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Tema: Cuba y Puerto Rico

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    03 may, 10
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    Re: Cuba y Puerto Rico

    Na habré de ocuparme ni poco ni mucho de los diferentes sistemas coloniales, ya antiguos, ya modernos. Discusión es esta que incumbe á los dignos individuos de la comisión cuando hayan de defender, como de seguro habrán de defender, el dictámen de la mayoría. Pero antes de contestar á las breves y sucintas observaciones que hace en su voto particular el Sr. Romero Robledo, habréis de permitirme que deshaga dos graves errores, que son quizá la causa de la situación por que pasaran aquellas prorincias.
    Es el primero que al sistema liberal, ó á las ideas liberales implantadas en aquellos países, se debe la pérdida de nuestras inmensas posesiones del continente america no; y el segundo, que el sistema de asimilación ha sido seguido por España en aquellas colonias, muy especialmente en estos últimos años. Nada es menos cierto, Sres. Diputados. A poco que recordemos la historia de la independencia americana, vendremos á convenir que no solo las ideas liberales no fueron allí la causa de la pérdida de aquellos países para España, sino que, muy por el contrario, antes y muy antes de que pensara España en tener sistema liberal á principios de este siglo, habían comenzado allí las insurrecciones.


    Ejemplo de ello es la importantísima, á cuya cabeza se puso un descendiente de los incas del Perú, y cuyos resultados habrían sido favorables á sus jefes si estos no hubieran despreciado la cooperación que se les ofreciera por los que se llamaban criollos. Pero ya en 1797 en Bogotá hubo una insurrección por obtener la declaración de los derechos del hombre, á imitación de la república francesa, y en Caracas quiso proclamarse la república en el mismo año.


    En 1808 hizo el general Miranda nuevos esfuerzos para proclamar la república en Caracas, y en 1810 capituló , declarando que la Constitución que se hiciera para la Nación española habia de ser extensiva á aquellas posesiones.


    En 1809 se insurreccionó Quito proclamando su independencia. Y como éstos, pudiera citar otros hechos que hacen ver que muy antes que España tuviera Constitución que pudiera llevarse á aquellos países, ya ellos habían intentado emanciparse. No creo necesario detenerme mucho en examinarlas causas que motivaron aquellas insurrecciones, porque me dirijo á un Congreso español que harto sabe y conoce su historia. Únicamente diré que no soy de los que opinan que las leyes que España diera á aquellas posesiones fueron las causantes de tales insurrecciones; no, y mil veces no.


    España llevó allí todo lo que ella tenia aquí bueno ó malo, y no tenia obligación ni habia derecho para exigirle que llevase más. A fé que si estas leves hubieran sido cumplidas, otra hubiera sido la suorte de aquellos países. Pero hay allí un antiguo proverbio qne arranca de la historia de aquellas colonias, que revela lo que allí se verificaba; es una frase que se pone en boca de los Vireyes, y que dice así: «Dios está muy alto, el Rey está muy lejos y aquí yo soy el amo.»


    Pidieron, pues, aquellos países su libertad y después su independencia, y al ver que España no les concedía la primera, se levantaron por la segunda.


    No menos grave es el segundo error: el de que la asimilación ha sido el sistema del Gobierno de España para sus colonias. Esto no es muy cierto. Desde la conquista del Nuevo Mundo hasta el año 1836, puede decirse con verdad que la asimilación casi absoluta era el régimen que España seguía respecto á sus colonias. Si municipio tenia aquí, el municipio se estableció allí; si importantes eran los derechos del municipio en España, no eran menos importantes los derechos del municipio de Méjico, Lima y otras poblaciones. Y hasta tal punto es cierto el sistema de asimilación, que así como en España habia ciudades con voto en Cortes, también lo tenían las ciudades del Nuevo Mundo.


    Así siguieron, ya en tiempo del absolutlsma teocrático de Felipe II, ja en el período de absolutismo ilustrado de Cárlos III, ya en la época de libertad con las Córtes del año 10 al 14. T preciso es llamar la atención de la Asamblea respecto á un hecho importante que tuvo lugar en aquellas poseciones.


