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Tema: El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

  1. #1
    Martin Ant está desconectado Miembro Respetado
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    El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

    Fuente: La Unión, 15 de Diciembre de 1936, página 16.


    EL ORDEN NUEVO

    TEMAS ACTUALES

    SINDICALISMO Y CORPORATIVISMO


    Quisiéramos evitar todo lo que pareciera disputa con aquéllos con los que nos sentimos unidos en la sagrada hermandad del sacrificio, la guerra y el espíritu. No tienen otro carácter estas ligeras aclaraciones que, dentro de la mayor cordialidad, hacemos a nuestra concepción corporativa: en primer lugar, porque la hemos encontrado combatida, y tenemos que reanimarla, no convencidos por impugnación; y en segundo lugar, porque de ellas pueden deducirse coincidencias más importantes de lo que pudiera pensarse; y, finalmente, porque se trata de rumbos que pueden ser decisivos. Esperamos que con igual voluntad de compañerismo con que van hechas, sean recibidas.


    El Tradicionalismo, como movimiento exactamente nacional, tiene el constante afán de acertar a interpretar lo español, y no siente la necesidad de marcar las diferencias de su actitud y doctrinas con otras semejantes.

    Cuando señala, por tanto, alguna divergencia, es que percibe clara la necesidad de prevenir una desviación peligrosa.

    En esta hora, y con ocasión de los comentarios que ha provocado la obra nacional-corporativa, es necesario proclamar de nuevo y reafirmar nuestra convicción de este orden.

    Nosotros somos corporativos; creemos firmemente en la eficacia económica, social y política de la Corporación; y entendemos que la idea orgánica cristiana, que se impone al mundo, después del fracaso de todo lo inorgánico –de lo liberal y de lo marxista–, no tiene otra fórmula de realización que ésta.

    El sindicato vertical de inspiración claramente germánica, y producto del intento y proceso de nacionalizar el socialismo, emprendido por Hitler, no ha encontrado acogida en ninguno de los pueblos latinos, con cuyo temperamento y concepciones básicas es incompatible. En Alemania ha podido ser porque, en primer término, los que querían salvar la Patria no tenían delante como instrumento otra cosa que las inmensas masas socialistas; había que utilizarlas y atraerlas, y la gran transacción que se hizo con ellas fue aceptar en parte su socialismo y fundirlo con la idea nacional; y, en segundo lugar, porque la doctrina marxista, característicamente alemana, encontraba al pueblo germánico siempre dispuesto a aceptar, en una u otra forma, algo de ella, ya que la misma rimaba con su complejo temperamental panteísta.

    Porque –es preciso decirlo de una vez– el sindicalismo vertical, que abarca en la misma organización de esta clase a cuantos intervienen en la producción, desde el patrono y técnico hasta el último obrero, como organismo y sujeto de la producción misma, lejos de ser una superación del capitalismo, es, sencillamente, una manifestación colectivista de inspiración, no diremos que voluntaria, pero sí claramente marxista. En efecto, en él desaparece la diferenciación de funciones características de la producción; y sus elementos básicos, el capital, con su responsabilidad y su iniciativa, la técnica y el trabajo, quedan desdibujados, y en la confusión pierden su eficacia y sus virtudes.

    Es fácil decir que esta fórmula respeta la propiedad y los derechos útiles e indispensables del capital. ¿Dónde está este respeto? ¿A quién corresponde en tal sistema la iniciativa, la dirección y, con ella, la responsabilidad? Si es al capital realmente, entonces, a él corresponde llamar a la empresa al trabajo, y éste ha de conservar en ella su personalidad y ostentar sus derechos, en cuyo supuesto, la novedad de la fórmula se reduce, como tantas otras, a una mera apariencia. Si es al trabajo, que, como se ha dicho, “alquila al capital en vez de ser alquilado por él”, entonces, en realidad, ha triunfado en lo económico la imposición proletaria, y, de hecho, al tener en su mano los trabajadores los instrumentos de producción, fábricas, talleres, capital, etc., con un dominio de la colectividad sindical sobre ellos, se ha logrado la socialización de dichos medios, y habrá hecho su aparición un colectivismo por compartimentos o grupos, que tendrá todos los defectos del marxismo, y en el que, anegada y deshecha la personalidad, se resentirá la producción de todos esos males incurables con que la ha dañado la falta del estímulo del interés individual, en el país soviético. En este sistema, todo el capital generoso, fecundo, audaz y emprendedor, que es el que necesita para su desenvolvimiento la libertad de la iniciativa particular, desaparece, y el que se respeta, en esa sombra de respeto de que se habla, es el parasitario del rentista que, sin riesgo ni responsabilidad, se invierte en las cajas sindicales, como antes en la deuda pública o en los préstamos hipotecarios.

    Si la dirección y la iniciativa se atribuyen al conjunto sindical, entonces la fórmula colectivista-marxista-clásica se acusa más inconfundiblemente; y si, finalmente, se reserva al Estado o a sus representantes en el sindicato, quiere decir que hemos entrado en un amplio socialismo de aquél.

    El ejemplo de Alemania no nos sirve: en primer lugar, porque tendríamos que formular reservas a su eficacia en la economía del país y a la opinión de éste sobre el mismo; en segundo término, porque la psicología del pueblo alemán, fácil a la aceptación de fórmulas de férrea disciplina social, en la que rinden sus aptitudes en máximo provecho, es en esto totalmente distinto a la del nuestro, con cuyas características temperamentales es forzoso contar para una ordenación definitiva; y, finalmente, porque, escaso todavía el tiempo para juzgar del acierto del ensayo, es evidente que la producción, así ordenada, semejante a una gran movilización industrial, está mantenida en su marcha por un ideal de política exterior que mantiene unido y tenso al pueblo, y en máximo rendimiento a todas sus actividades.

    Es bastante fácil decir que, en [un] sistema nacional de rígidos sindicatos verticales, son innecesarios los organismos paritarios y de enlace, porque todo estará sometido a la disciplina de un Ejército. Pero, ¿quién ejercerá el mando? ¿El Estado, por sus delegados? ¿Los obreros, representantes del mayor número? ¿Los técnicos o capitalistas? Por cualquiera de los lados, el socialismo descarnado o el capitalismo sin freno asoman su perfil siniestro.

