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Tema: Señoríos Andaluces

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    Señoríos Andaluces

    LOS SEÑORIOS ANDALUCES. ANALISIS DE SU EVOLUCION TERRITORIAL EN LA EDAD MEDIA


    ANTONIO COLLANTES DE TERÁN SÁNCHEZ
    Departamento de Historia Medieval, Sevilla


    Andalucía es considerada como una de las regiones donde el fenómeno señorial alcanza un importante peso específico.


    Efectivamente, a fines del Antiguo Régimen esto es una realidad y, como ocurre normalmente con otras realidades históricas —el latifundio, por ejemplo—, se conecta inmediatamente con la ocupación y repoblación del país a lo largo del siglo XIII.


    Afirmaciones de esta naturaleza se encuentran en cualquier manual o libro de divulgación.


    Sin embargo, se trata de una afirmación aprorística, ya que apenas se había prestado atención a esta cuestión. ¿La señorialización de Andalucía es consecuencia directa de la conquista o, por el contrario, produc- to de un proceso más o menos lento? A su vez, este proceso ¿es uniforme o
    presenta diferencias cualitativas y espaciales?


    Realmente, el estudio del fenómeno señorial es bastante complejo, ya
    que se presenta con características distintas tanto en el espacio como en el tiempo; el señorío que se desarrolla con los Trastamaras no es el mismo que se difunde con los Austrias, basado en la venta de vasallos, por citar dos ejemplos muy conocidos.


    Esto, en definitiva, lo que pone de manifiesto es la necesidad de proceder a estudios monográficos de cada caso, como paso previo a conclusiones de validez general.


    Dicha labor se ha venido realizando en los últimos años, especialmente en el seno del Departamento de Historia Medieval de la Universidad de Sevilla, y fruto de la misma es la serie de trabajos que, desde tesis de doctorado a artículos en revistas, han visto la luz, están en prensa o en curso de realización sobre los señoríos andaluces.


    Ciertamente que aún queda tarea por delante, sobre todo en el terreno de los de la pequeña nobleza, la cual juega un notable papel en la región, al controlar el poder en los centros urbanos y constituir así un puente hacia la señorialización de los mismos


    Apoyándome en dichos trabajos, intentaré responder a las preguntas arriba planteadas. De ellos se desprende la dificultad de aprehender dicha realidad de forma total.


    En efecto, la documentación se presenta con una parquedad que impide llevar hasta sus últimas consecuencias un análisis de esta naturaleza.


    De los tres niveles fundamentales que definen un señorío: extensión, número de personas sobre las que se ejercen los poderes señoriales y rentas que el titular percibe 2, los dos últimos son los más difíciles de conocer.


    Los datos de población escasean. Generalmente, no aparecen en la docu- mentación de origen señorial, y cuando lo hacen es con un carácter muy fragmentario o para fechas tardías.


    Así, por ejemplo, no hay datos de Belalcázar, Santisteban del Puerto, ni de los extensos dominios del de Aguilar; otros son parciales, como los de algunos onubenses y de órdenes militares.


    En definitiva, una información fragmentaria e inconexa, que impide cualquier conclusión en este sentido, al menos en el de dar una respuesta cuantificada global, que permita establecer correlaciones con el realengo, aunque sí se podría marcar una tendencia.


    Solamente con el censo realizado en la década de 1530 es posible conocer dicha realidad a nivel de toda la región.


    En cuanto a los niveles de rentas, sucede algo semejante. Normalmente se conoce la tipología de las percibidas por los distintos titulares, sean territoriales o jurisdiccionales; a lo que no se puede llegar es a fijar sus valores 3.


    Esto sólo es posible en casos concretos y para fechas igualmente tardías, finales del siglo xv y comienzos del siguiente, como ocurre con las de la Casa de Medina Sidonia, la de Gibraleón, órdenes de Santiago y Calatrava, entre otros.


    Con todo, no basta con establecer el volumen y tipología de las rentas, sino que sería preciso ponerlas en relación con el número de vasallos y tener en cuenta las inversiones realizadas en los dominios: construcciones militares o suntuarias, equipamiento, adquisiciones de bienes, etc.


    Además, no es suficiente conocer las rentas señoriales, sino que hay que referirlas también a lo que tiene lugar en el otro ámbito jurisdiccional: el realengo.


    En este sentido el camino sería la valoración de las rentas concejiles —en especial los Propios y las imposiciones—, por un lado, y las reales, en concreto las alcabalas y tercias, por otro, lo cual tampoco es posible en todas las ciudades realengas andaluzas por falta de documentación.


    Queda, finalmente, la base territorial. Los señores andaluces tienen una notable implantación territorial.


    Esta realidad parece más efectiva en los nacidos en la primera hora y, concretamente, en los de las Ordenes Militares, si se toma como referencia el valor de las rentas derivadas de la propiedad a fines del siglo xv (M. A. Ladero, E. Solano), ya que en el siglo mil la tierra todavía ocupa un papel fundamental en la formación señorial 4, especialmente en unos momentos y unas zonas que acaban de ser ocupadas y, por tanto, las disponibilidades de tierras son enormes.


    Quizás se podría contrastar también esta afirmación comparando las menciones de donadíos y tierras, así como sus rendimientos, que son propiedad de la Casa de Medina Sidonia a fines del siglo xv.


    Parece que el volumen de tierras es mucho mayor en Sanlúcar de Barrameda y Vejer, concedidas por Fernando IV, que en Niebla y Medina Sidonia, que se incorporan a dicha casa en los siglos xiv y xv.


    De todas formas, la carencia de datos sobre la extensión de las tierras impide verificar su importancia real.


    En los señoríos constituidos durante los siglos xiv y xv, parece que los bienes raíces son proporcionalmente menores en cuanto a sus rendimientos que los jurisdiccionales.


    Ahora bien, esto no significa que, en sí mismos, carezcan de importancia, lo que, en cierta medida, es lógico si se piensa que Andalucía en los siglos bajomedievales sigue siendo una región subpoblada y, por tanto, con extensiones de tierras vacías que, probablemente, incorporaron los titulares de los respectivos señoríos a su patrimonio al serles concedidos aquéllos, y de las que dispondrían para establecer nuevos pobladores o para convertirlas en dehesas; aparte, por supuesto, de las adquiridas por compra.


    Sin embargo, el señorío territorial andaluz es imposible de delimitar y cuantificar en el estado actual de la investigación; requerirá numerosos estudios de microtoponimia.


    Por ello voy a tratar de analizar la evolución de los mismos tomando como referencia la extensión del jurisdiccional, que es el único factor que permite abarcar todo el ámbito regional y hacerlo a lo largo de un dilatado espacio de tiempo 5.
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

  2. #2
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    Re: Señoríos Andaluces

    En este sentido, empleo el término jurisdiccional en su acepción más amplia, como marco en el que se ejercen desde las más altas facultades judiciales hasta el mero poder de control de la comunidad campesina a través de la designación o confirmación de los oficiales concejiles .


    En el orden temporal, el estudio diacrónico lo enmarco entre dos mo- mentos bastante precisos: el reinado de Sancho IV y la década de 1530.


    El carácter progresivo de la conquista y la repoblación de Andalucía a lo largo del siglo mit es ya un obstáculo para una visión de conjunto que sirva de punto de partida, pues el espacio carece de estabilidad.


    A esta realidad vienen también a sumarse los frecuentes cambios de jurisdicción de numerosos luga- res durante los reinados de Fernando III y Alfonso X, como consecuencia del propio proceso conquistador.


    Por todo ello, he creído conveniente partir de finales del citado siglo mi', del reinado de Sancho IV, momento en que los límites de la Andalucía cristiana quedan prácticamente fijados en sus líneas maestras, tanto por la frontera occidental o «banda gallega» como por la oriental o «banda morisca».


