la finalidad verdadera de la Cruzada, aclarando dudas y sosegando conciencias que, por falta de la debida información, creían de buena fe se trataba de un nuevo y discutible pronunciamiento militar al estilo de los del siglo XIX.
Aquella carta pastoral, obra del insigne cardenal Gomá, fue espontáneamente firmada por todos los obispos a la sazón en España, entre ellos el de Teruel, aquel insigne Padre Polanco, que, hecho después prisionero por los rojos, había de pagar con su preciosa vida la entereza en negarse a declarar, como se le proponía, que la había suscrito por coacción, y que con su martirio hizo el número doce de los obispos españoles asesinados por confesar su fe.
LA DEROGACIÓN DE LA SECTARIA LEGISLACIÓN REPUBLICANA
Campearan desde los primeros momentos en nuestro ideario como objetivos esenciales de la nueva política española, la derogación de la legislación sectaria de la República y la restauración en nuestras leyes del sentido católico tradicional español. Jalones de esta legislación fueron la derogación de las leyes del divorcio y del matrimonio civil, la anulación de la llamada ley de confesiones y congregaciones religiosas, máximos atentados perpetrados contra la Iglesia, y, a la vez. contra los derechos de la persona, la restauración de la Compañía de Jesús, primera y escogida víctima del sectarismo republicano, y el restablecimiento de la doctrina
y la moral cristiana en todo el campo de la cultura, reintegrando la enseñanza de la religión en las escuelas primarias, colegios e institutos de segunda enseñanza, estableciéndola en las Universidades, al tiempo que se devolvía a las órdenes y congregaciones religosas el legítimo margen de personalidad y de autonomía pedagógica.
Los Gobiernos nacidos de la Cruzada no podían frustrar ese anhelo clamoroso del pueblo español; por esto dedicaron sus afanes, al par de la reconstrucción material de nuestro maltrecho solar, a la restauración de la unidad católica de la nación, base secular firme e insubstituible de la unidad política de las tierras y de los hombres de España.
Terminada la Cruzada, se restablece en su totalidad, y aun mejorando, en lo posible, el presupuesto de obligaciones eclesiásticas para dotaciones del clero y sostenimiento del culto, y se destinan, además, importantes cantidades para la reconstrucción de iglesias, monasterios, seminarios, catedrales, etc., atendiendo con la mayor solicitud y con la generosidad posible, las llamadas angustiosas de los prelados, especialmente en las diócesis más pobres y más dañadas por la guerra.
CON EL CONCORDATO NOS SERVIMOS A NOSOTROS MISMOS Y AL BIEN ESPIRITUAL DE NUESTRAS ALMAS
En esta materia no caben reservas, mixtificaciones ni engaños. Si somos católicos, lo somos con todas sus obligaciones. Para las naciones católicas, las cuestiones de la Fe pasan al primer plano de las obligaciones del Estado. La salvación o la perdición de las almas, el renacimiento o la decadencia de la Fe, la expansión o reducción de la Fe verdadera, son problemas capitales ante los que no puede ser indiferente.
Por eso el Concordato no podemos juzgarlo haciendo abstracción de nuestra Fe católica con la mentalidad errónea de los Estados laicos, o aquellos viejos conceptos liberales, de regateos entre potestades extrañas con aspectos de tregua o transacción entre enemigos. Si en el Concordato que hemos concertado servimos a los fines trascendentes de la Iglesia de Cristo, con él nos servimos a nosotros mismos y al bien espiritual de nuestras almas.
Cuando de verdad existe un Estado católico, se comprende, señores procuradores, que pueda existir un régimen de perfectas relaciones de armonía entre Iglesia y Estado, sin pactos escritos que lo salvaguarden. Ese ha sido y no otro el régimen de colaboración casi ideal durante largos siglos de nuestra historia más gloriosa. Los Concordatos en España no fueron necesarios hasta llegado el nefasto siglo XVIII, cuando la invasión enciclopédica trató de socavar los cimientos católicos en que el Estado español se asentaba y con sus sectarismos e influencias extrañas rompió
la tradicional armonía de la Iglesia con el Estado.
El Concordato de 1851 vino a establecer una tregua entre la monarquía liberal y la Sede Apostólica, pero que, tras distintas violaciones, sucumbió bajo el imperio de los sectarismos que caracterizaron desde su cuna a la nefasta República que padecimos.
No necesitamos tampoco nosotros de acuerdos escritos para ser fieles a la Iglesia, una vez restablecida. como queda dicho, por nuestro Movimiento la normalidad religiosa del país. Como tampoco para llevar a cabo esta labor, restauradora necesitamos de acuciamientos exteriores, ni tampoco el estimulo de ulteriores negociaciones; nos bastaba seguir los impulsos de nuestra conciencia de hijos fieles de la Iglesia de Cristo y responder a nuestra auténtica condición de españoles.
