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Tema: Señorío, Clero, Realengo, etc. en Castilla.

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  1. #1
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    Re: Señorío, Clero, Realengo, etc. en Castilla.

    Merindad Mayor de Castilla


    image.jpg
    Escudo



    La Merindad Mayor de Castilla es una de las grandes demarcaciones territoriales que conforman la división administrativa, tanto del reino como posteriormente de la Corona de Castilla al frente de la cual, desde el siglo XIII hasta el siglo XV, va a estar el delegado regio designado como merino mayor de Castilla.


    Antecedentes
    Al desaparecer el Condado de Castilla por haberse incorporado su titularidad a la del rey de León el año 1038 cuando el último conde castellano Fernando ciña la corona real de León, los antiguos territorios del condado se van a estructurar en nuevas demarcaciones administrativas que recibirán el nombre de merindades, cuyo nombre proviene de merino, oficial real que regirá estas demarcaciones.


    Las merindades que comienzan a dibujarse en la segunda mitad del siglo XI acabarán de perfilarse bajo el reinado de Alfonso VIII (1158-1214).


    Esta división territorial en merindades tanto mayores como menores continuó plenamente vigente hasta el siglo XVI, y en algunos aspectos administrativos o judiciales será todavía utilizada en el siglo XVII y aun en el XVIII.[1]


    Ámbito territorial


    La ciudad de Burgos será la capital de la llamada Merindad Mayor de Castilla que se extendía por más de treinta mil kilómetros cuadrados entre el Cea y la frontera con el reino de Navarra, entre el Duero y el mar Cantábrico comprendiendo en ella la totalidad de las provincias actuales de Cantabria y Palencia así como la mayor parte de las de Burgos y Valladolid y algunos territorios limítrofes de la hoy provincias de León, Soria, Álava, La Rioja y Asturias.


    En el libro Becerro de las Behetrías de Castilla figura la gran merindad subdividida en 19 merindades menores, una de las cuales llevaba el nombre de Merindad de Burgos con río de Ubierna, cuyo merino residía en la ciudad de Burgos. Esta división administrativa continúa vigente durante toda la Edad Media.


    El merino mayor de Castilla en 1352 ejercía su jurisdicción sobre 19 merindades menores integradas en la Merindad Mayor de Castilla. En el Becerro constan 15 y se echan en falta otras cuatro: Bureba, Rioja-Montes de Oca, Logroño y Allende Ebro. Hasta 1335 Guipúzcoa formaba parte como la vigésima merindad, pasando entonces a constituirse en Merindad Mayor propia.[2]


    Merindad Capital poblados despoblados Superficie (km2) Provincias 2008
    Cerrato Palenzuela 56 56 2.198,86 Palencia, Burgos y Valladolid
    Infantazgo de Valladolid Urueña 63 35 2.606,89 Valladolid
    Monzón Monzón 75 22 1.327,92 Palencia y Burgos
    Campos Palencia 50 21 1.851,05 Palencia y Valladolid
    Carrión Carrión de los Condes 78 41 1.474,15 Palencia, León y Valladolid
    Villadiego Villadiego 86 21 1.087,76 Palencia y, Burgos
    Aguilar Aguilar 133 22 1.378,50 Palencia, Burgos y Cantabria
    Liébana-Pernia Cervera 116 15 1.295,63 Palencia, León y Cantabria
    Saldaña Saldaña 153 42 2.106,13 Palencia y León
    Asturias de Santillana Santillana del Mar 195 12 2.279,33 Asturias y Cantabria
    Castrojeriz Castrojeriz 91 30 1.716,10 Palencia y, Burgos
    Candemuñó Santa María del Campo 86 21 1.121,25 Burgos
    Burgos-Ubierna Burgos 99 22 1.367,50 Burgos
    Castilla Vieja Medina de Pomar 447 87 4.359,34 Cantabria, La Rioja, Álava y, Burgos
    Santo Domindo de Silos Santo Domingo de Silos 122 26 4.197,40 La Rioja, Soria y, Burgos
    Mayor de Castilla Burgos 1.914 488 30.727,81




    Esta división administrativa se remonta al siglo XII iniciándose durante el reinado de Alfonso VII (1126-1157) y culminándose con Alfonso VIII (1158-1214) que la perfila y asienta firmemente de tal modo que con ligeras modificaciones alcanzará hasta el siglo XVIII, en que será sustituida por una nueva división administrativa de corte borbónico basada en Provincias, Intendencias y partidos. A partir del siglo XV la extensión del régimen señorial irá sustrayendo a su jurisdicción grandes porciones del territorio, y la generalización de corregidores desde finales de ese mismo siglo y principios del XVI eclipsará la figura del merino.


    Así en 1352 ya se habían segregado seis pequeños cotos territoriales que habian estado integradas, corresponden a los siguientes concejos:


    San Vicente de la Barquera
    Burgos
    Valladolid
    Aranda de Duero
    Santo Domingo de Silos, coto abacial.
    Jurisdicción de Lara, agregada al concejo burgalés.
    Merindades Menores
    Merindad de Cerrato, capital Palenzuela
    Merindad de Monzón
    Merindad de Villadiego
    Merindad de Aguilar de Campoo
    Merindad de Allende Ebro[3]
    Merindad de Castrojeriz
    Merindad de Burgos con Río Ubierna
    Merindad de Santo Domingo de Silos
    Merindad de Candemuño, capital Santa María del Campo[4]
    Merindad de Castilla Vieja, capital Medina de Pomar[4]
    Merindad de Asturias de Santillana
    Merindad de Liébana y Pernia
    Merindad de Saldaña
    Merindad de Trasmiera
    Merindad de Carrión
    Merindad de Campos, capital Palencia
    Merindad de La Bureba
    Merindad de Rioja y Montes de Oca
    Merindad de Logroño
    Merindad del Infantazgo de Valladolid


    Los merinos


    Durante el reinado de Alfonso VI la documentación catedralicia[5] recoge en 1075 la presencia de Martín Sánchez como merino de Castilla bajo la fórmula maiorinus Castellae. Diez años después Petrus Iohannis suscribe como maiorinus de tota Castella.[6] Incluso en 1091, en una donación del propio monarca al monasterio de San Juan, se menciona a Tello Díaz como merino maior de Castilla, actividad merinal que en 1099 ejercía un tal Felices.[7]


    «...Los titualres del merinato ... aparecen alternando ... su condición de tales en Castilla y en Burgos. esta equivalencia nos induce a pensar que en la vieja capital condal residiesen tanto el merino de Castilla como el de la ciudad y que ambas funciones se concentraran en la misma persona ...».[8]