    Aunque a lo largo de los siglos xtv y xv se producen algunas conquistas, éstas tienen relativamente poca importancia en el conjunto territorial, y se irán reflejando en este estudio. En cuanto a la movilidad a que hacía referencia, desciende notablemente a partir de dicho reinado.


    Respecto al punto de llegada, hay un momento que marca el final de una etapa y el comienzo de otra, la década de 1530.


    Coincide con las primeras autorizaciones pontificias para enajenar señoríos eclesiásticos, en especial de las órdenes militares, para su posterior venta, que serán aprovechadas por Carlos V para superar las dificultades de la hacienda 6, iniciándose así un nuevo tipo señorial en cuanto a los mecanismos de formación.


    Por otro lado, la confección del primer censo conocido en que se incluye toda Andalucía per- mite una visión global de los dominios realengos y señoriales y poner en relación dos niveles importantes: extensión y población.


    En cuanto al ámbito geográfico, abarca los reinos de Córdoba, Jaén y Sevilla.


    Los límites de estos reinos medievales no coinciden exactamente con los de las actuales provincias.


    El reino de Sevilla está integrado por las Cádiz, Huelva, Sevilla y se extiende, además, por el sur de Badajoz y occidente de Málaga.


    Al mismo tiempo, poblaciones de la provincia de Cádiz son incluidas en el reino malagueño tras su conquista por los Reyes Católicos.


    Algo semejante ocurre con el reino de Jaén. Por un lado, incorpora algunos de los territorios que se conquistan a los granadinos durante los siglos xiv y xv; por otro, territorios que hoy forman parte de esta provincia no están incluidos en el censo de 1533-34; por ejemplo, los lugares de la encomienda de Segura; y otros que hoy pertenecen a Albacete son en esos momentos del reino de Jaén.


    Por todo ello, he tomado como punto de referencia la distribución territorial que ofrece el mencionado censo, completándola, en el caso jiennense, con los territorios que no se incluyen en él y hoy pertenecen a dicha provincia.


    En cuanto a la frontera gaditana, la amplío a compás de las conquistas que tienen lugar durante estos siglos, hasta alcanzar la línea fronteriza en el momento de iniciarse las campañas definitivas de los Reyes Católicos, quedando, por tanto, fuera las tierras gaditanas que tras ellas se integraron en el reino malagueño y todo el reino de Granada.


    Para la evaluación de la extensión de los señoríos me he servido de la de los actuales términos municipales pues está generalmente aceptada la persistencia de los mismos a través de los siglos 8 y, en un estudio de estas dimensiones, las posibles diferencias no invalidarán las conclusiones generales
    ** *
    El señorío aparece en Andalucía con los inicios del proceso conquistador y vinculado a dos instituciones: las órdenes militares y el Arzobispado de Toledo.


    Esa misma realidad sigue vigente a finales del siglo xII1, durante el reinado de Sancho IV, que sirve de punto de partida de este trabajo. En estos momentos algo más de la cuarta parte del territorio se encuentra en manos señoriales.


    A partir de aquí y hasta el reinado de Enrique IV, es decir, a lo largo de dos centurias, el proceso de señorialización crece para, posteriormente, experimentar un ligero retroceso en tiempos de los Reyes Católicos y una estabilización hasta el primer tercio del siglo XVI.


    Dicha evolución no es uniforme ni constante.


    El reinado de Fernando IV coincide con un cierto incremento del proceso, pero el primer gran impulso corresponde a Alfonso XI, con el que se alcanza casi el 36%, correspondiendo dicho incremento en una elevada proporción a los otorgados a miembros de su familia y en " especial a Leonor de Guzmán.


    El retroceso del realengo reviste una gran importancia, sobre todo si se compara con el reinado de Enrique II, que sólo supera en un punto el porcentaje de Alfonso XI, poniendo de relieve que el papel atribuido a la política enriqueña en la señorialización andaluza se adelanta unos cuantos arios.


    Es cierto que existen diferencias cualitativas entre un reinado y otro, fundamentalmente en que en la primera mitad del siglo ?u y los señoríos laicos son, con frecuencia, temporales, pues suelen tener carácter vitalicio, entre otros los concedidos a miembros de la familia real, mientras que los del período de Enrique II tienden a convertirse en hereditarios.


    Pero esta diferencia cualitativa no invalida el hecho de la mencionada señorialización en tiempos de Alfonso XI.


    Ese carácter temporal, unido a las expropiaciones llevadas a cabo por Pedro I, explican el descenso que tiene lugar durante su gobierno, que anula el incremento de su predecesor.


    Pero estas cifras enmascaran la realidad, ya que el descenso afecta a los de personas reales, que prácticamente desaparecen de 4.406 kilómetros cuadrados en tiempos de Alfonso XI a 183 con Pedro I-, mientras que los nobiliarios crecen con relación al reinado precedente.


    A partir de Enrique II, y hasta Enrique IV, el señorío andaluz no deja de crecer. Con Juan I y Enrique III se supera ya el incremento del 50% con relación a su extensión en tiempos de Sancho IV, alcanzando un índice de 162,3% (cuadro núm. 1),- y con Enrique IV casi duplica aquélla; con el 195 %.


    El reinado de los Reyes Católicos marca una nueva etapa, la detención del proceso 9.


    Se produce un ligero descenso datable en la segunda mitad del reinado, en el que incide la recuperación por la corona de Gibraltar y Cádiz.


    Así, cuando se llega al siglo xvi, el 48,1 % de Andalucía está bajo la jurisdicción señorial.


    El señorío andaluz no se presenta como un todo homogéneo y uniforme; de ahí que sea necesario analizar más en profundidad dicha evolución, atendiendo tanto a diversidades geográficas como tipológicas.


    En este sentido he establecido cinco grupos: a) personas reales, considerando por tales a los parientes más próximos a los monarcas, es decir, esposas o amantes, hijos y hermanos; b) nobleza titulada, englobando bajo esta denominación a los grandes oficiales de la corona y a todos aquellos linajes que en cualquier momento del período objeto de estudio alcanzaron un título nobiliario; c) la pequeña nobleza, que coincidirá normalmente con los linajes de caballeros urbanos, a fin de constatar el papel que juega esta aristocracia urbana en la señorialización andaluza 10; d) las órdenes militares; y e) los eclesiásticos: sedes episcopales, cabildos catedrales y monasterios.


    Señoríos eclesiásticos y de órdenes.—Como se observa en el cuadro número 2, los de órdenes militares y eclesiásticos presentan una evolución opuesta a la de los laicos, dejando a un lado los de personas reales. Los de ambos tienden a descender, perdiendo en torno al 30 % de los te- rritorios desde finales del siglo xiii hasta mediados del siglo xiv.


    Estas pérdidas afectan de manera especial a los de órdenes situados en el reino de Córdoba y en la frontera granadina, y, en segundo lugar, a algunos de
    sedes episcopales.


    A partir de este momento, el señorío eclesiástico se mantiene prácticamente estable hasta el primer tercio del siglo xvi.


    Por el contrario, las órdenes militares se estabilizan a lo largo de un siglo, para, en tiempos de Enrique IV, experimentar un nuevo descenso, que los reduce casi a la mitad de lo que poseían en tiempos de Sancho IV.


    Este segundo descenso viene motivado fundamentalmente por la creación del señorío de Osuna, a costa de los territorios de las órdenes de Alcántara y Calatrava en la frontera del reino de Sevilla con Granada.


    El reinado de los Reyes Católicos coincide con una nueva etapa de estabilidad.


    En el conjunto andaluz, sin embargo, el eclesiástico tiene escasa importancia si se le compara con el que llega a alcanzar el laico.


    En el momento de mayor extensión, finales del siglo ?cm, sólo ocupa el 5,7 %, con un
    total de 3.227 kilómetros cuadrados, que en el siglo xvi, se reduce al 3,8 %.