    Pero, ¿hay, en toda esta concepción sindicalista, esperanza cierta de una redención y mejora del proletariado? La respuesta no puede ser más dramática. El proletariado, más que nadie, lleva su suerte unida inseparablemente a la de la producción, y todos los estímulos y garantías del desarrollo de ésta quedan fuera de aquélla. La falta de interés por producir más y mejor del sindicalismo; la carencia de un mecanismo económico, que, con apoyos en una interpretación normal de la naturaleza humana, propulse la producción misma, son las sentencias inapelables de los trabajadores a la pobreza, la escasez y, tal vez, la miseria.

    Hemos hecho la crítica, tal vez aparentemente dura, pero, en realidad, simplemente objetiva, del sindicalismo. Examinemos ahora también, objetivamente, la concepción corporativa.


    Delegación de Gremios y Corporaciones de la Junta Nacional Carlista de Guerra

  2. #2
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    Re: El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

    Fuente: La Unión, 19 de Diciembre de 1936, página 7.



    Las soluciones de la obra Nacional Corporativa



    En el mundo físico, como en el social, la perfección se acusa por la diferenciación de funciones y la existencia de órganos distintos para cada una, dentro de la armonía del conjunto. La confusión, la mezcla de órganos y funciones, lo amorfo e inorgánico, es por naturaleza primario, y acusa un retroceso en la escala de la vida y del progreso.

    Nosotros oponemos a la idea confusa y oscura del colectivismo marxista, estatal o sindical, en el que se hunde y desaparece en un fondo materialista y panteísta la personalidad con todos sus atributos y normales desenvolvimientos, la idea clara, cristalina, exacta, orgánica, perfectamente orgánica, del gremio y de la corporación.

    No puede concebirse esto como una simple pieza de enlace entre las organizaciones patronales y obreras, semejante a un gran jurado mixto, porque para esto hace falta empequeñecer lamentablemente la idea de corporación, seguir viviendo la vida económica como un simple y permanente conflicto de clases y no haber alumbrado todavía la concepción de la producción y las actividades básicas como totalidades orgánicas, con características y exigencias que son del todo y no pertenecen exclusivamente a ninguna de las partes.

    La idea del corporativismo arranca de cuajo la mentalidad inorgánica del liberalismo y del marxismo que, partiendo de esa falsa concepción de la producción como una lucha permanente entre dos egoísmos, el del patrono y el de obrero, prescindía del interés colectivo y nacional y la condenaba a una estrangulación segura por haber perdido su visión de conjunto, y restablece íntegramente la concepción humana de las actividades todas, con sus funciones diversas, sus órganos adecuados para cada una, una disciplina total, una jerarquía y la exaltación del interés y del ideal común, que asegura a todos los participantes en ellos el reconocimiento de sus derechos, de tal modo que la sola aceptación de esta nueva doctrina reduce las diferencias a lo puramente indispensable, descarta la lucha de clases, vacía en gran parte el actual contenido de los organismos paritarios y sobre las diferencias monta, no un instrumento de lucha o de defensa, sino la magnífica armonía del mundo del trabajo restaurado.

    Hablar de la Corporación con las mismas preocupaciones del actual sistema económico, con sus luchas, con sus jurados mixtos, etc., es sencillamente no comprenderla.

    Claro es que en el sistema corporativo conservan su personalidad y sus funciones los factores básicos: el capital, la técnica y el trabajo, y aquí reside principalmente su eficacia y la posibilidad de su implantación, así como la seguridad de sus rendimientos. Pero su misión no se reduce a evitar la violencia de las luchas sociales, al poner en directo contacto en el seno de cada actividad a todos ellos, creando así la solidaridad de la preocupación por los problemas comunes. Es que la corporación tiene otras funciones esenciales, que son precisamente las que la caracterizan, incorporando al mecanismo de la vida económica los factores del espíritu, de la nacionalidad y de la justicia; tales son la regularización de la producción, tan esencial que, por no haber hoy quien legítimamente la acometa, la imponen de una manera abusiva los trusts omnipotentes del capitalismo; la mejora de los productos, en los que va envuelto el prestigio y la gloria del esfuerzo nacional, con la verdadera concepción del progreso; la fijación de los precios, que corrige naturalmente los abusos del capitalismo y la especulación, atajada a la vez en sus demás aspectos por la Corporación y la Cooperativa, mediante la supresión de los intermediarios inútiles; el perfeccionamiento integral de la técnica; y todas aquéllas, en fin, que, en este orden económico, están siendo exigidas por la consideración del fenómeno total de la producción, a cuyo gobierno se da acceso de esta forma a cuantos intervienen en ella.

    Esto aparte de las funciones social y políticas, que bastarían por sí solas para justificar su implantación; por ejemplo, en las primeras, las medidas de previsión social y de seguro, la eliminación total y automática del paro, la enseñanza profesional y la reglamentación de los oficios, etc. Y, en lo político, el ejercicio y aplicación de aquellas facultades de soberanía y participaciones de autoridad, cedidos por el Poder para el servicio de los fines comunes; la organización de las actividades vitales para establecer así bases del nuevo Estado, llevando a los órganos supremos del mismo la representación de aquéllas, etcétera.

    Este Estado nuevo, antipartidista, antiparlamentario y nacional, no tiene otra posibilidad de realización que la organización de las clases en forma corporativa, las cuales irán descargándole de todas aquellas funciones superfluas de que ahora está abarrotado, y que se traducen en una monstruosa burocracia, cuyo acrecentamiento constante es el fenómeno característico de los intentos marxistas.

    Pero la concepción tradicionalista española, que no es simplemente corporativa, sino gremial en cuanto se refiere a la organización obrera, resuelve el excelente propósito de evitar que el trabajo siga siendo simple objeto de alquiler por el capital, ofreciendo a los sindicatos y gremios de los trabajadores jerarquizados, disciplinados y limpios, por tanto, de todo vicio democrático, la posibilidad de constituirse ellos en iniciadores, directores y ejecutores de la producción misma, igualando en este aspecto sus derechos a los del capital, mediante la facilidad de que puedan ser ellos los que, a su vez, alquilen el capital.

    Esto es justo, realizable y puede ser fecundo. Pero darles a ellos tal posición y negársela al capital, ya no lo sería tanto, aunque la constancia de estos postulados en los puntos básicos de la Obra Nacional Corporativa confirma plenamente que ninguna de las reivindicaciones básicas ha quedado fuera de ella, que viene así a encarnar realmente un incontenible sentimiento nacional.