    Miguel Feliz desde 1133 hasta 1 de mayo de 1150: merino in Burgis et in omni Castella[5]
    Alfonso Muñiz en 1152 y hasta 1160
    Diego Fernández el 9 de abril de 1158 suscribe como merino in Castella y el 7 de mayo del mismo año como maiorinus Burgensis
    Antolín Moro de 1162 a 1167, merino de Burgos
    López Díaz de Fitero de 23 de mayo de 1171 a 1 de febrero de 1170
    Gutierre Peláez de 1 de febrero de 1170 a julio de 1176
    López Díaz de Fitero de julio de 1176 a 28 de julio de 1193
    Diego López de Fitero de diciembre de 1193 a 10 de septiembre de 1195
    Rodrigo Petri de 8 de diciembre de 1195 a 2 de abril de 1198
    Gutiérrez Díaz de 8 de mayo de 1198 a 15 de octubre de 1205
    Garci Lasso de la Vega II, asesinado en 1351
    Ruy Pérez de Villegas "el segundo", alrededor del año 1390

    Siglo XIV


    La totalidad de la Merindad Mayor de Castilla alcanzaba en pleno siglo XIV la suma de 39.777 km2, que se repartía desde los límites del reino leonés al occidente hasta el reino navarro al oriente, excluyendo los territorios pertenecientes al señorío de Vizcaya y la merindad mayor de Guipúzcoa. Al norte el límite venía marcado por el mar Cantábrico, mientras que al sur era la línea de Comunidades de Villa y Tierra, dibujadas a lo largo del río Duero, la que establecía el fin de esta gran división administrativa.


    Adelantamiento


    En 1502 se divide el adelantamiento de Castilla en dos partidos: el de Burgos y el de Campos, estando al frente de cada uno un único alcalde mayor, que acabarán derivando en sendos adelantamientos.


    El partido de Burgos quedaba integrado por las merindades menores de Villadiego, Campoo, Castrojeriz, Candemuño, Santo Domingo de Silos, Río de Ubierna, Montes de Oca, Bureba, la Rioja, Nájera y Logroño.
    La de Campos por las merindades de Liébana, Saldaña, Carrión, Monzón, Campos, Infantado y Cerrato.

    http://es.m.wikipedia.org/wiki/Merin...or_de_Castilla
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

  2. #2
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    Re: Señorío, Clero, Realengo, etc. en Castilla.

    Merindad (división administrativa)


    Las merindades eran unas divisiones geográfico-administrativas que se dieron a finales del siglo XII en el reino de Castilla y Navarra. El merino era el representante del rey en dicha merindad.


    La función de las merindades era la de ser un órgano administrativo intermedio entre el poder central y las villas y señoríos. Al frente de una merindad se situaba el Merino con poderes administrativos y judiciales sobre el territorio encomendado.


    En la actualidad en la Comunidad Foral de Navarra se sigue manteniendo la merindad como división histórica, aunque administrativamente fueron sustituidas por los partidos judiciales. Son las merindades de Pamplona, de Sangüesa, de Tudela, de Olite y de Estella. A estas merindades se debe añadir la de Ultrapuertos, con capital en San Juan Pie de Puerto, que pertenece a Francia a partir de la incorporación de Navarra a Francia en 1638.


    En Vizcaya, el Duranguesado se ha convertido en mancomunidad comarcal en la que se mantiene el recuerdo de su pasado como merindad.


    En el norte de Burgos, una veintena de municipios forman, en la actualidad, la comarca de Las Merindades. Alguno de sus municipios mantiene este nombre: Merindad de Valdivielso, Merindad de Sotoscueva, Merindad de Valdeporres, Merindad de Montija, Merindad de Cuesta-Urria y Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. En el Alfoz de Burgos también se encuentra la histórica Merindad de Río Ubierna .


    La más importante entre Palencia y Cantabria, que en la actualidad se conoce con tal nombre, pero que no representa una verdadera división administrativa actual, aunque sí lo fue en el pasado, es la Merindad de Campoo (capitales: Reinosa y Aguilar de Campoo), que agrupa comarcas y cabezas de partido de las provincias de Palencia, Burgos y Cantabria, y que es conocida por concentrar grandes tesoros del Arte Románico de Castilla y León y de Cantabria.



    Merindad (división administrativa) - Wikipedia, la enciclopedia libre
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    Antonio Aparisi

  3. #3
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    Re: Señorío, Clero, Realengo, etc. en Castilla.

    La organización del espacio diocesano en la Historia de Castilla y León


    Mateo Martínez (Universidad de Valladolid)


    La orgarŭzación del espacio diocesano con sus arciprestazgos y parroquias es muy antigua. En tiempos modernos se ha pretendido y hasta conseguido, aunque sólo parcialmente, un reajuste de los límites diocesanos, para hacer coincidir a éstos con los provinciales.


    La consecución del objetivo no podía ser fácil, porque, entre otras razones, en el proceso de formación de unas y otras unidades territoriales, han actuado factores de muy diferente signo. Como es sabido, en la organización territorial para la administración civil en Espafia y a partir de un momento determinado, ha prevalecido un criterio centralizador.


    Ante la diversidad administrativa de los pueblos de Espafia, Felipe V acometió un plan unificador, aunque sus logros no fueron completos'. Más tarde, entrado el siglo XIX, Javier de Burgos planteó el sistema provincial con sus partidos judiciales y municipios, «ratificado posteriormente por moderados y progresistas», habiéndose creado un régimen acin ŭnistrativo, base de la centralización que «ha perdurado durante siglo y medio en las líneas esenciales de la concepción administrativa y de la distribución geográfica.




    En la estructuración provincial de Javier de Burgos no se siguió un criterio meramente geográfico de modelo francés, sino que, como observa Jover, se trató de conjugar éste con el de carácter histórico, al tiempo que se atendía a elementos de distancia y población, a fin de conseguir una administración más eficaz.


    Para ello había que fijar, dentro de la provincia, otros n ŭcleos, los partidos judiciales, que, a su vez, incluyeran a los municipios, piezas base en el conjunto del engranaje.




    Los partidos judiciales tenían, a veces, unos elementos característicos naturales, demográficos, económicos y cierta dotación administrativa, y a veces singularmente históricos, que permitían fijar con facilidad la cabecera de los mismos, en donde se reflejaba la vida de una comarca, no siempre pequeña, especialmente en el día de mercado.


    En los días contemporáneos se han reducido estas cabezas de partido y, por tanto, se han ampliado sus áreas territoriales por condicionamientos obvios de la evolución en los medios de comunicación, así como por el descenso demográfico en numerosas zonas de España, entre las cuales son muy destacables las correspondientes a Castilla y León.




    La estructura de la división territorial eclesiástica no ha experimentado el mismo proceso que la civil. Ello no significa que haya permanecido inalterable a través de los siglos. Se han producido cambios de limites diocesanos como conse- cuencia de la creación de un nuevo obispado.


    Así, por ejemplo, al crearse el de Valladolid a finales del siglo XVI, o el de Santander en el siglo XVIII, operación ésta que afectó especialmente al arzobispado de Burgos.