    Se concentra casi exclusivamente en manos de los arzobispos toledanos —titulares del Adelantamiento de Cazorla— y de la Iglesia de Sevilla, que poseeen, respectivamente, el 40,5 y el 33,1 % del total de los eclesiás- ticos a fines del siglo mi'. Las iglesias de Córdoba y Jaén prácticamente no tienen.


    Aquélla detenta algún tiempo Lucena y ésta Begíjar y Carchel, pero parece que sin jurisdicción, al menos Bejígar.


    Aparte de las sedes y catedrales sólo conozco un señorío eclesiástico de tipo jurisdiccional, el de los monjes de San Isidoro del Campo sobre Santiponce, próximo a Sevilla.


    Tanto las pérdidas territoriales como el crecimiento de los laicos hace que la importancia relativa del eclesiástico en el conjunto del señorío andaluz
    pase del 21,1 % con Sancho IV al 7,9 % en el siglo xvi, siendo, con la pequeña nobleza, el grupo de menor entidad en dicho ámbito.
    En cuanto a las órdenes militares, su incidencia es inicialmente mayor, aunque, a la larga, su caída es, comparativamente, mucho más acentuada. Los 9.262 kilómetros cuadrados de fines del siglo mi' —16,6 % de todo el país— quedan reducidos a 5.285 kilómetros cuadrados en 1533-34, es decir, el 8,8 %. Con relación al conjunto de los dominios señoria- les, en tiempos de Sancho IV aparece como el grupo más importante, a gran distancia del resto (61,8 %), pero ya 1en el siguiente reinado sufre un notable retroceso, aunque sigue manteniéndose a la cabeza de los señoríos
    hasta Enrique II, en que es superado por la nobleza -titulada. Durante el gobierno de los Reyes Católicos representa el 18,4 %.

    La más extendida por Andalucía es la Orden de Santiago, seguida de la de Calatrava, -quedando a gran distancia las de Alcántara, San Juan y Templo
    (cuadro núm. 3). De las posesiones de esta última, tras su disolución, que- daron incorporadas a Sevilla Fregenal de la Sierra, Higuera la Real y El Bodo- nal, localizadas en la actual provincia de Badajoz. En tiempos de Sancho IV sus 627 kilómetros cuadrados significan el 6,8 % de las tierras de órdenes.

    Menores son las posesiones de la Orden de San Juan, que sólo ocupan el 4,8 %. Conserva inalterado su patrimonio, a excepción de Peñaflor, que en el siglo m y aparece en situación confusa pero, al parecer, fuera de la orden. Le sigue en importancia Alcántara, cuyos señoríos andaluces com- prenden, a finales del siglo xm, 937 kilómetros cuadrados, equivalentes al 10,1 %. Dentro de sus reducidas proporciones se mantiene sin cam- bios hasta Enrique IV, en que prácticamente es anulada con las operaciones que dan corno resultado la formación de la Casa de Osuna, al perder Morón, Arahal y todos los lugares de sus términos, quedando limitada a dos lugares en el Aljarafe sevillano.
    La parte del león de los territorios de órdenes en Andalucía se lo llevan Santiago y Calatrava, que reúnen más de las tres cuartas partes. Tras unos retoques de sus propiedades a fines del siglo mi' y comienzos del xiv, San- tiago conserva casi sin variación su patrimonio a lo largo del período estudia- do.


    Las pérdidas afectan a los territorios que en la frontera gaditana pertenecieron a la Orden de Santa María de España, los cuales en tiempos de Sancho IV se le conceden a la de Santiago, para, poco después, recuperarlos la corona.


    Así, en el reinado de Fernando IV controla 3.297 kilómetros cuadrados, lo que significa el 42,1 % de los señoríos de órdenes y el 5,9 % de toda Andalucía.


    Al disminuir los dominios de las restantes órdenes, a principios del siglo xvr, el porcentaje sobre el total del grupo asciende al 67,5 %.


    La de Calatrava experimenta también un proceso de reducción al pasar de 2.656 kilómetros cuadrados con Sancho IV a 1.520 en 1533-34; es decir, casi la mitad de sus posesiones iniciales.


    En parte, este retroceso obedece a la misma causa que el de Alcántara, pero sólo en parte, ya que el mismo se venía desarrollando de manera escalonada desde el siglo XIII.


    Sin embargo, en los porcentajes no se acusa de forma tan clara, pues con Sancho IV representa el 28,7 % de todos los de órdenes y en 1533-34 el 28,8 %.


    Donde dichos señoríos tienen una más acusada presencia es en el reino de Jaén, con casi 4.000 kilómetros cuadrados en los momentos de mayor extensión, lo que supone entre el 40 y el 50 % del total según el periodo, para ascender hasta el 73,3 % debido a las pérdidas ocurridas en tiempos de Enrique IV en los otros reinos andaluces. La segunda zona fue el reino de Sevilla, donde tras los cambios habidos con Sancho IV queda con 3.372 kilómetros cuadrados y en torno a los 3.000 poco después, hasta que en la segunda mitad del siglo xv se reduce a unos
    1.000 kilómetros cuadrados. En Córdoba, el momento de máxima extensión es el reinado de Fernando IV, en que poseen 938,6 kilómetros cuadrados, pero ya con su sucesor se reduce notablemente al salir de la Orden de Cala- trava Priego y Cabra, quedando sólo Benamejí y Villafranca de Córdoba. Sin embargo, la operación para crear el señorío de Osuna origina un incremento de sus territorios, ya que recibe Belmez y Fuenteovejuna, aunque ésta volvió al realengo.
    Señoríos de personas reales.—Constituyen un grupo atípico por su falta de continuidad, por su carácter irregular y aleatorio. Normalmente son vita- licios, pero, además, están sujetos a los vaivenes políticos ". En este contexto, hay que aludir precisamente a uno, que por su extensión y fecha constituye un importante precedente. Me refiero a la concesión hecha por Alfonso X a su hija Beatriz del reino de Niebla, con una extensión de 4.144 kilómetros cuadrados. Por desgracia, el único dato conocido es precisamente el de la concesión, sin que exista constancia de si llega o no a hacerse efectiva. De todas formas, aunque no se lleve a efecto, supone un notable precedente de la señorialización laica de Andalucía.

    Aparte de este caso, el momento en que aparece constituido un señorío de grandes dimensiones en beneficio de personas regias es con Alfonso XI, en que alcanza más de 4.000 kilómetros cuadrados, repartidos casi por mitad entre Leonor de Guzmán, que recibe villas y lugares en las provincias de
    • Cádiz, Córdoba y Sevilla, y el infante don Fernando, a quien se otorga el señorío de Niebla. Este dura pocos años, y el de Leonor hasta la muerte del monarca. Entre ambos suponen el 21,7 % de las tierras señorializa- das en este momento. Los reyes posteriores forman pequeños señoríos en favor de miembros de sus familias, pero los más importantes son los otor- gados al bastardo de Enrique II, de su mismo nombre, sobre Alcalá de los Gazules y Medina Sídonia, en 1395, y a Catalina, hermana de Juan II, sobre Andújar, en concepto de dote. A partir de este momento no vuelve a cons- tituirse ningún otro en favor de personas regias.

