Logre tener acceso al el libro de Don Demetrio Ramos cuto titulo es "Sobre la posible sustitución del término "Epoca Colonial", en el demuestran importante Hispanistas que las Indias no eran colonias, más bien fueron Reinos y Provincias.



SOBRE LA POSIBLE SUSTITUCION DEL TERMINO “EPOCA COLONIAL” COMO expresión de un exacto sentimiento de buena crianza, en los países Hermanos de América fue cobrando volumen el deseo de ajustar a una plena realidad histórica la terminología con que se venía conociendo el periodo germinal de la nueva América. La denominación de “colonial” para esa edad, no solamente se consideraba lesiva para explicar el origen de las repúblicas Hispanoamericanas, sino también falsa a la luz de la autenticidadhistórica. Ricardo Levene, en su libro “Las Indias no eran Colonias, acertóa dejar sentado que la causa de tal pretensión revisionista no era “cuestión logomáquica” o discusión en que se atiende sólo a la palabra y no al asunto mismo ( 1 ), por cuanto los apellidos son consecuencia de la estirpe y no capricho. Es más, el Dr. Delgado concretó exactamente que “el bautismo de tal período histórico” no es hueca sutileza nominalista, sino cuestión fundamental, que encierra en si misma todo un problema de interpretación histórica (2). Por consiguiente, no se trata únicamente de buscar un nuevo nombre para ese periodo que no resulte peyorativo, como no lo sería el de post colombino, sino que lejos de cualquier ambigüedad -como la que en éste se contiene-,necesita que exprese una realidad histórica, que precise el carácter de ese período, que tal nombre sea, por sí mismo, una “interpretación”. ((1) Ricardo Levene: Las Indias no eran colonias. Buenos Aires, 1951. Ed. Austral. (2) Jaime Delgado: Introducción a la Historia de América. Madrid 1957 pbg. 158 y siguientes.)) Fue el Dr. Levene quien planteó, en la Academia Nacional de Historia (Argentina), en octubre de 1948, ya con toda amplitud, esta necesidad de superar la ya arraigada costumbre para llegar a sustituir el término “colonial” por otro más correcto, como el de “Periodo de la dominación y civilizacióndominación Española”que entonces propuso. La postura de Levene tuvo, en conjunto, unaacogida favorable en lo que se refiere al repudio del vocablo “colonial”, para centrarse la dificultad en descubrir otro más adecuado. El Dr. Amadeo, alconsiderar que el hecho de la “civilización Española” no se agota con la independencia, retocóla propuesta de Levene para brindar la denominación de “periodos de dominación Española”, que el Dr. Pueyrredon redujo a “periodo Español”, seguramente porque el admitir el vocablo “dominación” podía inducir a ver una esencialidad colonial expresada de distinta forma, lo que tampoco era exacto. El Dr. Alvarez ofreció una nueva solución al presentar como más expresivo el término de “periodo Hispánico, que fué aceptado, aun que tenía el defecto de presuponer que, tras la independencia, había desaparecido el signo “Hispánico”, como caracterizador de una comunidad cultural, de analoga manera que el de “latino” engloba a aquellos países europeos que aún actualmente viven sobre el fundamento cultural de la latinidad, a pesar de sus diferencias nacionales. Con un criterio cientifista, aparecieron otras fórmulas, como las de “Periodo Protovirreinal” y “ Periodo Virreinal” para distinguir laépoca de conquista de la hasta entonces llamada colonial, pero su aplicación resultaba demasiado confusa en un orden general y más difícil todavía por la falta de simultaneidad de la institución. Que el tema no era un artificio y que, en realidad, el término “período colonial”, por su falta de justeza, no se aceptaba por todos como correcto, vino a demostrarse en el I Congreso Hispanoamericano de Historia, celebrado en Madrid en 1949, al aprobar entre sus resoluciones prácticas, la de proponer a “todos los cultivadores de la historia Hispanoamericana” la adopción por todos ellos, como homenaje