    Los cambios más sobresalientes en los límites han tenido lugar recientemente y, aunque el objetivo era general para España, una región a la que afectaron plenamente fue la de Castilla y León.


    Ello implicó, lógicamente, el que un gran nŭmero de arciprestazgos, cuyas cabezas han coincidido muchas veces con las de los partidos judiciales, tuvieran que ver desplazada su pertenencia diocesana o modifi- cados sus propios límites.




    1. La organización del espacio diocesano y sus modificaciones recientes. Diócesis, arcedianatos y arciprestazgos




    En la Iglesia como institución, puede advertirse que la diócesis es la unidad fundamental entre los elementos que la constituyen. El significado de este tértnino, aplicado a la administración, data del siglo IV, cuando Diocleciano dividió el Imperio romano en doce diócesis, que comprendían, cada unacie ellas, una o varias provincias.


    Este mismo vocablo fue aplicado posteriormente por la Iglesia, paradesignar también grandes circunscripciones, dentro de las cuales se encontraban varios obispados, pero, avanzada ya la edad media y más en particular desdeel siglo XIII, en toda Europa cuajó el significado actual del término diócesis como sinónimo de obispado, es decir, el territorio confiado a un obispo «para que lo administre en nombre propio y con facultades ordinarias »4.


    Estas circunscripciones tienen diferente rango en su función administrativa. Las archidiócesis, regidas por un arzobispo, integran, generalmente, a varias diócesis, sus sufragáneas, al frente de las cuales se halla un obispo. Una y otras constituyen la entidad denominada provincia eclesiástica, presidida, consiguientemente, por el arzobispo o metropolitano.


    Dentro de Castilla y León se encuentran las siguientes diócesis: Astorga, Avila, Burgos, Ciudad Rodrigo, León, Osma-Soria, Palencia, Salamanca, Segovia, Valladolid y Zamora, dos de las cuales, Burgos y Valladolid, tienen sede metropolitana, y ninguna tiene carácter de exenta en la actualidad, ya que ninguna sufragánea depende directamente de la Santa Sede.


    Como avance del estudio, parece oportuno inclicar que cacla territorio diocesano se hallaba div idido en arcedianatos, presididos por un arcediano, y éstos, a su vez, se componían de arciprestazgos, dirigidos por el arcipreste e integrados por parroquias. El arcedianato, de gran extensión geográfica comŭnmente, ha desaparecido, pero encierra un notable interés lŭstórico en su configuración de amplia comarca.


    No menos sugeridor es el arciprestazgo, de límites más reducidos, pero con sorprendentes irregularidades a veces y otras con un cuadro de homogeneidad no menos interesante.


    El objeto de este estudio es tratar de ver los límites de estas tres unidades -diócesis, arcedianatos y arciprestazgos- a través de la historia, así como la interpretación de las razones y criterios que presidieron su fijación.




    La cuestión de los límites de las diócesis


    En la región castellano-leonesa los límites diocesanos, en líneas generales, no ofrecen ya una gran disparidad en relación con los provinciales. Hasta hace pocos años, en cambio, predominaba el desajuste. Sorprendía, por ejemplo, el que Medina de Rioseco o Peñafiel no pertene,cieran a la archidiócesis de Valladolid, sino a la diócesis de Palencia, o que Villalón y Villalpando fueran cle León.


    La sorpresa de la noticia generaba inmediatamente el planteamiento del porqué de tales desajustes, cuya explicación necesita, obviamente, remontarse a los tiempos medievales.


    Como observa Mansilla, las transformaciones que ha sufrido la demarcación diocesana a través de los siglos en la Península Ibérica, son, probablemente, mayores que en cualquiera otra parte de Europa.


    Hubo, primeramente, una división diocesana perfilada sobre las antiguas demarcaciones romanas, pero, tras la caída de la monarquía visigoda y consiguientemente al muy largo proceso de la Reconquista, «diversos y complejos factores» condicionaron la movilidadde los límites diocesanos: creación de nuevas sedes episcopales, supresión de otras, configuración política de los reinos cristianos, cambio de fronteras en estos n ŭsmos, etc.s.


    Los siglos XI-XIII fueron especialmente prolíficos en discusiones sobre límites, pero en la segunda mitad del siglo XIII, unos años después de la muerte de Femando III el Santo, la precisión de los mismos no aparece como una empresa imposible.


    Las diócesis actuales de Castilla y León, a excepción de Valladolid que no estaba aŭn constituida, figuran con unos límites bastante determinados y englobados en las provincias eclesiásticas de Compostela, Braga y Toledo, si bien algunas son exentas, como León y Burgos.




    Más a ŭn, para Sánchez Herrero, que ha estudiado los límites medievales de seis diócesis -León, Astorga, Zamora, Salamanca, Ciudad Rodrigo y Palencia-, éstos permanecieron desde los siglos XIV y XV hasta los años cincuenta del siglo actual, aunque, por supuesto, se ha de tener en cuenta la creación de una diócesis nueva, la de Valladolid, a finales del siglo XVI y la eliminación de jurisdicciones especiales por obra del Concordato de 1851.




    Tiene un interés especial y al mismo tiempo lógico, la explicación acerca de los factores que contribuyeron a una determinada delimitación de los territorios diocesanos, que ha alcanzado con una pervivencia generalizada hasta los tiempos contemporáneos.


    Puede advertirse, en primer lugar, que las razones de carácter geográfico no fueron muy influyentes en general. Fundados o restaurados los obispados al hilo de la Reconquista, las motivaciones de la fijación de estos territorios fueron de carácter político, estratégico y religioso, las cuales, a veces, actuaban conjuntamente. El rey, en efecto, jugaba un papel muy importante en tal operación, lo que no significa que estuvieran ausentes los obispos en la misma, ya que, en la mayoría de los casos, durante la alta edad media, actuaban de comŭn acuerdo ambas autoridades y, a veces, las detemilnaciones se tomaban en asambleas conciliares, y era que los metropolitanos, encargados de la restauración religiosa, no rehuían la tendencia a que su jurisdicción se configurara extensivamente a la del estado, lo que era visto por el monarca como ŭtil para afianzar su status político.


    Hay que añadir a este respecto, que la Curia romana también consideraba práctico aquel proceder, por juzgarlo ventajoso para la consolidación eclesiástica.


    Un caso de destacada motivación política y estratégica, es la fundación de la sede episcopal de CiudadRodrigo por Femando II en el siglo XII, como medio de conseguir más eficazmente la repoblación y la defensa de la fronteta conquistadas.
    No sólo el rey, así como el personaje conquistador o el repoblador tuvieron un papel principal en la creación o restauración de las diócesis, ni éstos solos con el obispo, sino que hubo otros agentes imponantes que contribuyeron a que se iniciara o ampliara el señorío territorial y jurisdiccional de un obispo y también de un cabildo. Fueron los donantes particulares de villas y tierras, los cuales eran clérigos unas veces y laicos otras. Ello explica suficientemente la peculiaridad de unos límites, que a los ojos del hombre contemporáneo se le antojan singularmente irregulares.