    El pensamiento europeo, en fin, sobre estas cuestiones sigue el mismo rumbo que dejamos señalado: “Un movimiento espontáneo hacia las corporaciones”, es el título del trabajo con que, en un importante diario francés, comenta Bernard de Yaulx el libro de Bacconnier “Le salut par la corporation”, cuyo título es por sí bastante elocuente, y en el que es notable observar cómo, extraídas de la realidad, prevalecen las orientaciones fundamentales que dan fisonomía a nuestra gran empresa nacional corporativa.

    A España le toca coronarla en esta hora definitiva en que el aniquilamiento de todo un orden caduco abre el camino de todas las realizaciones. Porque sólo nosotros podemos dar el orden nuevo, el espíritu y la soberanía, el equilibrio y la exactitud que nacen de nuestras concepciones religiosas políticas, desgajados de los cuales los intentos de reconstrucción social mejor intencionados están condenados al fracaso, porque el porvenir es un todo, cuyas partes se prestan mutuo e imprescindible apoyo.


    (Delegación de Gremios y Corporaciones de la Junta Nacional Carlista de Guerra)

  3. #3
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    Re: El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

    Fuente: La Unión, 21 de Diciembre de 1936, página 4.


    Una carta del cónsul de Portugal

    El Estado corporativo, típicamente lusitano, de Portugal, tiene el espontáneo entusiasmo del pueblo



    Sevilla, 15 de diciembre de 1936.
    Señor director de LA UNIÓN.
    Sevilla.


    Muy distinguido señor mío:

    Con el pedido de publicación en su estimado periódico, tengo el honor de enviarle la siguiente carta, dirigida en 4 del corriente al señor director de “F. E.”:

    «Muy señor mío:

    En el número del día 1 del corriente de su estimado periódico, publica el señor don Javier N. Bedoya un artículo titulado “No somos corporativos, somos sindicalistas”, en el cual se hacen unas referencias a Portugal, que debo inmediatamente rectificar, para lo que vengo a solicitar de usted algunas líneas en las páginas de “F. E.”.

    Desconozco si el señor Bedoya ha consagrado al corporativismo de Austria el mismo afán intelectual que parece haber dedicado al caso portugués –sistema corporativo que el crítico de firma europea, Politis, aún muy recientemente indicaba como debiendo servir de modelo a la futura carta política de Europa– ni asimismo es tarea mía pretender discutir aquí la realidad social u orgánica de su “sindicalismo” a outrance.

    Quiero solamente manifestarle que, siendo Portugal un “Estado corporativo”, como lo define el artículo tercero del Estatuto de Trabajo Nacional, compendio del concepto económico de la nación, aprobado por la voluntad expresa del país, este régimen de organización corporativa, agrupando todos los intereses nacionales aptos a organizarse en colaboración con el Estado, y no solamente los intereses económicos, no funciona por obra y gracia de cualquiera despótica imposición militarista venida “desde arriba”, como refiere el autor, pero sí debido al espontáneo entusiasmo con que las masas productoras nacionales han acogido la creación típicamente lusitana (¿y por qué no peninsular?) del genio político de Salazar».

    Con mis anticipados agradecimientos, me es muy grato testimoniarle, señor director, mi más distinguida consideración.



    Antonio de Cértima

    Cónsul de Portugal

  4. #4
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    Re: El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

    Fuente: La Voz de España, 22 de Julio de 1937, página 7.



    UN PLAN.– UN ESTADO CORPORATIVO


    Por el P. Joaquín Azpiazu S. J.


    Si los legítimos representantes de la España que agonizaba hace un siglo, ahogada entre las garras del liberalismo, despertaran hoy y vieran el PLAN de Corporaciones, presentado por la “Obra Nacional Corporativa”, ante los ojos de muchos españoles atónitos, que no saben explicárselo, se creerían remozados y exclamarían con júbilo: ¡Tenemos una doctrina y somos una fuerza!

    Porque en un gran libro, espléndidamente impreso, nos ha dado la “Obra Nacional Corporativa” una doctrina. Llega al cabo de un siglo justo de derrotas, de agonías y de muerte… Comparemos las fechas: en 1835 [rectius: 20-01-1834], cuando en el lecho de muerte morían los gremios españoles, salió una Real Orden del ministro liberal Javier de Burgos, procurando –en una cal y otra de arena– según el sistema de su partido, conciliar lo que él llamaba libertad y era sepultura de los gremios, carne de la Historia de España, en la vida corporativa.

    Al unísono de España iban otras naciones amigas.

    En Portugal hundía los gremios un Decreto de 7 de Mayo de 1834, y a los cien años los resucitaba una Constitución de 1933, en cuyo artículo 5 se decía que el “Estado portugués es una República unitaria y corporativa”. Casi a la vez que en los pueblos íberos, desaparecía en Austria la corporación, vuelta a la vida un siglo después, en aquel 1.º de Mayo glorioso de 1934 en que, desfilando en simbólico cortejo, ante el canciller y mártir Dollfuss, los emblemas de las nuevas corporaciones, surgió una Constitución que hacía de Austria un Estado corporativo (a.º 33). El egregio Canciller, de quien tan gratos recuerdos conservo, Ignacio Seipel, gloria de la Iglesia y de Austria, decía unos días antes de morir (28 de Junio de 1932): “aún me queda en mi vida una gran obra que realizar: establecer prácticamente en Austria las ideas sociales que el Santo Padre ha formulado en su Encíclica Quadragesimo anno”. La muerte acudió demasiado puntual a su cita, y su deseo tuvo que realizarlo Dollfuss.


    * * *


    Y, ¿España? Un siglo entero de tropezones, caídas, desgarrones y casi muerte ha necesitado para… comenzar a abrir los ojos y ver en el corporativismo cristiano el comienzo de su redención social.

    Subrayo la palabra corporativismo, pero subrayo más la palabra cristianismo, porque es, de las dos, la más esencial y necesaria en el sistema.

    El PLAN que hoy se presenta al público, tiene ambas cosas: una espiritualidad que rezuma por todos sus poros, y un corporativismo que tiende a aminorar, y en lo posible (lo imposible nadie lo puede pretender), a acabar con el antagonismo del capital y del trabajo, fundiéndoles en un ansia –la idea nacional– y remachándolos en una tendencia al bien común –la idea religiosa–.