    Señoríos nobiliarios.—E1 hecho fundamental del señorío andaluz es la formación y desarrollo del nobiliario, con un índice de crecimiento para todo el periodo de 1.229,2 %, pasando de 1.730 kilómetros cuadrados con Sancho IV a 21.266 en 1533-34. En esta evolución la principal beneficiaria es la nobleza titulada, que paulatinamente se distancia de las oligarquías ur- banas detentadoras de alcaldías, alguacilazgos y regidurías. En efecto, si durante el reinado de Sancho IV hay un equilibrio entre los dos grupos, en el siglo xvi el 89,8 % del señorío nobiliario pertenece a la titulada.
    La pequeña nobleza aparece inicialmente en los reinos de Jaén y Cór- doba, vinculada a la función militar derivada de la existencia de la frontera granadina, así Sancho Martínez de Jódar en Jaén, mientras qué en Sevilla se inicia en el reinado de Fernando IV, pero especialmente con su sucesor Al- fonso XI, etapa en la que también el reino de Jaén conoce un notable incre- mento. En conjunto, con este monarca se supera ampliamente el 100 % de la extensión de finales del siglo xiti (cuadro núm. 2). Dicho crecimiento se mantiene hasta el reinado de Enrique II, para descender posteriormente. Des- censo que, en parte, se produce en beneficio de la gran nobleza, de la que entra a formar parte a través de compras y matrimonios. De los 1.872 kilómetros cuadrados que, desde 1379 hasta el primer tercio del siglo xvi, sufren este cambio de titularidad, el 63,9 % lo es por compraventa y el 36,1 % restante por vía matrimonial.

    En tiempos de Enrique II el 51,7 % de estos señoríos de la pequeña nobleza se sitúa en el reino de Sevilla, mientras que al de Córdoba corresponde el 20 % y el 14 % al de Jaén. Los sevillanos se localizan en zonas bastante alejadas de la capital, unos en la frontera con Granada y otros en el condado onubense; estos últimos experimentan la
    presión de los grandes y acaban cediendo, como es el caso de Almonte, Palos y Palma del Condado, lo que hace que ya en la primera mitad del siglo xv se reduzcan en el mencionado reino de 1.204 a 230 kilómetros cuadrados. En el primer tercio del siglo xvi su distribución en Andalucía presenta un nota- ble cambio. Los 2.175 kilómetros cuadrados que comprende se reparten de forma casi igual entre los tres reinos, lo que significa que, dada la diferencia de extensión territorial del de Sevilla con relación a los otros dos, su impor- tancia en Córdoba y Jaén es proporcionalmente más acusada, dentro de la escasa incidencia que tiene en el conjunto señorial andaluz.
    Comparando las cifras de extensión con las de la totalidad de los serio- r'íos, el período de mayor importancia relativa es el reinado de Pedro I, en el que alcanza el 15 % (cuadro núm. 2), para descender con posterioridad hasta el 7,6 % en el siglo xvi.

    Sin embargo, todas las cifras referidas a éstos deben pecar por defecto. [


    En realidad existen más. El hecho de que hoy queden integrados en algún municipio no permite establecer sus dimensiones, aunque bien es verdad que, en definitiva, su incidencia no debe ser notable en el conjunto regional.

    También hay que tener en cuenta la existencia de señoríos que carecen de refrendo legal, que son puras usurpaciones por parte de sus titulares, al amparo de la situación general del reino en los momentos de crisis del poder central, o de su condición de miembros de los concejos municipales. Este tipo de señorío debe proliferar en el siglo xv, incluso algunos concedidos en momentos difíciles son posteriormente anulados. Tal es el caso de lo dispuesto por Enrique IV en 1457 contra las concesiones de jurisdicción civil y cri- minal efectuadas por su padre y que afectaba a los señoríos sevillanos de Castrejón, Chucena, Huégar, Alcalá de Juana Dorta, Torralba, Xenis, Casti- lleja de la Cuesta, Heliche, Gandul, Marchenilla y Casaluenga 12.

    En cuanto a la nobleza titulada, sus comienzos se sitúan ya en tiempos de Sancho IV y en el reino de Sevilla, con la concesión del Puerto de Santa María al almirante Benedetto Zaccaría y los territorios adquiridos en Huelva por la mujer de Alonso Pérez de Guzmán, el Bueno, origen de la casa de los duques de Medina Sidonia (mapa III). Su consolidación tendrá lugar en el reinado de su sucesor al recibir Sanlúcar de Barrameda y otros lugares de la provincia gaditana. El reinado de Fernando IV marca un hito digno de des- tacar, porque durante el mismo se ponen las bases de las grandes casas sevi- llanas. No sólo se fortalece la de los Medina Sidonia, sino también la de sus rivales los duques de Arcos, al otorgarse Marchena a Fernán Pérez Ponce, y la implantación de los Cerda en la costa onubense. Todo ello supone el que los 847 kilómetros cuadrados de los años de Sancho IV se conviertan en 3.912 (mapa III).
    Última edición por Michael; 21/05/2013 a las 18:00
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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    Re: Señoríos Andaluces

    Este proceso de crecimiento ya no se detiene. Continúa con Alfonso XI y Pedro I. Durante el reinado de aquél aparecen los primeros señoríos en los reinos de Córdoba y Jaén; en éste concede Bailén a los señores de Marchena —Ponce de León—, y en Córdoba el de Palma del Río al almirante Bocanegra y el de Chillón a Bernardo de Cabrera. No obstante, son poco importantes en comparación con los ya existentes en Sevilla. El cordo- bés conoce un gran avance con Pedro I en beneficio de dos grandes oficiales del reino, en favor del adelantado Alonso Fernández Coronel, con carácter transitorio, y del tesorero mayor Yáñez de Aponte.
    Con Enrique II tiene lugar una gran expansión, con un índice de crecimiento del 204 % con relación al reinado de su predecesor. Sin embargo, dicho crecimiento no es uniforme en todos los reinos. En Córdoba es poco destacado, pues de 1.119 se pasa a 1.535 kilómetros cuadrados, aunque sí hay una renovación casi general de los beneficiarios; es el momento de la aparición de- las distintas ramas de los Fernández de Cór- doba. En Jaén tiene un avance notable en comparación con la etapa prece- dente, nace el de los Benavides, pero su papel es muy reducido en el con- junto regional. Donde realmente es más espectacular es en el reino de Sevilla, en el que ocupa un lugar preeminente la concesión del condado de Niebla a los descendientes de Guzmán, el Bueno, duplicando con ello la extensión que poseían en el reinado anterior; llegan a controlar 6.586 kilómetros cua- drados (mapa III).

    El crecimiento de los reinados posteriores afecta de manera desigual a los distintos reinos. Con Juan I y Enrique III los jiennenses pasan de 906 a 2.692 kilómetros cuadrados. En este avance incide de forma fundamental la concesión de Arjona y Andújar a Ruy López Dávalos y a León de Arme- nia. Algunos de ellos serán temporales, pasando a otros titulares. El reinado de Juan II es especialmente importante para los reinos sevillano y cordobés. En el primero, el señorío se amplía hasta los 10.126 kilómetros cuadrados, debido a varias concesiones: Medina Sidonia a Juan de Guzmán, que la traspasa a los condes de Niebla; Alcalá de los Gazules a los adelantados de Andalucía, y Arcos, que después de pasar por varias manos acaba en poder de los Ponce de León.


    En este mismo reino de Sevilla el incremento en tiempos de Enrique IV se vincula a la citada constitución del de Osuna, a costa de las Ordenes Mi- litares, con un trasvase de unos 2.000 kilómetros cuadrados.
    Por el contrario, en el reino de Jaén tiene lugar un descenso de los dominios de la gran nobleza, unas veces en favor de los órdenes militares, como ocurre con Arjona, otras de personas reales y del realengo. En el reino de Córdoba la evolución es semejante a la sevillana, aunque los valores sean más bajos. El incremento en los reinados de Juan I y Enrique III correspon- de a la formación de la casa de los mariscales de Castilla; en el de Juan II al nacimiento del condado de Belalcázar; mientras que con Enrique IV se incorporan nuevos territorios a señoríos ya constituidos. La cesión más im- portante es la de Espiel a Pedro Girón, pero no parece demasiado clara. Durante la crisis de este reinado varios lugares de realengo en los distintos reinos, pero especialmente en Córdoba, son transferidos a miembros de la nobleza titulada, bien por medio de concesión regia, bien por la fuerza, pero su etapa señorial o fue muy breve o sólo nominal, por lo que no los he
    tenido en cuenta.
    Durante el reinado de los Reyes Católicos disminuye ligeramente en sus
    valores globales, pero por reinos hay un pequeño crecimiento en el de Cór- doba. En el de Sevilla, de un lado, se pierde Gibraltar y Cádiz, de otro, se incorporan algunos pertenecientes a la pequeña nobleza. La situación se mantiene sin alteraciones en el primer tercio del siglo XVI.