    No hay por qué excluir el que, a veces, se daba un afán de expansión jurisdiccional. El celo por imprirnir más ampliamente el sello peculiarde unareligiosidad, debió ser un elemento de acicate en detenninados casos, sin olvidar que también pudo influir, a veces, un objetivo económico: el aumento de parroquias como medio de aumentar el erario diocesano.


    Las Provincias Eciesiásticas


    Como ya se ha indicado, provincia eclesiástica es el territorio presidido por un arzobispo metropolitano y que integra, generalmente, a varias diócesis u obispados. La misión de los mehropolitanos fue especialmente importante en la alta edad media, como encargados de la restauración religiosa en las tierras reconquistadas, lo que no autoriza una infravaloración de otras funciones que han perdurado hasta nuestro tiempo, como la convocatoria y presidencia de concilios provinciales y otras activi- dades más.




    Un análisis somero de los mapas medievales, aun sin hallarse éstos dotados de una gran precisión, nos pennite advertir la falta de coherencia geográfica e incluso histórica, en la configuración de las provincias eclesiásticas a las que pertenecían las diócesis castellano-leonesas. Nuestras observaciones no pueden demorarse remotamente, pero, proyectadas al siglo XVIII como punto de partida, alcanzan a ver todavía grandes irregularidades en la composición de las provincias eclesiásticas. Así, Astorga, Zamora, Salamanca, Ciudad Rodrigo y Avila pertenecían a la provincia eclesiástica de Santiago de Compostela. Valladolid -aŭn no era archidiócesis-, Segovia y Osma se integraban en la de Toledo.


    Burgos, ŭnica sede metropolitana de laregión, por entonces, tenía como sufragánea a Palencia. En cuanto a León, era diócesis exenta, ya que dependía directamente de la Santa Sede al igual que Oviedo, las dos ŭnicas que disfrutaban de esta condición entre las diócesis espafiolas.


    En el siglo XIX, la geografía eclesiástica espafiola y en particular la circuns- cripción diocesana de Castilla y León adquirió unos perfiles tnás racionales. En el año 1857, la sede vallisoletana fue elevada a la categoría de arzobispado por una bula del Papa Pío IX y a tenor de lo estipulado en el Concordato de 1851 entre España y la Santa Sede.


    Las diócesis asignadas como sufragáneas ala nueva sede metropolitana fueron todas de la región: Astorga, Avila, Ciudad Rodrigo, Salamanca, Segovia y Zamora, mientras que Burgos integraba en su provincia eclesiástica a León, que, al igual que Oviedo, dejaba de ser exenta, a Osma y a Palencia, además de otras no pertenecientes a la actual región autonómica'°.


    Un nuevo mapa de las provincias eclesiásticas se ha dibujado en la segunda mitad del siglo actual, al acordarse una revisión de las circunscripciones diocesanas en el Concordato de 1953. En él puede observarse que Astorga y León han dejado de pertenecer a Valladolid y a Burgos respectivamente, para entrar, junto con Santander, en la composición de la provincia eclesiástica de Oviedo, creada recientemente.


    2. Las diócesis castellano-leonesas.


    Variación de timites
    Es conocida, sin duda, la geografía actual de las diócesis de Castilla y León, o al menos de gran parte de ellas, aunque sea aproximadamente. Sus límites son recientes, ya que fueron fijados consiguientemente al Concordato de 1953 entre el Gobiemo español y la Santa Sede. El artículo 9 de este acuerdo hacía referencia explícita al viejo problema de los límites y enclaves, al disponer que se hiciera «una revisión de las circunscripciones diocesanas a fin de evitar, en lo posible, que las diócesis comprendan territorios pertenecientes a diversas provincias civiles. Y asinŭsmo la Santa Sede, de acuerdo con el Gobierno español, tomará las oportunas disposiciones para eliminar enclaves».






    En efecto, las causas más influyentes en la reorganización eclesiástica española de los años cincuenta, estaban relacionadas con la necesidad, vivida cada vez más intensamente, de que las circunscripciones eclesiásticas se ajustaran en lo posible a las civiles y, desde luego, con el interés por la eliminación de extraños enclaves geográficos".




    Pesaron también otras razones, como el aumento de poblacibn en algunas zonas, la diferencia de extensión territorial entre algunas diócesis y, en alg ŭn caso, se tuvieron en cuenta también razones de carácter fundamentalmente espiritual, como la intensa vida religiosa de alguna región o zona. El hecho fue que, a part ŭ del Concordato, se efectuaron numerosas rectificaciones de límites en muchas de las diócesis.


    Se ha clicho, a este respecto, que el objetivo a conseguir no ha sido posible, sobre todo si se tiene en cuenta la existencia de diócesis antiguas que, por otra parte, aparecen «desvinculadas de las provincias actuales, vg. Plasencia, Ciudad Rodrigo, Barbastro, Jaca» ".


    Ciertamente, su desvinculación en relación con la respectiva provincia ha debido existir en grado considerable, pero en la actualiciad debe ser imperceptible en la mayoría de los casos. No trato de sugerir con esta observación, que lo adecuado hubiera sido hacer coincidir total y exclusivamente los límites diocesanos con los provinciales.


    Esta práctica no hubiera sido siempre razonable, bien porque la extensión y complicada geografía de una provincia hiciera aconsejable la permanen- cia de dos diócesis dentro de ella, como Astorga y León, o bien porque los límites de las provincias, en no pocos casos, podrían reclamar una nueva revisión, a pesar del avance que se diera con la configuración del sistema de Javier de Burgos.


    Cabe añadir algunas observaciones más, relativas a la reorganización de los años cincuenta. Llama la atención que, en el acuerdo de ambas autoridades, la civil y la eclesiástica, se adoptó una solución muy cómoda políticamente, al no suprirnirse ninguna de las diócesis existentes, a diferencia de la reorganización del siglo pasado, por la que se suprimieron varias diócesis sufragáneas, en la mayor parte de las cuales, sin embargo, no llegó a consumarse su desaparición. Y no debe pasarse por alto la desigualdad con que se aplicó el compron ŭso concordatario. Mientras que en las diócesis castellano-leonesas se reajustaron los límites «en lo posible» en relación con la provincia, en otras regiones, en cambio, apenas se variaron".


    Seguidamente se hará una exposición geográfica de las once diócesis de Castilla y León antes y después de la reorganización de los años cincuenta del presente siglo, para poder advertir más claramente la diferencia de límites que se ha introducido en la mayoría de ellas.