    * * *


    Todo está organizado y jerarquizado en el PLAN: el campo, el mar, la industria, los servicios públicos, la cultura; todo va destrenzado en corporaciones (de productos, en general), y cabe en treinta corporaciones y dieciséis órdenes (corporaciones del ramo de la cultura); fundidas al soplete del bien común; y espléndidamente caracterizadas según sus funciones económicas y sociales.

    De la agrupación sindical obrera y patronal surge primero la precorporación; luego más arriba se forma la corporación regional; encima la nacional; y como cúpula del edificio y corona de la organización, se levantan las Cámaras corporativas.

    ¡Que si hay doctrina en el PLAN! Hay como cimentación, una “Carta española del Trabajo” (pags. 131-143), espléndida en sus conceptos, aunque un poco excesivamente opulenta de follaje, para que pase a ser texto legal fundamental, como la “Carta del laboro” italiana (30 abril 1927) o el “Estatuto del trabalho” portugués (23 septiembre 1933); hay un Credo sindical corporativo (pags. 144-145) vibrante, que empieza con un “Creo en Dios”, y acaba con un “creo en España”; comienza en lo religioso y acaba en lo nacional; hay fórmulas y soluciones que son traducción al siglo XX del antiguo Estado tradicional español.


    * * *


    Junto a las organizaciones corporativas, están estudiadas las que se pueden llamar para-corporativas: Cámaras de exportación e importación; Centrales de artesanado; la Circunlabor (no me place el nombre), que responde al Dopolavoro italiano y al Kraft durch Freude alemán; y, sobre todo, está la Magistratura del Trabajo, rodaje esencial para el establecimiento del reinado de la justicia y de la paz.

    ¡Qué distinto resulta el PLAN de aquellos Comités paritarios, nacidos de la buena intención, pero de falsa orientación, de un Gobierno dictatorial; verdaderas armas de lucha de clases, aguzadas ya entonces y afiladas mucho más en los Jurados mixtos de la República socializante y socialista española! ¡Cuántos patronos cristianos, que creyeron ver en aquellas organizaciones destellos corporativos, se rendían desengañados, diciendo: “¡pero si esto no puede ser! ¡si es peor que lo otro!”.!

    No es eso, no es eso, había que decirles. ¡Cuántas veces se lo dijimos descorazonados! Cómo recuerdo algunas conferencias, sobre todo una acerca de Corporaciones de Trabajo, dicha por mí en Valencia en 1928, e impresa luego; conferencia en que dibujaba yo esta corporación de ahora. La auténtica, disecando aquel pergeño dictatorial tan ladinamente aprovechado por Largo Caballero –entonces, en la Monarquía, Consejero de Estado y Consejero de Trabajo…–.

    No; el PLAN no es aquello, es otra cosa.


    * * *


    El PLAN está ahí; da tarea para diez años de realizaciones.

    Que ese PLAN (u otro mejor si lo hay) se realice; pero en seguida, al calor de la renovación actual y de la sangre caliente de los que caen en el campo; que se lleve a la práctica; pero que, al surgir a la vida, no quiera desde el principio convertirse en edificio orgulloso que, para levantarse, haya de derribar todo lo existente, y arrasar lo que aún hay de sano y bueno en España.

    No; poco a poco. Hay que aprovechar las grandes fuerzas precorporativas –llamémoslas así– que existen ya. Ahí están las Federaciones agrarias castellana, navarra, aragonesa y otras; hay que vitalizar las cofradías de mareantes vascas que viven aún; los restos de pósitos –obra de Cisneros– cuyas ruinas aún se pueden excavar; hay que recoger los pequeños caudales de previsión y ahorro y asistencia social que existen; hay que destruir lo malo; pero no lo bueno y tradicional, aun cuando haya de conservarse como reliquia veneranda que haga decir al turista: eso fue España.

    Hay que evitar también los uniformismos excesivos; las líneas demasiado rígidas, de que quizá peca algo el PLAN. Hay que edificar como los grandes arquitectos, sobre las fractuosidades del terreno, sabiendo sacar el mejor partido posible de los desniveles económicos y sociales, aprovechando paredes que aún existen, de modo que el grandioso edificio acomodado al suelo patrio no sea italiano, ni alemán, ni nada, sino auténticamente tradicional y español.

    Ahí está Portugal. Pensando en los pueblecitos rurales de su patria, ¿no ha concebido y creado el genio de Oliveira Salazar las preciosas instituciones llamadas Casas do povo (casas del pueblo) que son, para las aldeas portuguesas, huchas de ahorro, oficina de previsión, foco de cultura, centro de recreo, y lazo de unión de pobres y ricos?

    ¿Es que eso, o algo parecido, no sentaría bien a la población rural española?


    * * *


    Además, hay que ir cuanto antes por objetivos fijos: la obligatoriedad de las Cajas de Compensación, que den en toda España salarios familiares, hay que imponerla a rajatabla y pronto en las primeras precorporaciones que salgan; la desestatización de todos los seguros sociales hay que hacerla por medio de las Corporaciones; en fin…, ¡hay que hacer y hay que trabajar!


    * * *


    La semilla está en el surco y la ha echado valerosamente el querido amigo José María Arauz de Robles; falta encima la labor de los buenos españoles que la haga germinar; que el buen tiempo –el sol y el agua– Dios nos lo da si se lo pedimos, y, pidiéndoselo brutalmente (el adverbio expresa mi idea), brutalmente trabajaremos.

    Tenemos una idea y somos una fuerza.

  5. #5
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    Re: El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

    Fuente: La Voz de España, 20 de Agosto de 1937, página 7.


    El Orden Corporativo

    Por M. de Artajona


    Si se va a buscar la esencia de lo corporativo, se verá que es más social y económica que política. Por eso, mejor que hablar de “Estado Corporativo” para expresar el sistema hacia el cual camina, es referirse a una “Sociedad corporativa” y, todavía mejor, a un “Orden corporativo”.

    La esencia de lo corporativo, ¿en qué consiste? En reconocer a los grupos representativos de las producciones y a los gremios que encarnan los diferentes intereses económicos del País la libre ordenación de sus propias actividades bajo la vigilancia del Estado, lo cual significa que se sustrae a la coacción autoritaria y burocrática del Estado la dirección y el manejo de esas actividades económicas y sociales. Esto es justamente lo contrario del estatismo, aunque sea también lo opuesto al individualismo, porque tampoco se consiente la anarquía económica y la injusticia social que han resultado del libre juego de las actividades individuales, a la manera como lo ha querido el liberalismo.