    Este crecimiento del señorío de la nobleza titulada queda expresiva- mente reflejado en los valores relativos de ocupación del espacio andaluz A finales del siglo mi' sólo poseed 7 % (todo en el reino de Sevilla), con el impulso dado por Enrique II llega .a ocupar el 15,9 %, distribuido de la si- guiente manera: .el 73 % en Sevilla, el 17 % en Córdoba y el 10 % en Jaén. A comienzos .del siglo xvi _la nobleza titulada controla el 31,8 % de Andalucía,. con un mayor crecimiento relativo en Córdoba, que en este momento reúne el 27,4 %, mientras que descienden Sevilla (61,7 %) y Jaén (5,5 %).
    Su situación relativa dentro del contexto señorial regional tiene una evolución algo diferente, especialmente en la primera mitad del período es- tudiado, ya que hasta .el reinado de Enrique II no aparece a la cabeza con el 42,6 % de las tierras señoriales. Con anterioridad, la superioridad correspondió a las órdenes militares e incluso a las personas reales. A partir del mencionado reinado no sólo ocupa el primer lugar, sino que se irá dis- tanciando progresivamente de todos ellos hasta alcanzar en el primer tercio del siglo xvi el 66,8 %, frente al 17,7 % de las órdenes militares (cuadro número 2).
    Distribución espacial.


    La implantación ,de los distintos tipos de señoríos -no se produce por igual én .toda Andalucía, ántes.al contrario; un conjunto de factores coad- yuvan a una diversificación de dicha implantación en cada uno de los tres reinos.


    Las órdenes militares tienen un mayor desarrollo en el de Jaén, donde la media de' todo el período estndiado es del 58 %, siguiéndole el de Se- villa con el 37,5 %. Hasta.el reinado de Enrique IV las proporciones apa- recen más equilibradas, aunque se mantiene el predominio jiennense (50,2 y 45,2 %); pero, al enajenarse gran parte de los :4:ñoríos de órdenes del reino sevillano, se reproduce el. distanciamiento con relación a Jaén. Algo semejante ocurre con los eclesiásticos, en que Jaén posee el 51 To de media y Sevilla el 41 %.
    Por su parte, la mayoría de los de la nobleza titulada se sitúan en el reino de Sevilla, donde, la media de .todo el período es del 75,8 %, mien- tras,que en Córdoba sóloSe en.cuentra el 17,6 y en Jaén el 6,3. Por el con- trario, la distribución de la pequeña nobleza es más hOmogénea. La mayor proporción correspOnde a Córdoba con el 40 %, seguida de Sevilla (37 %) y Jaén (23 %). , .
    Considerando por separado .los distintos reinos andaluces y la inciden- da relativa del señorío en cada uno de. ellos, aparecen rasgos , que los in- dividualizan. , . . , .

    En el de Jaén .el realengo presenta a lo largo del período una media del 50 % de la extensión del reino: También es el más estable, ya que el porcentaje máximo ,alcanzado .por el.:señorío es del -61,2 % con Juan I y el más bajo del 42,4 % con Pedro I. Este señorío aparece dominado por las órdenes militares, con una media del 27,9 % sobre la extensión del reino y más de la mitad de los dominios señoriales (cuadro núm. 4). Desde el reinado de Sancho IV conoce un ligero descenso hasta Alfonso XI, de 3.731 a 3.490 kilómetros cuadrados; sigue una etapa de estabilidad hasta comienzos del siglo xv, para volver a crecer durante éste, hasta alcanzar los 3.927 kilómetros cuadrados con los Reyes Católicos. A continuación de las órdenes viene el eclesiástico, prácticamente el Adelantamiento de Ca- zorla. La importancia relativa de este señorío es mayor durante los primeros reinados, en que representa en torno al 30 % de los del citado reino, pero con Alfonso XI sufre un recorte al perder Quesada, y, posteriormente, el incremento de los nobiliarios hace descender el porcentaje del eclesiástico hasta el 15,7 % en tiempos de Juan II. No obstante, en relación con la extensión del reino, desde tiempos de Pedro I se mantuvo estable en tor- no al 10%.

    En tercer lugar aparece la gran nobleza. Su trayectoria es bastante compleja. Se inicia con Alfonso XI al conceder Bailén a los señores de Mar- chena, constituyendo entonces el 2,4 % de los territorios señoriales. Con Enrique II se incrementa al fundarse el de Benavides, ya en estos momen- tos significa el 14,4 % del señorío y el 6,9 del reino, pero es con Juan I y Enrique III cuando casi triplica su extensión y alcanza el 34 % del señorío. Por todo ello, en la segunda mitad del siglo xv la nobleza titulada queda en un 15,5 % de todos los señoríos y en el 8 % de la extensión del reino.

    La misma inestabilidad presentan los de la pequeña nobleza, aunque dentro de unos valores mucho más reducidos. Se pueden distinguir dos eta- pas: la primera mitad del siglo xxv, con un aumento proporcionalmente importante en tiempos de Alfonso XI -de 150 a casi 500 kilómetros cuadrados—, que continúa en el siguiente. La segunda etapa se inicia con un descenso a fines del mencionado siglo para crecer a lo largo del xv y alcanzar los 610 kilómetros cuadrados a comienzos del XVI. Pero, como se constata en el cuadro núm. 4, la significación de este señorío nobiliario es bastante escasa.

    El reino de Córdoba presenta un panorama distinto. De los tres de la región es en el que el realengo aparece más extendido (cuadro núm. 4). Hasta el reinado de Juan II oscila entre el 89 y el 77,6 %, para descender enton- ces al 64,4 %. Al final de la evolución, en el primer tercio del siglo xvi, representa el 54,2 %.
    En cuanto a los señoríos, lo más destacado es la no existencia del eclesiástico a partir de Alfonso XI, al perder la sede cordobesa la villa de Lucena, y la debilidad de las órdenes militares, que si bien a fines del XIII y comienzos del XIV tienen una cierta importancia, aunque sin posible com- paración con la que poseen en los otros reinos, pierde varios territorios, quedando reducida a un 1 % sobre la extensión del reino desde mediados del siglo ?uy, reducidas a Benamejí y Villafranca de Córdoba. A mediados del siglo xv aumenta al incorporar Belmez. Su posición relativa dentro del señorío cordobés es también reducida, y la media indicada en el cuadro nú- mero 4 no es expresiva de la realidad. En este sentido habría que distinguir dos períodos: hasta Alfonso XI con una media del 30 % y desde Pedro I al final, con un notable descenso, la media de esta etapa es del 5 %.

    La nobleza titulada comienza a aparecer con Alfonso XI, que crea los de Palma del Río y Chillón, pero, como ya señalé, es con Pedro I con el que se afianza hasta alcanzar el 73,3 % del señorío de todo el reino, por- centaje que se incrementa con los monarcas posteriores hasta reunir el 81,3 % en el siglo xvi. En cuanto a su incidencia sobre la extensión del reino, del 8,1 % con Pedro I pasa al 37,3 % en 1533-34.