a la verdad histórica, del nombre de periodode “ Gobierno Español para designar la etapa de unidad política de la historia común (3). Otro tanto se aconsejó en el I Congreso Iberoamericano y Filipino de Archivos, Bibliotecas y Propiedad Intelectual, celebrado en Madrid en 1952. La discusión se extendió y, ante requerimientos autorizados y nuevas propuestas, como la trasladada a la Revista de Indias por el propio Dr. Levene, que ofrecia la fórmula de “Periodo Hispano~indio “, el Instituto “Gonzalo Fernández de Oviedo” examinó en 1954, con el peso de su autoridad, los términos del problema, dando cabida a todos los criterios en varias sesiones de indudable altura. nosotros no pudimos asistir a las mismas, pero las ideas allí expuestas nos fueron tan sugeridoras que, desde entonces, no dejamos de pensar en una posible solución como contribución a tan aleccionador empeño. Y máxime cuando, en aquellas sesiones, llegóa centrarse la polémica en dos principios que campean en casi todas las intervenciones: que la colonización, como fenómeno cultural y de población, fué un hecho incontrovertible; y que la denominación que se prefiera, para distinguir el período germinal de la nueva América, puede ser adoptada independientemente, teniendo en cuenta esta realidad y los títulos otorgados por la Corona en su caracterización administrativa. ((De aquí la libertad de términos que aceptaba el Instituto como conveniente (4). (3) Vid. el vol. de las actas, publicado con el titulo Causas y caracteres do la independencia hispanoamericana, en Madrid 1953, por el Inst. de Cultura Hispánica, pPg. 148. (4) Vid. la reseña de las sesiones, antecedentes de la polémica y conclusiones en el n.O 55-56 de Revista de Indias: Acerca del término colonia, páginas 147 y sigs.)) En este mismo sentido y sin pretender con ello ofrecer otra cosa que un punto de vista que creemos encaja en esta doble conclusión, presentamos una fórmula que no aspira ni a aceptaciones ni a controversias, sino a ser una pieza más que, estimamos, merece la pena de sacarse a la luz. El término “colonia”, como hoy se entiende, es consecuencia de una técnica consolidada en el siglo XVlll por las potencias marítimas o con establecimientos ultramarinos, en razón de una doctrina político-económica. Hay un siglo colonial, el XVIII, y un siglo colonialista, el XIX, y por la posibilidad que estas grandes potencias alcanzaron de universalizar sus términos científicos y políticos, introdujeron sus denominaciones como definidoras de hechos a los que se asimilaron, por extensión, los que reunían condiciones aparentemente paralelas. En nuestra literatura del XVIII, por el contagio borbónico, e incluso en más de un documento, la nominación “colonia” llegóa deslizarse, aunque sin lograr superponerse a nuestra propia terminología. Se trata, pues, de una denominación heredada que, reforzada en la época de las guerras de independencia, se consolidó en el siglo colonialista, como lo demuestran infinidad de testimonios. Valga, como ejemplo, la carta de Pedro Pablo Cervantes a Thiers, en la que le dice que “eran, señor, estos países colonias formadas ...” (5). El revisionismo es, por consiguiente, empresa harto difícil:no sólo necesitaríamos ponernos de acuerdo todos los Hispanoamericanos en aceptar un término propio, sino conseguir que éste fuera también utilizado por los tratadistas de los demás países, lo que resulta más que problemático. Pero esto no quiere decir que la denominación adecuada para ese período histórico no exista ni pueda buscarse. A esto ceñimos nuestra pretensión. Evidentemente, la empresa Española en América, como opinaron los Drs. Pérez Bustamante y Ballesteros (6) en las sesiones de 1954, tuvo un carácter colonizador. Eliminar el término “colonización” y “colonizador” sería un delito antihistórico, que no se justificaría por la necesidad de borrar la denominación de “período colonial”. Lo que no creemos es que tenga