    Astorga
    Esta diócesis, una de las más antiguas de la Autonomía -para algunos es la más antigua entre ellas-, tuvo en la antigiiedad unos límites extraordinariamente extensos, reducidos, durante la edad media, por la creación, dentro de ellos, de los obispados de León, Palencia, Zamora y Orense". A pesar de ello ha tenido una gran extensión hasta el siglo actual, muy poco mermada por el reajuste del Concordato de 1953, en el que mantuvo no sólo el territorio de su provincia de León -con pérdida de algunas parroquias-, sino que conservó zonas cie otras provincias, correspondientes no solamente al ente autonómico, sino de fuera, como la de Orense, aunque perdió algu nas de Lu go. En la actualidad su jurisdicción coincide muy aproximadamente con los viejos partidos judiciales de Barco de Valdeorras, Puebla de Trives y Viana del Bollo, en la provincia de Orense. Los de Puebla de Sanabria y gran parte del de Benavente, en la de Zamora. Los de Astorga, La Bafieza, Ponferrada y Villafranca del Bierzo, en la de León".


    Avila
    La fundación de este obispado data del siglo IV, o quizá de tiempos anteriores, sin que conste con certeza absoluta el poder atribuirla a San Segundo, uno de los varones apostólicos. Su extensión en los tiempos medievales fue muy superior a la actual, ya que comprendía, entre otros territorios, los de la diócesis de Plasencia hasta la fundación de ésta. En el siglo XIX, después del Concordato de 1851, experimentó una nueva reducción cie límites, los cuales correspondían, desde entonces, a la casi totalidad de la provincia civil, más el arciprestazgo de Cespedosa en la de Salamanca, los de Oropesa y Real de San Vicente en la de Toledo, el de Olmedo en Valladolid y algunos pueblos de Cáceres, Madrid y Segovia. Su situación actual, después del decreto subsiguiente al Concordato de 1953, presenta unos límites diocesanos que coinciden con los de la provincia


    Burgos
    La sede episcopal de Burgos fue erigida a finales del siglo XI, aunque se ha de tener en cuenta que la fundación consistió en un traslado de la de Oca, situada desde la época visigoda en Villafranca Montes de Oca. Fue convertida en sede metropoli- tana a finales del siglo XVI y continuó con una gran extensión que alcanzaba hasta el Cantábrico por el norte y, por el sur, a zonas de Segovia y Soria.
    En el siglo XVIII se reactivó un plan concebido en el reinado de Felipe II de dividir algunas di6cesis y, aunque no cuaj6 con carácter general, sí que se crearon algunas nuevas. Una de ellas fue la de Santander en 1754, para lo cual se desmembra- ron territorios del arzobispado de Burgos y se marcó la linea divisoria interdiocesana con un criterio geográfico, definida, de norte a sur, seg ŭn la vertiente de los ríos: «todo el territorio del otro lado de los montes, segŭn vierten las aguas al Océano» u . Los límites fijados entonces para el arzobispado, continuaron hasta el reajuste de los años cincuenta. De entonces, 1956, data la geografía actual, en la que puede observarse que los límites diocesanos quedaron acoplados casi totalmente a los civiles. Para esta operación perdi6 varios arciprestazgos en el norte, que pasaron a la di6cesis de Santander, pero recibi6 otros del sur que pertenecían a la de Osma. El acoplamiento de límites, sin embargo, no fue completo, ya que el valle de Mena contin ŭa perteneciendo a Santander y, curiosamente, el Condado de Treviño, al que se cambi6 de di6cesis -de la de Calahorra- no pas6 a la de Burgos, sino a la de Vitoria".


    Ciudad Rodrigo
    Es uno de los obispados menos antiguos de Castilla y Le6n. El Rey Fernando II consigui6 su erección en el siglo Xll, al considerar la importancia que tenía la repoblación desarrollada por el conde D. Rodrigo, al que debe su nombre actual, iniciada a comienzos de aquel siglo, en medio de una corriente repobladora general en el sur del Duero.


    Fue sufragánea de Compostela hasta el siglo pasado, en que se integM en Valladolid. Su extensión es próxima a los 4.000 km2, que, en la edad media, se extendían en su mayor parte dentro de la actual provincia de Salamanca, con cuya diácesis se establecieron unos límites de referencia en los ríos Huebra y Yeltes. Se internaba también en Portugal con unas parroquias, a las que hubo de renunciar por razones históricas obvias.


    También pertenecían a Ciudad Rodrigo unas parroquias de tierras cacereñas, que perdi6 cuando el reajuste, que tuvo su aplicación en esta diskesis el año 1958. Por él pasaron dichas parroquias a la diócesis de Coria-Cáceres, pero recibi6 otras de la misma provincia de Salamanca, entre ellas la de Sagrada y Tamames. Sus límites, por tanto, además de la línea divisoria con Portugal, están circunscritos dentro de la provincia de Salamanca, y entre ambas di6cesis hay unas referencias destacadas en cuanto a los límites, como el río Yeltes y la Sierra de Gata'9.
    León


    Segŭn las investigaciones de Femández Catón, constan documentalmente alusiones a la existencia de la sede episcopal leonesa en el siglo 111, aunque aparecen más palmariamente las noticias acerca de la misma, a partir del siglo VIll con su obispo Suintila.


    Hasta el Concordato de 1851 fue Le6n di6cesis exenta, pero, a partir de entonces, se integr6 como sufragánea en la provincia eclesiástica de Burgos, hasta el año 1955 en que empez6 a serlo de la de Oviedo.


    Fue Ordoño II quien extendió máximamente el territorio diocesano, que alcanzaba ya algunas zonas de Asturias y Galicia y al que incorpor6 otras de las actuales provincias de Zamora, Valladolid, Palencia y Santander, aunque, posteriormente, sufriría desmembraciones en favor de Burgos, Palencia y, más tardíamente, de Valladolid.


    Los límites diocesanos permanecieron inalterables desde fmales del siglo XVI hasta el ya citado reajuste de límites de los años cincuenta, por el que dejaron de pertenecer a León 157 parroquias de la provinciade Palencia, 45 de Valladolid, 18 de Zamora, 62 de Santander y 1 de Astorga, aunque se incorporaron aella 165 de Oviedo y 42 de Astorga.


    Su extensión cuenta hoy con 1.245 menos que antes del reajuste y se halla ceñida a los límites de la provincia de Le6n, dentro de la cual existe también la ditScesis de Astorga, como ya se ha expuesto anteriormente. Unicamente han quedado dentro de la Misma di6cesis, por razones de enclave, dos parroquias pertenecientes a la provincia de Valladolid.


    Osma-Soria
    Consta documentalmente la existencia de esta diácesis en el siglo VI, aunque su nacimiento sea muy anterior. Fue sufragánea de Toledo desde el siglo XIH hasta el siglo XIX, en que pas6 a pertenecer a la provincia eclesiástica de Burgos.