    Hablemos, pues, de lo corporativo como de un orden, el orden social por excelencia. Ésta es, también, la terminología extranjera más en uso: “Ordinamento corporativo”, dicen los italianos; “Orden corporativo”, los portugueses; “Berufsständische Ordnung”, los escritores de lengua alemana.

    Y es que en esta oposición al estatismo estriba su general aceptación. El estatismo –ha escrito un socialista, Henri de Man– es siempre impopular; y ya que no se pueda abandonar de nuevo en manos de los particulares el mundo de los negocios y del trabajo, recibirá siempre buena acogida todo lo que sea reconocer a cada profesión, a cada rama de la riqueza, al conjunto de los productores, en una palabra, a la “industria organizada”, que esto son las Corporaciones, su propio gobierno, su legítima autonomía.

    El orden social corporativo debiera surgir espontáneamente, y en un tiempo así fue. Era en la Edad de los gremios de artesanos. Pero ni él mismo supo adaptarse a la nueva economía capitalista ni el liberalismo lo respetó. De aquí el esfuerzo que hoy hacen las naciones para restablecerlo y adaptarlo. A falta, pues, de impulso inicial, toca al Estado suscitarlo, debe fomentarlo también y protegerlo, pero cuidando de que no lo absorba ni lo tutele en demasía, «porque la acción vital –es texto de León XIII– de un principio interno procede, y con un impulso externo fácilmente se destruye (…)».

    Este postulado que se formula tan paladinamente no se aplica sin gran dificultad. Tenemos a la vista las experiencias primeras, los ensayos que hacen los Estados que han emprendido ese camino; cuántos tanteos, qué de vacilaciones, cuán diferente fortuna. Pero la meta es una misma: descargar al Estado del gobierno, cada día más agobiante, de su mundo económico, y encomendarlo a las Corporaciones.

    Singularmente claro se ve este pensamiento en la Constitución de Austria, cuyo estudio se hace siempre con provecho. El edificio político que en ella se levanta está inspirado en él, y ofrece un modelo especialmente digno de ser tenido en cuenta. Tres columnas sostienen ese edificio. La del centro es la llamada política de soberanía, “que abarca las actividades y organismos estrictamente políticos”, los que se ocupan de la gobernación del país, de su defensa al exterior, de la Justicia, en una palabra, de las funciones privativas del Estado y que éste ejerce por medio de sus funcionarios. Éste forma el cuerpo del edificio nacional. De él arrancan dos alas: la “política económica” y la “política del espíritu”. Pero éstas son esencialmente sociales, esto es, obra más de la sociedad que del Estado mismo. Por eso tiende el Estado nuevo a encomendarlas a los cuerpos sociales en régimen de autonomía: a las Corporaciones profesionales, la primera; a las instituciones de cultura y educación, desde la Iglesia al periódico, y de la Universidad al Círculo obrero, la segunda.

    El papel que el Estado se reserva, el que le corresponde de derecho en este mundo, que no es el suyo privativo, de la Economía y de la Cultura, puede sintetizarse en esto: coordinar los intereses contrapuestos de las Corporaciones y enderezar la obra de todos al interés superior de la Nación. ¿Cómo habrá de llenarlo?: estando eficazmente presente por medio de sus delegados en los órganos cardinales del organismo corporativo y presidiendo su obra desde la cúspide del edificio, cúspide que, por ser tan elevada como es la cumbre misma de la Nación, entra de lleno en los dominios de la “política de soberanía”.

    Este esquema del Orden social corporativo, qué diferente es de aquél que fingen los detractores del sistema; drástico mecanismo burocrático que, en manos del Estado, sofoca la iniciativa privada y entorpece los movimientos de la Economía nacional. Y qué conforme con la naturaleza compleja y delicada del mundo social y económico, fórmula sabia que conjuga la libertad social con la autoridad política, y que concilia y armoniza los intereses legítimos de los particulares con los de la Nación.

    Esto es, además, en España, lo tradicional. De “soberanía social”, de “libertades sociales”, de “un orden social corporativo” hablan continuamente los escritos de nuestros pensadores, de los que dieron nombre y sistema a nuestras añejas instituciones públicas, desde Martínez Marina –salvados sus errores– y Aparisi a Vázquez de Mella y Minguijón; y, por llegar hasta el día, son también los que se recogen en la última palabra que ha pronunciado el Tradicionalismo sobre esta materia, el plan de la Obra Nacional Corporativa que acaba de ver la luz pública.

    No es una pura cuestión de nombres. De “Estado corporativo” a “Orden corporativo” puede haber la diferencia de conceptos que va de un sistema estatista, vecino del socialismo, a un régimen social y político netamente tradicional y cristiano.

  6. #6
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    Re: El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

    Fuente: Iglesia-Mundo, Número 133, 15 de Abril de 1977, páginas 15 – 17.



    EL SINDICALISMO A LA LUZ DE LA TRADICIÓN


    Por JULIÁN GIL DE SAGREDO


    Sindicalismo, en general, es el sistema que se emplea para organizar las relaciones laborales en su doble dimensión, social y económica. Hay tres tipos principales de Sindicalismo, el horizontal, el vertical y el mixto, que, como su nombra indica, es en parte horizontal y en parte vertical. Todas las demás clases de Sindicalismo se reducen a estos tres tipos, porque los intereses que se ventilan en el mundo laboral no tienen más que esos tres cauces: o fluyen contrapuestos en Sindicatos paralelos u horizontales, o fluyen compactos y unidos en Sindicatos verticales, o fluyen dispersos en Sindicatos mixtos, horizontales en unas fases y verticales en otras. Los primeros, los horizontales, al cubrir todas las escalas, mantienen la contraposición de intereses en todos sus grados, haciendo precisa en último término la intervención del Estado para dirimir las diferencias. Se caracterizan por la proliferación de agrupaciones sindicales, por su atomización y, como consecuencia, por su debilidad y por su anarquía, producto todo ello de una excesiva libertad sindical. Los segundos, los verticales, que integran los intereses contrapuestos de empresarios y productores en todos sus grados, no tienen el riesgo de la dispersión, pero posiblemente tropiezan con el sacrosanto principio de la libertad sindical. Y los terceros, los mixtos, navegan entre dos aguas y participan de las ventajas e inconvenientes de los otros dos sistemas.