    Quizás el fenómeno más característico de Córdoba sea la importancia relativa que en él posee la pequeña nobleza, muy superior a las que tiene en los otros reinos, como se deduce de los porcentajes medios. El período de mayor relevancia corresponde a los finales del siglo XIII y comienzos del siguiente. A partir de Juan I se inicia un descenso. En el contexto señorial cordobés, se sitúan en los reinados de Fernando IV y Enrique II los puntos de mayor peso con el 38,9 y el 32 %, respectivamente. A partir de este monarca, aunque los valores absolutos no ofrezcan variación, el aumento de los territorios de la gran nobleza hace descender su porcentaje al 14 % en la segunda mitad del siglo xv y al 12,4 % en el siguiente. No obstante, su presencia sigue siendo más importante que en los reinos restantes, por supuesto dentro de la escasa incidencia que posee en todos los casos con relación a la extensión de cada reino.
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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    Re: Señoríos Andaluces

    El caso sevillano reúne características de cada uno de los precedentes Como en Córdoba, la nobleza titulada acaba ocupando una posición predo- minante en el ámbito señorial, pero también poseen una gran extensión las órdenes militares hasta mediados del siglo xv. El realengo se encuentra en una situación intermedia entre el de Jaén y el de Córdoba en cuanto a va- lores relativos (cuadro núm. 4). Dichos valores prácticamente descienden durante todo el período medieval, pasando del 77 % a fines del siglo xiir al 52,1 % en el siglo xvi.


    Las órdenes militares ven reducido su patrimonio de forma casi cons- tante. En tiempos de Sancho IV poseen el 71,8 % de las tierras señoriales del reino; con Fernando IV descienden ya al 40 %, al perder varios enclaves en el sector gaditano; sigue una etapa de estabilidad desde Alfonso XI hasta Enrique IV, pero en un nivel aún más bajo, con el 25 %.


    En estos momentos de estabilidad sus dominios ocupan el 10 % del reino. Las pérdidas en beneficio del señorío de Osuna representan los dos tercios de los territorios, con lo cual los porcentajes experimentan una caída brutal (6,4 % de los señoríos y 3,1 % del reino).


    Sin llegar a alcanzar inicialmente la importancia de las órdenes militares, el eclesiástico evoluciona de forma semejante, descendiendo paulatina- mente su valor en el contexto señorial, como consecuencia de la pérdida de algunos territorios, pero sobre todo por su estabilidad frente al creci- miento del nobiliario. De ahí que si en tiempos de Sancho IV representa el 15,6 %, en el siglo xvi queda en un 6,3 %. El hecho de que no se experimentasen pérdidas sensibles durante todo el período queda reflejado en la escasa movilidad del porcentaje sobre el conjunto del reino, que oscila entre el 3,6 y el 3 %.


    La nota más destacada es la extensión del señorío de la nobleza titu- lada, que precisamente es en este reino donde aparece por primera vez en Andalucía.


    A partir de Alfonso XI su importancia relativa no hará más que crecer, tanto con relación al conjunto señorial como al del reino. No obstante, estos valores relativos serán más bajos que los cordobeses hasta el reinado de Enrique IV, debido al peso de las órdenes militares y de la Iglesia; así, en el paso del siglo xiv al xv la gran nobleza cordobesa detenta ya el 76,3 % del señorío en el citado reino, mientras que la sevillana sólo ocupa el 51 % en el suyo.


    Sin embargo, con Enrique IV sube hasta el 81,9 %, porcentaje que se mantiene casi sin alteración. De todas formas, en cifras absolutas, la nobleza sevillana va siempre muy por encima de la cordobesa, como lo demuestra el que en tiempos de Enrique II controle ya el 22 % de todo el reino (en Córdoba el 11 %) y a principios del siglo xvi el 39,4 %.


    En cuanto a la pequeña nobleza, su incidencia, tanto en el ámbito señorial como con relación al conjunto del reino, es escasa. Todavía a lo largo del siglo my posee unos valores de cierta relevancia —llega a alcanzar con Pedro I el 16,8 % del señorío—, pero durante el siglo xv experimenta un descenso que le sitúa en torno al 5 %, descenso no sólo motivado por el crecimiento de la gran nobleza, en parte por la aparición de nuevos linajes en el ámbito sevillano (los Girón), sino también porque dicho crecimiento se hace, en cierta medida, a costa de la pequeña.
    Junto a la desigual distribución de los distintos señoríos en cada uno de los reinos, otro de sus rasgos más marcados es la localización periférica, que constituye una constante de dichos señoríos andaluces a lo largo del período medieval (mapas I y II), si bien cambian en el tiempo y en el espacio las causas predominantes de dicha ubicación.


    En los surgidos en el siglo mi' y comienzos del m y son de naturaleza estratégica y de orden demográfico —en cierto modo ambas están estrecha- mente relacionadas—. La existencia de una frontera con Granada trae como consecuencia una fuerte implantación de órdenes militares en el sector (mapa I) y los señoríos nobiliarios tienen estrecha relación con las funciones militares: en Jaén el primer titular es adelantado de la frontera; el cons- tituido en tiempos de Fernando IV por Guzmán, el Bueno, en la zona del Estrecho se vincula, asimismo, con la función militar (M .A. Ladero); incluso en el otro extremo de la costa, en la frontera portuguesa, Ayamonte también había pertenecido a la Orden de Santiago antes de ser adquirida por este señor.


    Dicho condicionamiento militar hace que se produzca el rechazo de ins- tituciones que no pueden asumir ese papel de forma satisfactoria. Este es el caso de los trueques que realiza la Iglesia de Sevilla en los arios anteriores al tomado como punto de partida del presente estudio, en que abandona las posiciones fronterizas o en su zona de influencia, por otras situadas más al interior. Lo mismo ocurrirá arios más tarde a la Iglesia de Córdoba con Lucena, que la cede temporalmente a la Orden de Santiago, para acabar desprendiéndose de ella.


    Sólo el arzobispado de Toledo mantiene su extenso señorío, pero su calificación de adelantamiento está poniendo de manifiesto la preeminencia de la función militar.


    A lo largo de los siglos xiv y xv los
    nuevos señoríos que se van cons- tituyendo lo son también de forma predominante en la periferia del país, pero sus causas son distintas: intereses económicos, fundamentalmente; incide además el hecho de tratarse de zonas excéntricas con relación a los grandes centros urbanos, lo que dificulta el control de dichas zonas por éstos.


    Este debe ser uno de los factores que se encuentran en el origen del de los condes de Santisteban del Puerto al norte de Jaén y los de Santa Eufemia y Belalcázar en Córdoba.


    En un grado mucho menor, esta misma constatación se puede hacer en los señoríos que nacen en la periferia del término de Carmona. No obstante, dichas desmembraciones no se realizaron sin la protesta, incluso recurriendo a la acción, por parte de los concejos afectados.


    Esta causa aparece estrechamente vinculada con la importancia económica de las áreas en las que nacen los nuevos señoríos. Esta afirmación es especialmente meridiana en los extensos dominios que los Guzmán, Ponce de León y Zúñiga consiguen formar a lo largo de la costa andaluza, para los que la explotación de los recursos naturales, tanto agropecuarios como marineros, y su comercialización constituye uno de los renglones más importantes de las rentas producidas en sus dominios • pesca de atún, produc- ción y exportación vinícola y tráfico de productos en general, como ponen de relieve los valores que alcanzan las rentas de aduanas, alcabalas y almojarifazgo a fines del siglo xv y principios del xvi.


    La aduana y almojarifazgo de Sanlúcar de Barrameda se aproxima a los dos millones de mara- vedíes (E. Solano).


    En otros casos son los aprovechamientos ganaderos los que se encuentran en la base de la formación de un señorío, este es caso del de Belalcázar (E. Cabrera).


    También en la comarca onubense del Andévalo, extremo de cañadas mesteñas, y de la que pretenden beneficiarse el señor de Gibraleón y el conde de Niebla.


    Este sostendrá un secular pleito con el concejo de Sevilla sobre la jurisdicción de dicha comarca, lo que pone de relieve su importancia económica.


