.- ¿De qué
tirria tradicionalista habla usted?
2.- Cite usted una sola,
UNA, frase, mención, cita, en la que yo haya manifestado el más mínimo recelo, animadversión o inquina hacia los Monarcas Hispanos, si exceptuamos a Fernando VII, el cual si fue un usurpador, el cual si fue un déspota que vulneró la legislación anterior a él, y la manipuló a su antojo. Y, aún, muchísimo menos
"odio y miedo" usando sus propios términos, pero, además, ¿haría usted el favor de definir ambos términos y enmarcarlos en la única frase que le digo pueda usted encontrar?
3.-
"Más de lo mismo" ¿Dónde ha leído usted en alguno de mis mensajes que yo haya negado o puesto en duda la facultad legislativa de los monarcas hispanos? Es decir, cite usted
UN ejemplo,
uno nada más.
4.- ¿Y eso de dónde lo saca usted, lo deduce de algo o es que se lo parece? Pero, mientras, usted sigue empeñado en ignorar y no considerar que el
Fuero Juzgo fue el corpus legal que rigió la Península Ibérica durante el Reino Visigodo y que
refundió en una normativa común el Derecho de origen romano y el germánico, tanto para visigodos como para hispanorromanos. Así se muestra en su codificación de unos 600 artículos, y asi lo define la edición facsímil de su traducción al castellano, según la edición de
Lex Nova, pero igual es que también la Editorial está equivocada.
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