    La geografía diocesana de Osma -éste era su nombre anteriormente- hasta los decretos de reajuste subsiguientes al Concorciato de 1953, apenas sí coincidía con la provincia de Soria, pero hoy se da un acoplamiento total entre ambas. Para ello hubieron de pasar a la di6cesis de Osma 18 parroquias de la de Tarazona, 51 de Calahorra, 120 de Sigilenza y 1 de Burgos. Todas ellas eran, por supuesto, de la provincia civil de Soria. A su vez, de Osma pasaron a Burgos 93 parroquias y 2 a Segovia, provincias a las que pertenecen respectivamente.


    Palencia
    Es difícil precisar el origen de esta diócesis, pero, ciertamente, existía ya en la época romana. Muy extensa en la edad media, alcanz6 su territorio por el norte, en el siglo XI, hasta el Mar Cantábrico y comprendía gran parte de la actual provincia de Valladolid, incluida la capital y, más remotamente, parte de Segovia. Al crearse la di6cesis de Valladolid, cedi6 a la misma los arciprestazgos de Simancas, Tordesillas y Portillo.


    Su geografía actual, después del Concordato de 1953, nos presenta un acoplamiento total de límites entre provincia civil y diócesis, que contin ŭa integrada en la provincia eclesiástica de Burgos'.
    Salamanca


    Hay noticia cierta de este obispado, referente a finales del siglo VI, aunque no sigrŭfica que no existiera anteriormente. Mucho más antigua que la diócesis de Ciudad Rodrigo, la fundación de ésta en el siglo XII originó una protesta y levantamiento de los salmantinos, molestos porque la creación había sido hecha a costa de su territorio.


    La referencia geográfica principal como línea divisoria interdiocesana, fue el río Huebra, como en la actualidad. Por un decreto subsiguiente al Concordato de 1953, pasaron a ladiócesis de Salamanca unos pueblos de lade Avila y otros de Coria-Cáceres, y sus límites actuales se circunscriben dentro de la provincia civil, salvo dos arciprestazgos -Béjar y Fuentes de Béjar- que pertenecen a la diócesis de Plasencia. Como ya se ha indicado, dentro de la misma provincia se extiende la diócesis de Ciudad Rodrigo. Sufragánea de Compostela durante la edad media, lo es de Valladolid desde el siglo pasado".


    Segovia
    El origen de Segovia como diócesis no consta documentalmente sino como referencia al siglo VI. No es extraño, por tanto, que se desconozcan sus más antiguos límites, levantados sobre territorio desmembrado dela de Palencia. Desde el siglo XII hasta los años cincuenta del presente siglo, su extensión comprendía la casi totaliclad de la actual provincia de Segovia, varias parroquias en la de Valladolid y algunas en las de Burgos y Avila. Su situación geográfica actual muestra un total aju ste de límites diocesanos y provinciales, para cuya realización cedió 16 parroquias a Valladolid, 4 a Burgos y 3 a Avila, habiendo recibido 11 de Avila, una de Burgos y 15 de Sigŭenza. Es sufragánea de Valladolid desde el siglo pasado y anteriormente lo era de Toledo".


    Valladolid
    La diócesis vallisoletana fue convertida en arzobispado en el siglo pasado, a tenor de lo estipulado en el Concordato de 1851. Su extensión actual data de fecha reciente, concretarnente de la aplicación de un decreto de 1954, en el que se detenninaba, como ya se ha expuesto en relación con otras diócesis, que los límites de las diócesis coincidieran, en lo posible, con los de la provincia civil. La entrada en vigor tuvo lugar al año siguiente, habiendo quedado en la excepción, por razones de enclave, dos pueblos, Roales y Quintanilla del Molar". Anteriormente la geografía diocesana era mucho más reducida, con unas noventa parroquias, entre las cuales se incluían dieciséis de la capital, y ello desde la no temprana erección del obispado a finales del siglo XVI.


    Zamora
    Las noticias acerca de la diócesis de Zamora no empiezan a ser claras hasta el siglo X. Al igual que otras, sufrió la invasión y dorninación musulmana y no se restableció definitivamente la sede hasta el siglo XII, a pesar de haber sido devuelta a Vermudo III en el siglo anterior. Sus límites han perdurado desde entonces hasta muy recientemente, a excepción de unas parroquias pertenecientes a la jurisdicción de la Orden de San Juan de Jerusalén y de la de Santiago y que se integraron en ella a finales del siglo pasado, por supresión de tales jurisdicciones exentas en el Concordato de 1851. Pertenecían a la diócesis de Zamora 15 pueblos de la provincia de Valladolid y algunos de la de Salamanca, pero en el norte de la misma había parroquias pertene,cientes a León, a Oviedo y a Astorga.


    En el citado reajuste de los años cincuenta, se produjo un acoplamiento entre los límites diocesanos y los provinciales, a excepción de una zona en el noroeste de la provincia, que pertenece a Astorga, como anteriormente. Es sufragánea de Valladolid desde el siglo pasado y, anteriormente, lo fue de Santiago de Compostela".


    COMENTARIO. A través de la sintética exposición antecedente, puede advertirse el origen y evolución de los lírnites diocesanos dentro del espacio del ente autonómico castellano-leonés. La raíz de algunas diócesis se encuentra en los primeros tiempos de nuestra era. Solamente una de ellas, Ciudad Rodrigo, tuvo su origen en una avanzadaedad media, siendo Valladolid la más modema en su creación.


    Al mirar la historia de los límites, uno recibe la impresión de encontrarse ante un laberinto. Ello es debido, en gran medida, a las dificultades de perspectiva generadas por el hecho de movemos en otro plano de organización administrativa, basado, clesde el siglo XIX, en el sistema provincial de Javier de Burgos. Anterior- mente, en cambio, sin la existencia de unos deterrninados nŭcleos creados para la organización de un conjunto centralizado -hay que reconocer que algunos sí que tenían ya su entidad propia- los habitantes de los pueblos de España no debieron sentirse tan extraños, como, indudablemente, se encuentran en el momento actual.


    A pesar de ello, hay que reconocer que no pocas diócesis castellano-leonesas, al igual que tantas otras españolas, han Ilegado casi hasta nuestros días con una geografía muy irregular e, Mcluso, a veces irracional. Por vía de ejemplo: la comarca de Liébana con sus cuatro valles, cuyas parroquias pertenecían, en su casi totalidad, a la diócesis de León y algunas a la de Palencia, a pesar de encontrarse al norte de la Cordillera Cantábrica. Un ejemplo más: la extensión que alcanzaba la diócesis de Palencia por la zona sur, de la que incluía en su jurisdicción, entre otros n ŭcleos, a Peñafiel y a Cabezón, este ŭltimo en las inmediaciones de Valladolid.