    La riqueza de la campiña cordobesa es la base de los señoríos de los Fernández de Córdoba.


    Sin embargo, el factor militar no ha desaparecido totalmente. El hecho de que el 70 % de los territorios ganados a los granadinos desde Fernando IV a la muerte de Enrique IV queden bajo control señorial, refleja la pervivencia de esa interrelación entre la función militar que sigue teniendo la nobleza andaluza y las posibilidades que le proporciona de constituirse un señorío (Pérez de Guzmán en Olvera, Arias de Saavedra en Castellar, Guzmán en Teba, etc.), como ha puesto de relieve Miguel Angel Ladero.


    El reparto de los hombres.
    ¿Esta evolución de los territorios señoriales refleja la del señorío anda- luz en su conjunto?


    Como señalé al comienzo, es necesario contar con otros parámetros para los que carecemos de información completa.


    El censo de 1533-34, sin embargo, puede permitir un análisis, en el momento final que he señalado al estudio, de la distribución de la población entre los dos ámbitos jurisdiccionales.


    Los censos de los tres reinos 13, pero en especial los de Córdoba y Jaén, presentan algunas lagunas, que afectan, sobre todo, a los dominios de la Orden de Santiago, por lo que los he completado con la información de los Libros de Visitas de fines del siglo xv y comienzos del XVI ". No obstante, hay que hacer la salvedad de que dichos datos son deficitarios con relación a los de 1533-34.


    De los casi 140.000 vecinos pecheros que figuran en este censo, el 55,4 % pertenece al realengo y el 44,6 % al señorío.


    Las ausencias antes mencionadas no creo que alteren sustancialmente dichos porcentajes, ya que si en el señorío faltan algunos lugares o poseen más vecinos de los contabilizados, también en el realengo existen algunas ausencias notables, en concreto los numerosos francos vecinos de Sevilla que no están censados, como ya señalé en otra ocasión °. Estos porcentajes revelan la superioridad de la población realenga sobre la señorial.


    Superioridad que hay que poner en relación con el elevado número de pobladores con que cuentan las grandes ciudades realengas, en especial las del reino de Sevilla.


    En efecto, considerando aisladamente los datos de los distintos reinos, en los de Córdoba y Jaén el equilibrio es bastante ajustado, no así en el de Sevilla, donde la población realenga es notablemente superior a la señorial, debido a las elevadas cifras de vecinos de las ciudades, no sólo de Sevilla, sino también las de poblaciones como Ecija, la tercera en importancia de toda Andalucía, por encima incluso de Jaén, al menos en pecheros, y la de Jerez de la Frontera, entre otras.


    A la cabeza de la población señorial se encuentran los territorios de la nobleza titulada, que reúnen el 29,2 % del vecindario andaluz y el 65,2 % del total señorial, seguida a enorme distancia por las de los restantes.


    Su importancia se centra, una vez más, en los reinos de Sevilla y Córdoba, mientras que en el de Jaén se encuentra en último lugar, corres- pondiendo el primer puesto a las órdenes militares, seguidas del Adelantamiento de Cazorla.


    Todo esto no hace sino reflejar el paralelismo notable que, en líneas generales, existe entre la extensión de los señoríos y su población a nivel de porcentajes como se constata en el cuadro núm. 6.


    El mencionado equilibrio se percibe de forma especialmente esclarecedora en los pequeños señoríos de cada uno de los reinos y en el de las órdenes militares en Jaén, pues con- tando con las ausencias ya significadas, es probable que el punto de diferencia quede anulado.


    Sin embargo, los de la nobleza titulada sí presentan ciertos desniveles; por ejemplo, en Sevilla la diferencia proporcional entre realengo y gran nobleza es mayor en la población que en la extensión, mientras que en Córdoba el fenómeno es a la inversa, hay una mayor aproximación en la población.


    En el caso de Jaén, dentro de las reducidas dimensiones de este señorío, se observa un desnivel muy importante entre extensión y población.


    La diferencia de porcentajes en las órdenes militares de Córdoba es debido a que sólo se conoce el dato de una localidad.


    Este fenómeno queda mejor expresado si se toman como referencia las densidades. Destaca en primer lugar el mayor poblamiento de los pequeños señoríos.


    El caso cordobés -Villafranca de Córdoba- constituye una excepción por su elevada densidad, quizás quedaría más próximo a las restantes medias si se dispusiese de datos por los restantes dominios de órdenes en dicho reino.


    Frente al más denso poblamiento de los pequeños señoríos resalta la comparativamente menor de los de la gran nobleza, que en el total aparece en último lugar (cuadro núm. 7), reflejando la posición ocupada en los reinos de Sevilla y Jaén, siendo más elevada en el cordobés.


    Como ya revelaba la densidad total, la de la pequeña nobleza es la más alta en los distintos reinos con la excepción de Sevilla, donde ocupa el segundo lugar.


    Por otro lado, en este mismo reino se manifiesta también por esta vía la importancia del realengo al comparar las densidades de los distintos reinos, siendo en Córdoba la más baja frente a la mayor densidad de los territorios de la gran nobleza.


    Todos estos datos están poniendo de relieve que en el primer tercio del siglo xvi la distribución de la población y del territorio andaluz entre las dos jurisdicciones es bastante equilibrada, así como en las densidades, ya que la media señorial es de 2,31 vecinos por kilómetros cuadrado, mientras que en el realengo es algo superior, 2,45.


    Aunque existan ciertas diferencias zonales, ese mismo paralelismo se vuelve a reproducir, en líneas generales, en cada uno de los tipos de señoríos.


    ¿Sería posible retrotraer estas relaciones a épocas anteriores?


    Teniendo en cuenta que, por lo que hoy se conoce, parece que la evolución demográfica presenta bastante homogeneidad en Andalucía, quizás por vía de hipó- tesis, ese paralelismo se pudiese llevar por lo menos hasta los comienzos del siglo xv; más atrás sería demasiado aventurado.
    ** *
    A modo de conclusión se podría destacar que el señorío jurisdiccional se inicia en Andalucía en función de la propia conquista y ocupación del país, con una definida significación militar, que se deduce de su localización fronteriza y de la personalidad de los primeros titulares.


    En los momentos finales del siglo mit ya constituye una realidad de cierta importancia, tanto más cuanto que, en lo que se podría denominar declaración de intenciones —la disposición de Alfonso X en beneficio de su hija Beatriz—, se prevén importantes concesiones de naturaleza señorial. Sin embargo, es en la primera mitad del siglo xiv, con Alfonso XI, cuando en Andalucía tiene lugar un fuerte proceso de señorialización —¿coinciden- cia con el fortalecimiento de las aristocracias urbanas a través de la institución del regimiento?—, que se consolida en la segunda mitad del siglo y con- tinúa en el siguiente, hasta casi duplicar la extensión que poseía en tiempos de Sancho IV.


    De este crecimiento la más beneficiada es la nobleza, que no sólo se desarrolla a costa del realengo, sino también de las restantes jurisdicciones hasta controlar en el primer tercio del siglo xvi casi el 75 % de los territorios señoriales, poniendo de manifiesto la debilidad del eclesiástico y la decadencia de las órdenes militares —en beneficio, precisamente, de dicha nobleza—, que sólo tienen una verdadera significación, al igual que el ecle- siástico, en el reino de Jaén.


    La constitución de este señorío nobiliario, que descansa sobre unas sólidas bases económicas, beneficia fundamentalmente a la alta nobleza, cuya potencia e importancia vendrá rubricada por la concesión de títulos, distanciándos considerablemente de la pequeña nobleza urbana, como ponen de relieve las cifras de territorios controlados por una y otra.