Al legislar nuestro Estado acerca de materias que pudieran ser estimadas «mixtas» y singularmente sobre educación y matrimonio, se consultó, a su tiempo, a la Santa Sede sobre tales disposiciones y se fueron concertando con ella diversos Convenios parciales relativos a la provisión de sedes episcopales y beneficios eclesiásticos, jurisdicción castrense y asistencia religiosa a las fuerzas armadas, ayuda económica a los seminarios y universidades eclesiásticas. La Santa Sede, además accedió al restablecimiento del Tribunal de la Rota española, mediante un «motu proprio» pontificio.
A QUE SE DEBIÓ LA DEMORA EN LA NEGOCIACIÓN DEL CONCORDATO
Justo es que sepa el país que, durante el quinquenio de la torpe conjura internacional contra nuestra Patria, la demora en comenzar la negociación de un Concordato, lejos de deberse a ningún género de supuestas resistencias por parte de la Santa Sede, debióse a nuestra propia decisión de no envolver a la Iglesia, a ningún precio, en nuestras propias dificultades exteriores. Por eso, sólo cuando, a fines del año cincuenta, terminó en la Asamblea de las Naciones Unidas la farsa montada contra España, sólo entonces propusimos formalmente a la Santa Sede la elaboración de un acuerdo general que, coronando y afirmando la obra realizada, diera sistema y complemento a la legislación ya concordada, abriéndose seguidamente las negociaciones ahora tan felizmente rematadas.
En la forma como se ha desarrollado la génesis de este Concordato, veo la garantía de su larga y venturosa vida. Porque en él no se legisla abstractamente, ni tampoco según éste o el otro modelo de problemática adaptación a nuestro caso, se emplean, en concreto, fórmulas españolas y actuales. No se aventura ni ensaya nada del todo nuevo, se recoge y se da forma y sistema a lo que se está viviendo y cuyos buenos resultados ya se conocen.
De tal manera los principios del derecho público cristiano están recogidos en los postulados del Movimiento Nacional y están encarnados en el pueblo español, que, como tuve ocasión de decir, hace pocas semanas, a los seminaristas de Orense, antes de que nosotros firmáramos este Concordato, ya tenia vida en el deseo y en la voluntad, de los españoles.
Por eso, me atrevo a decir que su ratificación no es sino la promulgación solemne de lo que la voluntad popular ha refrendado. Porque mi Gobierno no ha hecho sino recoger y compendiar en un texto escrito la Voluntad bien explícita del pueblo español.
EN UNA NACIÓN COMO ESPAÑA ES IMPOSIBLE LA SEPARACIÓN ENTRE LA IGLESIA Y EL ESTADO
Preparado, en ambiente de sosiego, durante un largo período de armonía, y con espíritu de plena sinceridad, estamos ante uno de los singulares casos de la Historia en que un Concordato no presenta el carácter de un armisticio, ni una competencia transaccional, ni de un estatuto de garantías mínimas. Nos hallamos ante un pacto que consagra una amistad firme y probada y que asegura una colaboración cordial en marcha. En esto radica la confianza que ponemos en su duración y en su eficacia.
El español no concibe una situación nacional estable, ni mucho menos próspera, si no se basa en una perfecta coordinación de la misión y fines respectivos de la Iglesia y el Estado. La Iglesia y el Estado son dos sociedades completas y perfectas, cuyo elemento material, población y territorio, es el mismo, si bien difieran en razón del fin y de la autoridad, son como dos pirámides -de idéntica base, de vértice y aristas distintos. No cabe, pues, en buena lógica, en una nación eminentemente católica, como la nuestra un régimen de separación entre la Iglesia y el Estado, como propugnan los sistemas liberales. El que conviene a España es justamente «unión sin confusión», que proclama la auténtica tesis católica.
En la Historia de España es imposible dividir a los dos poderes, eclesiástico y civil, porque ambos concurren siempre a cumplir el destino asignado por la Providencia a nuestro pueblo. He aquí una afirmación que se encuentra en todos los grandes pensadores españoles. Aunque no sea del caso citar sus textos, está en Nocedal, en Aparisi Guijarro y en Donoso Cortés; está en Balmes y en Menéndez Pelayo; en Vázquez de Mella y en Pradera; en Minguijón, en Maeztu. Está, en fin, en Onésimo Redondo y en José Antonio, quien consideraba—bien lo recordáis— el espíritu religioso, así entendido, «clave de los mejores arcos de nuestra Historia».
Nuestro Concordato responde, pues, a convicciones profundas y tradicionales, como responde a realidades históricas.
(continúa)
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