
Iniciado por
Firmus
De nuevo, no sé qué órgano es el responsable de constatar las exclusiones, pero me mantengo en mi teoría de que, siendo la legitimidad una situación de hecho, ser reconocida no es determinante para su validez, sólo tiene importancia desde un punto de vista de oportunidad política. Estando en el exilio, no parece deseable tener una estructura para-legal, una realidad alternativa para los carlistas, con un ordenamiento jurídico paralelo que se encargue de resolver las vicisitudes que surgen en el exilio (sin perjuicio, por supuesto, de la vigencia de las leyes que regían antes de 1833). No es deseable, digo, porque oscurecería nuestro propósito último que es restituir el Rey legítimo a su trono, con todo lo que ello comporta, en un régimen que una a todos los españoles, y no vivir en una autosuficiente marginalidad perpetua. En el exilio basta, yo creo, que de estas cosas se encargue alguien con suficiente autoridad moral que pueda, en aras a la cohesión política, unir voluntades.
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