que aceptarse o rechazarse “período colonial” y “colonización”, conjuntamente, como si fueran solidarios. Roma fue una potencia colonizadora y los Romanos, de análoga manera que los Españoles en América, se superpusieron, mediante una acción de conquista, a las sociedades indígenas del Occidente europeo, a las que colonizaron culturalmente. Las nuevas formas jurídicas, el municipio -como en el caso Español en América se extendieron sobre las áreas sometidas. También el idioma fué el lazo unificador, como las “colonias” de veteranos salpicaron toda la geografía. Pero, obsérvese, a nadie se le ha ocurrido, al hacer la historia de Francia, de Inglaterra o de España, llamar a ese período de siglos“época colonial”. Por consiguiente, en pura técnica histórica, acción colonizadorano significa, forzosamente, edad colonial. ((5) Vid. Bol. Soc. Roliv. de Venezuela n.O 57 (1958), pig. 623. (6) <Acerca del término colonia», Rev. Ind., números 55-56. El Dr. Ballesteros insiste en el factor colonizador (pág. 157) y el Dr. Pérez Bustamante enlaza el termino con la tradición clásica, punto del que partimos nosotros (pags. 159 y sigs.)) En nuestro caso tenemos que apelar a este precedente, que consideramos fundamental, porque existen muchas razones que obligan a no perderle de vista. El confusionismo entre “colonial” y “colonización” puede atisbarse tras una casi coincidenciaen el tiempo entre nuestras empresas y las de las potencias que, a imitación de nuestro trasoceanismo, iniciaron, tímidamente primero y con mayor empeño después, misiones de acción militar o empresas mercantiles, al mismo tiempo que “tomas de posición”. Pero no cabe duda que fueron dos cosas distintas y, además, desfasadas, no coincidentes en el tiempo. Los Españoles iniciaron la colonización al morir el siglo XV, en pleno clima renacentista y tras una larga trayectoria de ocupación de tierras, habitadas por gentes de distinta religión y cultura, lo que les permitía situarse ante el hecho Americano a la manera clásica, por un lado, y teológica, de conversión,por otro. Es mucho más tarde, ya en el comienzo del siglo XVII, cuando se inicia la corriente que da origen, entre otras, a “las dos fértiles hermanas Virginia y Maryland”, a los establecimientos franceses de Acadia, a los “Fort” holandeses de Orange y Amsterdam, etc., como típicas colonias, nacidas, no ya de una tradición propia de ocupación colonizadora y de fusión, en un ambiente renacentista, sino de un planteamiento, más que terrícola -como el Español (7)-, - Audiencias, que gobernaran las Provincias de Nueva España y Perú, la regalía que les estaba concedida” (13). Como se ve,no solamente era Provincia la Gobernación, considerada de menos categoría, sino que también se comprende como tal la máxima jurisdicción Virreinal. La Ley I del Libro I II, título I I 1, que es la que dispone la Gobernación de la Nueva España y el Perú por Virreyes, dice bien claramente, abundando en el mismo concepto doctrinal : “Establecemos, y mandamos, que los Reynos de Perú y Nueva Españasean regidos y gobernados por Virreyes, que representen nuestra Real persona, y tengan el gobierno superior, hagan y administren justicia igualmente a todos nuestros súbditos y vasallos, entiendan en todo lo que conviene al sosiego, quietud, ennoblecimiento y pacificación de aquellas Provincias...” (14). Y, para no citar más y hacer de esta relación un fárrago interminable, terminaremos con la Ley ll del mismo Li- ((11) Recopilación de Leyes de los Reynos de las Indias, edic. Consejo de la Hispanidad. Madrid 1943, vol. 1 (Ley 1, libro, 1, titulo 1). (12) Id. id., pkg. 2 (foliada). (13) Id., id., pAg. 542. (14) Id., id., phg. 543)) bro y Titulo, donde se dice que “Los que hubieren de ser proveídos para Virreyes del Perú y Nueva España tengan las partes y calidades que requiere ministerio de tanta importancia y graduación, y luego que entren a exercer pongan su primero y mayor cuidado en