    LA EMPRESA COMO BASE

    Para determinar qué Sindicalismo entre los tres señalados se acopla mejor a los Principios de la Tradición Española, tomamos como punto de partida a la Empresa, sobre cuyo eje gira la vida laboral en su doble vertiente social y económica.

    Observemos la «empresa familiar», origen de todas las demás, como proyección de la familia sobre el trabajo para obtener los medios de su manutención y subsistencia. La trasposición del marco familiar al marco laboral y económico se efectuaba trasladando a éste sus dos caracteres típicos, la unidad que emanaba del «paterfamilias» como fuente de autoridad y de dirección, y la verticalidad como cuerpo orgánico en que todos sus miembros colaboraban bajo su mando hacia la obtención del interés común a todos ellos. Cuando la ampliación del negocio exige la introducción de miembros ajenos a la familia, aquella configuración unitaria y jerárquica pasa de la empresa familiar a la empresa pequeña, y más tarde a la mediana, y por último a la gran empresa.

    Así, pues, el desarrollo histórico de la Empresa nos revela su doble fin: uno inmediato, que es la producción de bienes materiales; y otro mediato, que es la obtención de dinero para satisfacer las necesidades de sus miembros. La producción, por consiguiente, como fin próximo se halla supeditada en razón de medio a su fin remoto, que es la persona. El Capitalismo Liberal invierte los fines, colocando al hombre como medio al servicio de la producción, en lugar de colocar a la producción como medio al servicio del hombre.


    PERSONALIDAD EMPRESARIAL

    Ambos fines configuran la naturaleza de la Empresa como «persona moral», personalidad que implica: 1) la unidad para individualizarla con carácter independiente, ya que, aun estando integrada por diversos elementos con funciones diferentes, constituye una sola entidad con unos mismos objetivos, unos medios para lograrlos y una cabeza dirigente y decisoria. 2) la verticalidad o composición orgánica y jerárquica a modo de un cuerpo dotado de diversos órganos que actúan en función de un fin común.

    Analizando más detenidamente el concepto de empresa como persona moral, advertimos en ella la bipolaridad o doble faceta, individual y social, que caracteriza a toda persona y que se refleja primero en la persona física y después en las personas jurídicas, que por fases sucesivas emanan de la primera: familia, municipio, comarca, región y Estado. La faceta o dimensión en cada uno de esos sujetos engendra el principio de libertad respecto al cumplimiento de sus fines propios, al cual responde por parte del órgano inmediato superior el respeto a su autonomía que impone el principio de subsidiariedad. Cuando se presentan necesidades que, al exceder su capacidad, exigen la unión con otros miembros del mismo plano, esa misma necesidad desarrolla la faceta o dimensión social, que determina el principio de Autoridad para satisfacer fines comunes, al cual responde la integración de las partes en el todo por el principio de totalidad.


    LIBERTAD Y AUTORIDAD

    Esa bipolaridad, inherente a la persona, que requiere por un lado libertad para desarrollar los fines individuales, y por otro lado la Autoridad para desarrollar los fines comunes, debe presidir igualmente la actuación de la Empresa como persona moral. Como sujeto que tiene intereses propios, posee libertad en el cumplimiento de los mismos, y por tanto autonomía para regirse por sí mismo. Cuando el desarrollo de su actividad excede su capacidad y exige el concurso complementario o suplementario de otras Empresas, ese sujeto precisará integrarse con ellas en una comunidad de rango superior bajo las directrices de una Autoridad. La Empresa, por consiguiente, respecto a sus fines propios, tiene carácter individual y es independiente; por el contrario, respecto a fines comunes, tiene carácter social y es subordinada. Como individual, independiente y autónoma, se rige por su propio régimen interno y posee sus propios bienes, su propio patrimonio y su libre disposición, sin mediatizaciones e interferencias de ningún órgano superior. Como social y subordinada, se regirá por las convenciones, pactos o reglas, que de mutuo acuerdo establezcan las Empresas integradas en una comunidad de rango inmediato superior a cada una de ellas. Y este cuerpo de Empresas se unirá a su vez, cuando la necesidad lo requiera, con otros Cuerpos análogos para formar una unidad de jerarquía superior, y así sucesivamente, constituyéndose de esta manera la pirámide desde la base hasta la cúspide en una integración perfecta de todos los elementos que componen la Empresa.

    Éste es el proceso normal de desarrollo en el sistema laboral: conjuga armoniosamente los intereses particulares con los generales y supera la lucha de clases, los Partidos Políticos y las huelgas.

    Y esto, en definitiva, no es otra cosa que el desarrollo natural de la sociedad en su proyección laboral a través de sus Cuerpos Intermedios, constituyendo en su conjunto una soberanía social, que es la base, el principio y el fundamento de la soberanía política del Estado, que encarna el Monarca.


    EL SINDICALISMO VERTICAL

    Analizada la naturaleza de la Empresa como persona moral en su unidad y en su composición orgánica, y examinada su doble dimensión, individual y social, podemos concluir que el Sindicalismo que mejor se acopla a los Postulados de la Tradición es el Vertical, por ser el que mejor armoniza la unidad con la variedad y la libertad con la Autoridad.

    Entiéndase bien, no obstante, que el Sindicalismo Vertical propugnado por la Tradición se diferencia del Sindicalismo Vertical propugnado por la Falange o por algunos de sus principales intérpretes, en tres notas características: la primera, en que, según el pensamiento de Ramiro Ledesma Ramos, la verticalidad en el Nacional-Sindicalismo desciende de la cumbre a la base, se inicia por el Jefe supremo designado por el Poder y se va estructurando en capas sucesivas desde las superiores a las inferiores a través de Jefaturas subalternas hasta alcanzar los niveles ínfimos; mientras que, por el contrario, en el Sindicalismo Tradicional la verticalidad arranca de la base y desde ella va ascendiendo en fases sucesivas hasta llegar a la cumbre.

    La segunda característica, consecuencia de la primera, estriba en que mientras en el Sindicalismo Vertical de tipo falangista las designaciones y nombramientos proceden de la autoridad, en el Sindicalismo Tradicional rige el principio de la representatividad desde los primeros escalones de la pirámide hasta coronar el mismo vértice. La representatividad tradicional es pura y se regula por dos normas, libre elección y mandato imperativo, mediante el cual queda condicionado el elegido al cumplimiento de las directrices que le señalan los electores, los cuales pueden revocar el mandato en caso de incumplimiento de aquéllas.