    Dicha debilidad de esta pequeña nobleza es una de las razones de que entre en la esfera de aquella, estableciéndose una vinculación entre ambas, uno de cuyos frutos es una más profunda integración del realengo en el señorío a través del control de los concejos por parte de esta nobleza, con lo cual, si desde el punto de vista jurídico es clara la diferencia y la separación del realengo y señorío, no lo es tanto desde otros ángulos: ejercicio del poder, formas de comportamiento señoriales, relaciones sociales claramente señorializadas en los centros urbanos, etc.


    Este hecho desvirtúa, en cierta medida, ese equilibrio territorial y poblacional a que se llega en Andalucía entre el realengo y el señorío al concluir la Edad Media.


    http://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/669651.pdf
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    Antonio Aparisi

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    Re: Señoríos Andaluces

    CAPÍTULO LXVIII.
    De como el Marqués tomó a Zahara.


    Tenia por costumbre el Marqués de Cádiz de tener los hombres especiales é adalides que osassn de noche andar en tierra de moros, é saber quales fortalezas se velaban bien, é quales estaban á mal recaudo, ó asi tomó á Cárdela en tiempo que tenia la guerra con el Duque de Medina, é tomó á Montecorto é tomara á Setenil, si no fuera por la cobardía de los escuderos, que lo envió á escalar; é facía mercedes á los dichos adalides , é sabia de qué manera se velaban loa castillos de la Frontera.

    E asi fue informado para tomar á Zahara, é la escaló, é tomó porsf mismo, é fue en esta manera. Di a de los gloriosos Apóstoles San Simón y San Judas á veinte y ocho días de Octubre, Jueves, año susodicho de mil qnatrocientos ochenta y tres, púsose con su gente antes que amaneciese en la celada cerca de ella, é i envió treinta escuderos con sus escalas á meter, cabe el muro de la villa, en fondo de una peña, é puso una atalaya á vista de la celada de los escaladores, en manera que los de la villa la non pudiesen ver.

    E esto que fue fecho amaneció, ó estuvieron asi fasta cerca de medio día, é los moros estuvieron seguros de que no vieron nadie por el campo, y descendiéronse los moros á la villa', ó hizo el atalaya quo lo veia señas á los escaladores ¡que eslason, é ú la celada quo saliese é fuese á dar combato por la puerta de la villa, porque los escaladores escalaban por la otra parte; é los escaladores echaron la escala, y la mayor parte de la celada á rienda suelta fueron á hacer rebato á las puertas de Zahara, y el Marqués arremetió fuertemente con sa caballo al lugar por donde escalaban, y llegó y apeóse, y entró por las escalas en pos de quince hombres que habían entrado; y como los moros se habían socorrido á la pnerta con el alboroto de loa de la celada que á cerca de ella habían llegado, ovieron lugar los escaladores y el Marqués do entrar por la otra parto, é tomar la villa; é como los moros los vieron, huyeron y metiéronse todos en la fortaleza, donde el Marqués los tuvo aquel dia cercados y se le dieron luego con temor á partido quo los dejase ir libres sus personas con lo quo pudiesen llevar de lo suyo dejando las armas', y asi los dejó. No habia alli mujeres ni muchachos, salvo hombres de pelea : así Nuestro Señor se lo aderezó todo bien al Marqués, é tomó á Zahara sin peligro ni muerte de su gente.

    Fallaron dentro un captivo no mas, llamado Frutos, natural de Fuentes donde yo nací, fijo de Juan Alonso, hombre bueno. Fizo el Marqués bastecer muy bien la fortaleza de viandas y armas y gente, y eso mesmo la villa, y estuvo ende fasta que lo dejó todo á buen recaudo, y volvióse á Marchenaoon mucha honra. E sabida por el Bey é por la Reyna la buena andanza y ventura que el M-uqués ovo en tomar á Zahara en tal manera, ovieron por bien de le hacer merced de ella para siempre, é mandáronle intitular Duque do Cádiz é Marqués de Zahara dendeen adelante, y él enquantas cartas firmaba, nunca dejó este nombre do Marqués, ó primero ponia Marqués que no Duque, en esta manera : Marqués Duque de Cádiz.

    http://books.google.com/books?id=i4o...ed=0CDAQ6AEwAQ
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    Re: Señoríos Andaluces

    Casa de Arcos




    image.jpg


    La Casa de Arcos es una casa nobiliaria española originaria de la corona de Castilla, cuyo nombre proviene del ducado de Arcos, título nobiliario hereditario concedido al casa de Ponce de León, en compensación por la supresión del marquesado de Cádiz. Entre sus señoríos se encontraban Marchena, Mairena del Alcor, Paradas, Chipiona, Rota, Cádiz y la Isla de León (hoy San Fernando),[1]Bornos,[2]Casares (con Manilva), Genalguacil, Jubrique, Arcos de la Frontera, Zahara de la Sierra, Villaluenga, Ubrique, Benaocaz, Grazalema, Cardela,[3]Garciago,[4]Archite,[5] las dehesas de Pruna y de Las Algámitas, Los Palacios, Guadajoz, Villagarcía y Bailén.[6] El heredero del duque de Arcos llevaba el título de marqués de Zahara. La capital de los estados ducales estaba en Marchena. El escudo de la casa se compone de las armas de las casas reales de León y Aragón, así como del linaje navarro Vidaurre.[7]


    Durante la Baja Edad Media fueron los principales competidores de la casa de Medina Sidonia, en el reino de Sevilla, como queda recogido en la leyenda Maese Pérez el Organista de Gustavo Adolfo Bécquer. Dentro del Convento de los Terceros de Sevilla se conservan restos del Palacio de los Ponce de Léon en la capital andaluza.[8] Asimismo se conservan el Castillo de Luna en Rota y las ruinas del Palacio ducal de Marchena,[9][10] cuya portada principal, llamada la Puerta de Marchena,[11][12] fue traslada a los Reales Alcázares de Sevilla y numerosos edificios religiosos construidos en Marchena bajo el patronato ducal. Además en Jerez de la Frontera se levanta un palacio de una de las ramas de este linaje (línea de los marqueses del Castillo del Valle de Sidueña). [13] cuyo apellido dio nombre a la Isla de León, que fue parte de sus señoríos juridiccionales. De esta línea también se conserva el Castillo del Valle de Sidueña en el Puerto de Santa María conocido también como Castillo de Doña Blanca. Esta rama de los Ponce de León descendía de la Casa de la Cerda primeros condes de Medinacelli y condes del Puerto de Santa María, posteriormente duques de Medinacelli. Otro ejemplo del mecenazgo artístico ejercido por la casa fue la protección del duque de Arcos al músico Cristóbal de Morales.


    A la muerte de la XIII duquesa de Nájera, dicho título recayó en el VII duque de Arcos, que se convirtió en XIV duque de Nájera. Su descendencia ostentó el XVI, XVII y XVIII ducado de Nájera, hasta que la muerte de Antonio Ponce de León, XI duque de Arcos, en 1780 extinguió el linaje por línea de primogenitura masculina y la casa de Arcos quedó incoporada a la casa de Benavente en la persona de María Josefa Pimentel y Téllez-Girón, XII duquesa de Benavente, quien en 1771 había casado con Pedro de Alcántara Téllez-Girón y Pacheco, IX duque de Osuna, por lo que la casa de Arcos se incorporó en la descendencia de ambos a la casa de Osuna.

    Casa de Arcos - Wikipedia, la enciclopedia libre


    Señoríos de la Casa de Arcos:

    Ducado de Arcos:

    image.jpg


    Ducado de Najera:


    image.jpg


    Condado de Casares:


    image.jpg


    Condado de Bailén:


    image.jpg


    Marquesado de Zahara:


    image.jpg


    Marquesado de Villagarcia:


    image.jpg

    Señorío de Marchena:
    Imágenes adjuntadas Imágenes adjuntadas
    Última edición por Michael; 21/05/2013 a las 18:56
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    Antonio Aparisi

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    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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    Antonio Aparisi

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    Antonio Aparisi

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