procurar que Dios nuestro Señor sea servido, y su Santa Ley predicada y dilatada en beneficio de las almas de los naturales y habitantes en aquellas Provincias...” Por consiguiente, si todos los territorios, Gobernaciones y Virreinatos, eran Provincias, como Reinos de la Monarquía , tenemos aquí un término de indudable valor, por ser universal a todo el ámbito Hispánico y no estar sujeto a distinción de lugar ni de tiempo durante toda la época anterior a la independencia, como lo sería la denominación de época Virreinal, que sólo podrá ser válida para aquellos territorios que fueron virreinatos y durante el tiempo, no coincidente entre ellos, en que ostentaron tal carácter. Puede argüirse que si tenemos así el sustantivo “Provincia” y el adjetivo “Provincial”, falta en cambio el verbo. Aparte de que no vemos su absoluta necesidad desde el punto en que la acción colonizadora es la obra y razón de esta época y no obliga, como en la época Romana, a la sustantivación, puede argumentarse que tal asociación terminológica de sustantivo, adjetivo y verbo tampoco se encuentra en las denominaciones de otras edades históricas. Se admite el tiempo prehistórico, pero nadie ha exigido la invención del verbo “prehistoriar”; no se discute la denominación de edad antigua, pero tampoco ha sido necesario “antigüear”. La etapa Provincial seria, por lo tanto, la época germinal de conquista o pacificación, y de colonización territorial y cultural, con la ventaja de su simplicidad. Este término, además, expresaría la realidad paralela a la época Romana de colonización de Occidente, con rasgos de expansión cultural que le son afines, de mestizaje incluso, para poder hablar del hombre y de la sociedad provincial, como se puede hablar en el caso de la Bética o de las Galias. Como fuimos provinciales los Españoles respecto a Roma antes de las invasiones y de la formación de los Reinos Germánicos, así también fueron provinciales los Americanos en el conjunto de los Reinos de España en la época de las Gobernaciones, Audiencias y Virreinatos. En las “colonias” inglesas sucede todo lo contrario. Como dice Arciniegas, eran como “unos ingleses sin rey, sin pares, sin lores, sin ceremonias. Es como una Inglaterra al revés, puesta sobre una base absurda” (15), que vive como colonia sólo en la costa, que no tiene ansia de tierra adentro como las Provincias. El término Provincia, además de ser claramente diferencial con el de colonia, tiene un contenido de continuidad cultural, que perdura trasla independencia. Como seguimos los Españoles orgullosos de nuestra cultura latina, que nos llegó de Roma por la conquista, así los Americanos quedaban definidos como formando parte de la cultura Hispánica que nos es común. El término provincial reúne, por añadidura, otra condición favorable basada en su contenido histórico, cual es la de prefigurar en conjunto a las actuales repúblicas. No se olvide que los libertadores, especialmente Bolívar, ((15) Arciniegas, op. cit., pag. 274.)) mantuvieron como principio básico de la configuración territorial de los estados que construían el de “utis Possidettis juris 1810”, en torno al cual movieron sus relaciones interestatales, del mismo modo que se respetaban las capitalidades o se aspiró a mantener un aparato supranacional. Así lo expresó Bolívar en su carta a Puyrredon, entonces director supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, al decir “una sola debe ser la Patria de todos los Americanos, ya que en todo hemos tenido una perfecta unidad,(16). Su idea del Congreso de Panamá, como anfictionia de los pueblos Americanos de raíz Hispánica, quiso ser su consecuencia”. Si en la terminología Española aparece el vocablo “colonia”, es muy cierto que no llega a fijarse, sino tardíamente, tal como era entendido por las potencias coloniales, y esto con vacilaciones que demuestran su inconsistencia. Como ejemplo, de época ya avanzada, en pleno siglo XVII 1, podemos