    El absolutismo de Fernando VII, absolutismo que no hay palabras bastante duras para acriminar, tuvo un carácter que te distingue respecto á los únicos restos que entonces quedaban en América, y eranCuba y Puerto-Rico. Yo tengo para mí que no fué todo buena intención; yo creo, sin hacer agravio á los Ministros de aquel Rey, de tan infausta memoria, que á la poca importancia de aquellas posesiones, á la imposibilidad de atenderlas con armasy dinero, dejándolas entregadas ásu propio y exclusivo esfuerzo para defenderse, ya de los ataques de la marina inglesa, ya de las reiteradas asechanzas de los piratas colombianos, se debió", más que á otra cosa, el proceder del gobierno absoluto eon Cuba y Puerto-Rico.


    Pero el hecho es que la cédula de gracia enviada por el Gobierno en 1815 á Puerto-Rico, fué la medida más política, más oportuna y más justa quo Gobierno alguno ha podido dictar. Puerto-Rico se encontraba en el año 1815 en un estado de abatimiento y miseria apenas concebible, luego que cesó de recibir el antiguo situado de Méjico, con el cual se mantenía.


    Allí no había ejércitos, sino una escasísima guarnición que no tenia con que vivir, puesto que hubo caso de salir la primera autoridad de la isla á pedir una limosna para dar de comer á soldados y oficiales. Pero llegó á Puerto-Rico la cédula de gracia en el año 15 , y puede decirse que, considerados los tiempos y las circunstancias, se le dió á Puerto-Rico una Constitución liberal.


    Se dejaba entrar libremente á los extranjeros, y establecerse allí sin condición de ninguna clase más que prestar juramento religioso de ser católico, apostólico, romano. Respecta i la cuestión económica, tenia un presupuesto activo de 400.000 duros, siendo así que sus ingresos apenas llegaban á 200.000, habiendo, por consecuencia, un déficit de un 50 por 100.


    Se estableció el comercio libre entre aquella provincia y la Metrópoli, cosa á que hoy vienen aspirando desde hace mucho tiempo; se declaró el comercio con las posesiones extranjeras, si no libre , poco menos, puesto que los derechos eran insignificantes y recaían sobre objetos que pudiéramos llamar de lujo; y con estas medidas y la admirable administración que hubo por entonces del intendente Sr. Ramírez, la isla de Puerto-Rico, en solo cuatro años, prosperó de tal manera y llegó á tal punto su importancia, no solo por su población, que había duplicado, sino por sus ingresos, que llegaron á cubrir un presupuesto de 500.000 pesos, con un sobrante de algunos miles de duros.


    Con este sistema se llegó al 1836 sin variación de ninguna clase, ya viniese la Constitución del 1820 al 23, que por cierto se estableció sin que produjera el menor conflicto, ya el Bstatuto Real de 1834, que tampoco produjo conmoción alguna en aquel país, ya la Constitución de 1812, restablecida en 1830, verificándose la elección general para Diputados constituyentes.


    Estos fueron los beneficios que obtuvo Puerto-Rico de aquel régimen liberal, y hasta entonces no se conoció eso de peninsulares y criollos: todos eran españoles; tan españoles, qne, como he dicho antes, debían por sí solos defenderse, no solo del extranjero, sino de los republicanos, que les convidaban con la insurrección.


    Pero el año de 1837 se acordó por aquellas Cortes Constituyentes lanzar de este recinto, ó de el en que entonces se reunían los Diputados que habían sido nombrados representantes de Puerto-Rico.


    Como me he propuesto no recordar nada que sea desagradable, nada diré de esta medida; pero sí debo recordar que gracias á la conducta leal y patriótica de su entonces primera autoridad, bien puede decirse que en la isla de Puerto Rico, fuera del efecto moral, en el
    material en nada se dejó sentir la pérdida de sus libertades.
    Última edición por Michael; 05/04/2013 a las 10:39
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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