    El paso del tiempo, con la creación de diócesis nuevas, limó algunas irregu- laridades. Hubo intento de reajustes en la segunda mitad del siglo XIX, consiguientemente al Corcordato de 1851 y, probablemente, por el condicionarniento del nuevo sistema de provincias, en cuyas capitales empezaron a resid ŭ los órganos de la administración respectiva. Al mismo tiempo las comunicaciones, aunque no siempre, empezaron a tener un carácter predominantemente provincial, lo que contribuía a acentuar más el reajuste entre los límites diocesanos y los provinciales.


    Los decretos subsiguientes al Concordato de 1953 decidieron la geografía diocesana actual. El proyecto concordatario de acoplar, en lo posible, los límites de ambas jurisdicciones y eliminar los enclaves, tuvo en la región castellano-leonesa unos efectos bastante satisfactorios, al menos en relación con otras áreas nacionales, en las que apenas si fue tenido en cuenta el acuerdo. Así, de las nueve provincias de la Comunidad, cinco de ellas ajustaron totalmente sus límites.


    Fueron éstas, Avila, Soria (Osma-Soria), Palencia, Segovia y Valladolid (esta ŭltima dejó enclavadas dos parroquias solamente en ladiócesis de León). No obstante lo indicado, cinco diócesis mantienen algŭn pequeño territorio perteneciente a provincia distinta de la suya, o, por el contrario, no han reunido al que se encuentra en provincia ajena.


    Así, Astorga tiene unas parroquias de la provincia de Zamora y otras de la de Orense, y León dos de Valladolid, mientras que la diócesis de Burgos no tiene jurisdicción sobre el valle de Mena, que pertenece a Santander, ni sobre el Condado de Trevifio que pertenece a Vitoria. Salamanca no cuenta con dos arciprestazgos, que pertenecen a Plasencia (Cáceres), al igual que le ocurre a Zamora, de la que unas parroquias pertenecen a Astorga, como ya se ha indicado. Ciudad Rodrigo, dentro de la provincia de Salamanca, no rebasa los límires de ésta, que tiene su homónima diocesana.


    No así Astorga, como se ha visto, asentada dentro de la provincia de León, la cual tiene su propia diócesis. Quizáresalten especialmente en esta visión, los casos de pertenencia a distinta región o ente autonómico: valle de Valdeorras (Galicia) a Astorga, valle de Mena y Condado de Treviño (Burgos) a Cantabria y al País Vasco respectivamente, así como dos arciprestazgos de Salamanca a Extremadura.




    3. Los arcedianatos. Antiguas unidades intertnedias dentro de las diócesis


    Actualmente el arcediano es una de las digtŭdades del cabildo catedralicio. Durante muchos siglos fue, incluso, la primera dignidad en opinión de P. Alvarez, hasta el punto de ser vicario nato del obispo, juez o provisor, administrador de los bienes y con jurisdicción en el fuero extemo, la que se reflejó, históricamente, en una «potestad sobre los arciprestazgos rurales, párrocos y demás presbíteros». Posterior- mente estas facultades se restringieron con la aparición del Vicario General de la diócesis, de tal manera que llegó un momento en que el arcediano vio reducida su dimensión a la de dignidad de catedral°.


    La desaparición de facultades tan amplias en los arcedianos corrió pareja con la de los arcedianatos, circunscripciones eclesiásticas a la cabeza de las cuales se encontraban ellos dentro de cada diócesis. Tal extinción no es demasiado antigua, puesto que existieron hasta la segunda mitad del siglo XIX, subsiguientemente al Concordato de 1851' .


    En efecto, anteriormente las diócesis se dividfan en arcedianatos y éstos en arciprestazgos, los cuales se componfan de parroquias como en la actualidad.
    eran los arcedianatos? Eran unidades territoriales extensas, intermedias entre la diócesis y los arciprestazgos, como ha podido advertirse. La distancia y, sobre todo, la escasez de medios de comunicación con la capital de la diócesis, debieron hacer aconsejable la división de los obispados en varias unidades extensas, al frente de cada una de las cuales se encontraba el arcediano, dotado de amplias facultades jurisdiccionales, para poder atender a los arciprestes y clero de la demar- cación, sin que éstos tuvieran que recurrir a medios extraordinarios para acceder al obispo.


    La documentación bajomedieval y moderna es abundante en relación con tales circunscripciones y ha sido aprovechada por varios de los autores citados en este trabajo. A través de tales investigaciones puede observarse cómo los arcedianatos - en nŭmero de cuatro a seis generalmente- se hallaban distribuidos proporcionahnente en relación con la capital de la diócesis, situada en el centro aproximado de la totalidad del territorio.


    Una exposición completa de los arcedianatos de cada una de las diócesis de Castilla y León con sus arciprestazgos, y no digamos ya con sus parroquias, excedería el plan de esta colaboración. Me limitaré, por tanto, a hacer referencia a los de alguna diócesis concreta como ejemplo, y dedicaré un poco más de espacio a la de Palencia, la noticia de cuyos arcedianatos ha llegado a nosotros con gran precisión.


    La diócesis de Astorga, por ejemplo, contaba con cinco arcedianatos: el Bierzo, Carballeda, El Páramo, Rivas del Sil y Robleda, los cuales llegaron a reunir, en total, veintisiete arciprestazgos y varias vicarías. Existía también un decanato, al que pertenecían las parroquias de la ciudad y algunas rurales".
    León se componfa de seis arcedianatos: Cea, Mayorga, Saldafia, Triacastela (en tierras de Lugo), Valderas y Benameriel, los cuales comprendían un total de treintaicuatro arciprestazgos.


    Existía también un decanato para las parroquias de la ciudad y varias vicarías, además de la Abadía benedictina de Sahag ŭn, a la que pertenecían varias parroquias34.
    La diócesis de Palencia contó con cuatro arcedianatos, atmque, a finales del siglo XV, se creó uno más para la capital. Los otros cuatro eran el de Carrión, el de Campos, el de Cerrato y el del Alcor. En cada uno de ellos se integraban sus propios arciprestazgos y vicarfas.


    Así, el de Carrión comprendfa los arciprestazgos de Carrión, Población de Campos, Abia de las Torres, Herrera de Pisuerga, Ordejón y Redondo, Bedoya, Ojeda, Castrejón, Las Poblaciones y la Vicaría de Leonor de Nogal. Al de Campos pertenecían los arciprestazgos de Paredes de Nava, Becerril, La Cueza, Castromocho, Medina de Rioseco, Tordehumos y las Vicarfas de Grijota, Mazariegos, Pedrosa y Villamartín. En el de Cerrado se agrupaban los arciprestazgos de Astuclillo, Cevico de la Torre, Baltanás, Pefiafiel, Portillo y la Vicarfa de Tudela de Duero.