citar el “Informe” que presentó en 1739 el P. José Gumilla, procurador de las misiones de Orinoco ante el Consejo de Indias, en el que se ofrece un plan para “impedir a los Indios Caribes y a los holandeses las hostilidades que experimentan las Colonias del Gran Río Orinoco” (17). Como se ve, el sentido con que aquí se utiliza no es el territorial, que exigiría el singular, sino el de población, es decir, el de establecimientos colonizadores del suelo, tal como lo eran las misiones que aquí existían anteriormente, en época de SMC Don Felipe II, encontramos también el término colonia en la Ordenanza de 1573, en la que, en su cláusula 44, se dice: “El Concejo y República de la población que se oviere de hazer, encargue a una de las ciudades, villas y lugares de su governacion que saquen della una república formada por vía de Colonia”. Y añade en la cláusula 45 que de las ciudades existentes, pueden ir al nuevo pueblo que se funde “todos los cassados y hijos y descendientes de los pobladores de donde huviere de salir la Colonia, que no tengan solares ni tierras de pasto y labor” (1 8) . Como se ve, tampoco aquí significa territorio, ni siquiera localidad, sino que se emplea el término colonia referido al grupo de pobladores que salgan de una ciudad para establecerse en otra nueva, por lo que en ésta podrían recibir tal nombre varios grupos, tantos como lugares de procedencia. Es decir, que ya en el siglo XVI tal acepción se refería a unidad de origen, como se mantiene en la época actual, cuando se habla en una ciudad -tanto de España, como de América de colonia gallega, asturiana, montañesa, etc. El hecho de que, por contagio, a este significado autóctono se mezclara en el uso el que era habitual entre las potencias colonia- ((16) Simon Bolívar. Obras completas. La Habana, 1950. Vol. 1, pág. 294. (17) Estc Informe, estudiado últimamente por nosotros, en un trabajo en prensa, está publicado en la Colección de documentos inéditos sobre la Geografía y la Historia de Colombia y Venezuela, de Antonio B. Cuervo. Bogotá, 1893, t. 111, págs. 483-497. Publicó reproducción fotográfica de la primera plana del impreso P. Grases en Temas de bibliografía y cultura venezolanos. Buenos Aires, 1953, pág. 80. (18) E tas instrucciones se titulan en el documento (A. G. 1. Indiferente Gral. 427, abr. XXIX) “El orden que se a dethener en descubrir y poblar,” y las public6 Rafael Altamira en el tomo intitulado Contribuciones a la historia municipal de América, Mejico, 1951, pag. 19.)) les, poco significa para esa realidad provincial que se patentiza como constante en la idea fundacional, en la legislación y en la realidad administrativa, tal como ha sido expuesto. Después de este replanteamiento del tema, en el que sólo hemos procurado ofrecer un término que reúna las condiciones exigidas en las reuniones del Instituto Gonzalo Fernández de Oviedon de 1954, puede quedar el que aquí estudiamos como testimonio de su existencia, al menos, persuadidos de la dificultades que para su adopción existen. Naturalmente, el presumir que “Epoca Provincial” sustituya en lo sucesivo a “Epoca Colonial” es otro tema que no nos corresponde, pues el revisionismo de la terminología e incluso de la parcelación en épocas o edades de la historia es un problema que no sólo se refiere a la historia de América sino que hoy está sobre la mesa de casi todos los congresos que se ocupan de los procesos de la humanidad, como síntoma de un desacuerdo con líneas tradicionales que el progreso de la investigación demuestran ser inadecuados. Una decisión, en cualquier sentido, sobre este particular, exige reconsiderar muchos problemas de la historia universal, con los que debe encajarse y, sin duda, a base de aportaciones concretas, llegará a establecerse una claridadque satisfaga a los numerosos problemas planteados. DEMETRIO RAMOS
Saludos en Xto Rex et Maria Regina
Pro Deo Patria et Rex
No se ama lo que no se conoce