    Y la tercera característica, resumen de las dos anteriores, radica en que el Sindicalismo Vertical falangista es de estructura estatal, es impuesto por el Estado y regulado por el mismo, mientras que el Sindicalismo Tradicionalista es autónomo e independiente del Estado, es soberano por sí mismo, es libre y espontáneo en su formación, y se rige por sus propios miembros. El Sindicalismo Vertical falangista necesita que el Estado lo constituya y lo configure por virtud de la Ley, mientras que el Tradicionalista exige la abstención del Estado, para que las fuerzas sociales por sí mismas desarrollen espontáneamente su propia virtualidad organizativa. Los Sindicatos, según la concepción tradicionalista, no son los «dedos largos de la Dictadura», sino los dedos largos de la sociedad que señalan al Estado la dirección que debe seguir.


    LOS ENEMIGOS DEL SINDICALISMO VERTICAL

    Termino este breve estudio con unas pinceladas de la Historia reciente. Tanto el Capitalismo liberal como el Socialismo son enemigos declarados del Sindicalismo Vertical, porque la cohesión entre sus miembros esteriliza cualquier intento de penetración. Por ello venían preconizando la normalización democrática y el cambio de estructuras, como dice Jaime Tarragó; y por ello, añadimos nosotros, dirigieron inicialmente su estrategia hacia la transformación del Sindicato Vertical en Sindicatos Horizontales, logrando sus propósitos en la Ley Sindical de 1971. Conseguido este primer objetivo, se rompió la unidad y la coherencia del Cuerpo Sindical y sobrevino la relajación corporativa, que dio paso a la liquidación definitiva de la Organización Sindical, meta final apetecida. Culminada con éxito esa doble operación, tienen allanado el camino para el asalto al Poder. La verdad, sin embargo, aun atropellada, mantiene sus fueros: entre dos sistemas falsos, el liberal y el socialista, sólo cabe el sistema verdadero, que es el Sindicalismo Vertical de corte tradicionalista.



    JULIÁN GIL DE SAGREDO

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    Re: El corporativismo-sindicalismo a la luz de la Tradición

    Libros antiguos y de colección en IberLibro
    Fuente: Iglesia-Mundo, Número 161, 15 de Junio de 1978, páginas 25 – 27.



    POSTULADOS DEL SINDICALISMO


    EL SINDICATO HA DE SER PROFESIONAL Y NO POLÍTICO

    Libertad, profesionalidad y verticalismo, sus principios


    Los tres Postulados que presento como Principios del Sindicalismo, tienen, si son verdaderos Postulados, un valor absoluto y, por tanto, independiente de toda relatividad, política, social, económica o de cualquier otra índole. Únicamente sobre esas tres bases doctrinales, inmutables y permanentes como el Derecho Natural en que se fundan, podrá levantarse el auténtico Sindicalismo, el cual por lo mismo no será coto cerrado de ninguna orientación política determinada, sino patrimonio común de la sociedad cristiana española.

    El primer Postulado se refiere a la causa eficiente del Sindicalismo y determina quién o quiénes pueden construir la asociación sindical. El Segundo se refiere a su causa final y concreta su objetivo. Y el Tercero se refiere a su causa constitutiva y establece la estructura sindical. Si conocemos quién construye el Sindicalismo, para qué lo construye y cómo se construye, lo conoceremos en su triple dimensión, eficiente, final y constitucional. Su realización posterior en el campo de la realidad podrá efectuarse con la garantía que ofrece una doctrina sólida y segura.


    POSTULADO PRIMERO

    Sindicalismo libre

    No se alarmen mis lectores, que el Sindicalismo libre que propongo, al tiempo que lo dignifica en su misma raíz, en las personas que lo propulsan y lo integran, queda delimitado por el mismo orden natural de donde deriva.

    El derecho de asociación es inherente a la propia naturaleza humana, porque, al ser el hombre limitado e insuficiente para cubrir y satisfacer sus necesidades, precisa completarse mediante vínculos de relación con otros hombres. El Sindicalismo radica en ese derecho primordial de asociación y lo indica su mismo origen etimológico [1]. Los dos vocablos griegos «sin» y «deo» –permítaseme la grafía castellana–, podrían traducirse como «lo que conviene», «con o en unión», que equivale a «unirse por mutua conveniencia». El Sindicalismo en términos generales se reduce a una forma de asociación, cuya finalidad posteriormente quedó concretada en la protección de intereses de orden laboral. Se trata, pues, de un derecho natural, que, como tal, es anterior al Estado, como son anteriores las relaciones laborales, y superior al Estado, en cuanto que éste no puede anularlo ni desvirtuarlo.

    De lo expuesto dimanan tres consecuencias: a) que las personas físicas y, por derivación de ellas, las personas jurídicas, tienen libertad natural para asociarse, para sindicarse, constituyendo asociaciones, comunidades o entidades, que tengan por objeto proteger, favorecer y desarrollar sus intereses en el ámbito de la producción y el trabajo. b) Que el Estado no puede, en principio, obstruir la realización de aquel derecho. c) Que, por lo mismo, tampoco puede el Estado imponer el Sindicato único, pues ello equivaldría a negar en la práctica aquel derecho.

    El Sindicalismo natural, por consiguiente, en su raíz, en su génesis, es un Sindicalismo libre, no está sujeto en sus elementos esenciales a imposición o intervencionismo estatal, ni puede ser comprimido por el Poder Público.

    Son, pues, las mismas personas físicas y jurídicas, los mismos Cuerpos Sociales, las mismas fuerzas comunitarias, las que pueden construir sus sistemas de unión o asociación sindical para el desarrollo y protección de los intereses relacionados con la producción y el trabajo.

    Siendo libre el punto de arranque del Sindicalismo, puede haber pluralidad sindical, pueden existir diversos y variados Sindicatos, sin que ello por sí mismo obstruya el orden del desarrollo social. Pero esas fuerzas sindicales, que nacen libres y múltiples, al seguir las líneas directrices que les marca el orden natural al cual deben su existencia, y al respetar las diversas barreras que les impone dicho orden para que no se salgan de sus propios cauces, posiblemente, yo diría que lógicamente, derivarán, sin presión externa de ninguna clase, sino por virtud de la mejor protección y defensa de sus intereses, hacia una estructuración de sentido unitario. Puede entonces producirse el Sindicato único, pero no impuesto por el Estado, que sería contrario al Derecho Natural, sino como producto espontáneo del desarrollo de las mismas fuerzas libres sindicales. Algo análogo ocurrió durante la Edad Media, cuando el conjunto de aquellos Oficios, Gremios y Corporaciones, obrando entre sí articulada y armoniosamente bajo unos Principios unitarios y sin presión alguna por parte del Poder, vinieron a configurar una especie de Organización Sindical «sui generis».