    Al Arcedianato del Alcor pertenecían los arciprestaigos de Duefias, Simancas, Tordesillas, Uruefia, Torrelobatón y las Vicarías de Ampudia y de Villamuriel. Dentro de la misma diócesis se encontraba la Abadía de Valladolid, hasta que tuvo lugar la creación de esta diócesis. Fundada -la Abadía- a finales del siglo XI por iniciativa del Conde Ansŭrez, su abad tenía jurisdicción sobre las parroquias de la ciudad y sobre otras rurales: Boecillo, La Cistémiga, Renedo, Santovenia, Viana, Villanubla y algunas más".




    COMENTARIO. Salta a la vista el carácter de unidad territorial intermedia, propio de estas circunscripciones. El arcedianato es un espacio cuya extensión se halla entre la general de la diócesis y la particular del arciprestazgo. El criterio que presidió su distribución fue simplemente geográfico. Los cuatro de Palencia, por ejemplo, se incardin.scomo norte, sur, este y oeste de la diócesis. Hay que reconocer, además, que tres ccetlos -Campos, Cerrato y El Alcor- coincicien con lo que hoy se denomina «criterio clz I lomogeneidad».


    A él responden, por el que se trata de delimitar espacios más o menos uniformes desde el punto de vista morfológico".
    Hay otras diócesis en las que no aparece muy clara su estructuración funda- mental en arcedianatos, pero sí su equivalencia, la que refleja un criterio geogr'afico y, al mismo tiempo, la uniforrnidad espacial. Así, la de Salamanca comprendía en su división territorial, además de la ciudad, los espacios siguientes: Campo de Agadones, Campo de Argaiián, Campo de Camaces, Campo de Malvarán y Campo de Yeltes". De una forma similar la de Zamora se dividió en los espacios siguientes: Tierra de Toro, Tierra del Pan, Tierra del Vino y Partido de Sayago.




    No debió requerir gran aparato de medios administrativos la gestión de los arcedianatos, ya que los servicios a prestar no lo necesitaban. En cualquier caso eran un medio para descargar o descentralizar el c ŭmulo jurisdiccional del Ordinario de la diócesis en una área más o menos extensa, coincidente, aunque no siempre, con un detenninado marco natural.


    Este ŭltimo medio, el de la uniforrnidad espacial, se mostraba, a veces, muy ausente, hasta el punto de que la circunscripción no representaba una sola comarca natural, sino que integraba un conjunto total o parcial de éstas, como puede apreciarse, por ejemplo, al analizar el antiguo mapa de la diócesis de León y advertir, inmediatarnente, las diferencias existentes entre el arciprestazgo de Liébana y el de Valdavia, pertenecientes ambos al arcedianato de Saldaña.




    4. Los arciprestazgos
    Como ya se ha indicado, mientras existieron los arcedianatos éstos se dividían en arciprestazgos, unidades territoriales menores, presididas cada una de ellas por un arcipreste.


    La misión de este eclesiástico, uno de los párrocos del mismo arciprestazgo, era, principalmente, seg ŭn el Derecho Canónico, velar por que los presbfteros de su territorio observaran fielmente las normas generales de la Iglesia y las particulares de la diócesis".




    Desaparecidos los arcedianatos, la estructura de la diócesis se simplificó, al quedar el territorio diocesano dividido en arciprestazgos, que, como anteriormente, se componían de parroquias, al igual que en la actualidad.


    El nŭmero de parroquias que integran estos distritos es variable, pero en esta región gira frecuentemente en torno a veinte, aunque algunos superan ampliamente esta cifra.


    El nombre lo suelen tomar del nŭcleo de población más importante, cuando existe uno que destaca, como en el arciprestazgo de Almanza o en el de Villalón. Otras veces corresponde a uno de tantos pueblos del grupo, como en el de Castilfalé, y, en algunas diócesis, es frecuente un nombre de referencia geográfica. Así, en la de León, el arciprestazgo de la Sobarriba, el de Torío o el de Valdeburón, índice claro -estos ŭltimos casos- de que, a la hora de delimitar tales espacios, prevaleció un criterio de homogeneidad, lo que no es tan perceptible en zonas de llanura.


    Podría pensarse que estos pequeños territorios han sido o son, de alguna manera, equivalentes a los anteriores partidos judiciales, pero, salvo excepciones, difieren notablemente. En primer lugar, su extensión es menor -meos de la mitad generalmente- y, en muchos casos, no existe un n ŭcleo de población que ejerza de polo de atracción o de difusión para los pueblos del arciprestazgo. Hay alguno, sin embargo, que presenta caracteres muy definidos de comarca natural, con una historia de vida económica propia y peculiar. Así, el arciprestazgo de Cervera de Pisuerga y, muy acentuadamente, el de Liébana.


    Podría ofrecerse a continuación, como muestra, un croquis de los arciprestazgos de la diécesis de León en la baja edad media, cuya variación estructural, en conjunto, no ha sido muy importante hasta el reajuste de límites diocesanos de los años cincuenta del siglo actual «). La extensión media de los 34 arciprestazgos leoneses era de unos 320 km2, en la cual los pueblos o parroquias aparecen distribuidos, unas veces en torno al eje de un río y otras éste señala el l ŭnite del distrito. No siempre la cabecera del arciprestazgo ocupa el centro geográfico, elemento innecesario en no pocos casos, ya que el arcipreste no era necesariamente el párroco de la localidad que daba nombre a la circunscripción.


    5. Nueva división territorial. Las zonas pastorales


    La división territorial de las diócesis en Zonas Pastorales es muy reciente y no ha supuesto la supresión de los arciprestazgos dentro de cada una de ellas. Curiosamente, este nuevo elemento estructural recuerda a los antiguos arcedianatos por su simple distribución geográfica, aunque es fácil comprender que su nacimiento responde a unos planteamientos de pastoral modema.




    Están presididas las zonas por vicarios pastorales, uno de los cuales es coordinador del conjunto de las mismas.


    La archidiócesis de Valladolid -con los mismos límites que la provincia, salvo un enclave con dos parroquias- se divide en cuatro zonas: Zona «Ciudad», Zona «Duero», Zona «Medina» y Zona «Tierra de Campos», coordinadas, actualmente, por el Vicario Pastoral de la Zona «Ciudad». Cada una de ellas comprende varios arciprestazgos.


    Así, la Zona «Ciudad» reune siete actualmente, designados por un nŭmero del Uno al Siete. En la Zona «Duero» se integran los arciprestazgos de Alrededores de Valladolid, Peñafiel y Portillo. A la Zona de «Medina» pertenecen los arciprestazgos de Medina ciel Campo, Nava del Rey, Olmedo y Tordesillas. Por ŭltimo, la Zona «Tierra de Campos» abarca los arciprestazgos de Mayorga-Villalón, Medina de Rioseco y Torrelobatón.






    http://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/66375.pdf











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    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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