    El sentido de libertad que impregna al Sindicalismo en su mismo origen, queda encauzado y encuadrado dentro de los dos siguientes Postulados.


    POSTULADO SEGUNDO

    Sindicalismo profesional

    La base segunda del Sindicalismo está determinada por su causa final, es decir, por los fines concretos que se persiguen. Entre ellos cabe distinguir los objetivos, inherentes a la asociación en sí misma considerada, y los subjetivos, inherentes a los miembros que la integran.

    La asociación sindical se caracteriza y se diferencia de las demás asociaciones por su fin objetivo, que es el interés profesional; éste se proyecta fundamentalmente en dos dimensiones: en la protección y defensa de todos aquellos elementos que condicionan la vida misma de la Empresa, y en la expansión y desarrollo de ésta, que se traduce en la difusión de la prosperidad para sus componentes.

    Si el Sindicato debe ser profesional y proyectarse sólo sobre los intereses profesionales, todas aquellas asociaciones sindicales que revistan matices o finalidades políticas, como las Centrales Socialistas, Comunistas, Comisiones Obreras, U.G.T. y cualesquiera otras de izquierda, centro o derecha, que abierta o encubiertamente pretendan fines políticos, se hallan al margen del objetivo esencial de un centro sindical: no son propiamente Sindicatos, aunque adopten el nombre o etiqueta laboral, porque disocian el fin objetivo que tiene el Sindicato, del fin subjetivo que persiguen sus componentes. El interés profesional sirve entonces de tapadera a otros intereses bastardos. Los móviles profesionales se subordinan a objetivos políticos; más aún: se utiliza el Sindicalismo premeditadamente contra los mismos intereses sindicales de los productores y con máscara sindicalista se destruye a conciencia la economía nacional, como cínicamente lo acaba de confesar el Jefe de las Comisiones Obreras, Marcelino Camacho: «Al rendir cuentas Camacho al Partido Comunista, señaló como méritos de él y de los suyos los millones de horas de trabajo perdidas en 1976 y 1977 para acelerar el cambio político, lo que equivale a reconocer públicamente que su activismo no va a favor de la clase obrera, sino para, sirviéndose de ella, hacer política». (Alcázar, 5-V-78. Declaración de José Pérez Guerra).

    El Sindicato, por consiguiente, debe ser profesional, no político, y precisamente su carácter apolítico es el que le confiere eficacia en el conjunto general de la Política. Porque así como la familia, realizando sus fines propios, que son apolíticos, fomenta el orden político, y así como el Municipio y otras entidades administrativas, sociales o económicas, actuando sobre circuitos de intereses apolíticos, contribuyen a la difusión del Bien Común, meta última de la Política, así también el Sindicalismo, manteniéndose dentro de su esfera profesional y desarrollando exclusivamente sus metas profesionales, constituye el mecanismo indispensable para que funcione sin estridencias la gran maquinaria de la sociedad política. Por ello, y aunque parezca paradoja, lo político en el Sindicalismo consiste en ser apolítico.


    POSTULADO TERCERO

    Sindicalismo vertical

    Queda, por último, la tercera base del Sindicalismo, la causa constitutiva que determina su estructura. El mismo orden natural marca la pauta, al imponer en la órbita de la producción la existencia de la necesidad mutua que vincula a todos los miembros que integran la Empresa. Si la necesidad es común, si el objetivo es común, si el interés es común, lógico será que se engendre y se forme lo que es propio de lo común, a saber, una comunidad. Ahora bien: todo cuerpo comunitario exige una cabeza que dirija y ordene unos miembros que sean dirigidos y ordenados. Tiene, pues, que haber orden, jerarquía e integración de las partes en el todo, tiene que haber verticalidad. El Sindicato, por tanto, como integración de las diversas fuerzas de la producción, como integración de elementos dirigentes y ejecutores en una unidad laboral para obtener el bien común a todos ellos, debe ser vertical.

    Confirma dicho carácter el origen mismo de la Empresa, que arranca de la familia, primera unidad económica desde cuyas raíces se despliega por la división del trabajo el gran árbol de la economía. Y como la constitución familiar es de tipo vertical y jerárquico, la constitución de la Empresa familiar y, por derivación de ella, de la Empresa en general, tendrá también esa misma constitución de tipo vertical y jerárquico.

    La verticalidad, por consiguiente, es nota esencial del Sindicalismo y se impone por su propia naturaleza. La horizontalidad empresarial, abierta o encubierta a través de mixturas ineficaces, desemboca en intereses contrapuestos, en lucha social, en antagonismo, en división, en disgregación y en último término en una esterilidad suicida.


    EPÍLOGO

    Vemos, pues, cómo, por imperativo de su misma esencia, el Sindicalismo tiene que ser libre por razón de la causa eficiente que lo origina, profesional por razón de la causa final que persigue, y vertical por razón de la causa constitutiva en que se funda. Libre como contrapuesto a imposición estatal, profesional como contrapuesto a móviles y fines políticos, y vertical como contrapuesto a la división entre los miembros de la Empresa, como contrario al enfrentamiento entre productores y empresarios, como antídoto contra la lucha de clases sociales.

    Esa libertad sindical, delimitada por su fin y encuadrada dentro de su propio marco, seguirá lógicamente los cauces de graduadas y sucesivas agrupaciones sindicales, que terminarán configurando una Organización Sindical, que por ser libre tendrá la garantía de la autenticidad, por ser profesional eludirá el riesgo de su adulteración política, y por ser vertical obtendrá el equilibrio y la armonía del Cuerpo Comunitario.



    JULIÁN GIL DE SAGREDO



    [1] Nota mía. Según el diccionario de la RAE, la palabra síndico proviene del latín syndicus, que significa “abogado y defensor de una ciudad”; y éste, a su vez, proviene del griego sýndikos, que significa “abogado defensor”; el cual, a su vez, proviene de la raíz griega díke, que significa “justicia”.

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