Informe de Blas Piñar en las Cortes: ponencia mixta sobre el Estatuto Vasco (1979)
(Con fecha 3 noviembre 1979, y en su número 669, Fuerza Nueva publicaba el informe que Blas Piñar, diputado de Unión Nacional por Madrid, defendía ante la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados acerca del Estatuto de Autonomía para el País Vasco. Su desacuerdo fue total, votando NO a todos y cada uno de los artículos de dicho Estatuto y defendiendo igualmente en el Pleno ese mismo NO a la totalidad.
Estos años, cuando hemos conocido la catastrófica deriva separatista en Cataluña, País Vasco, y hasta ya en Navarra, Baleares… cobra mayor interés el texto que en su día presentó el fundador de Fuerza Nueva.)
“El problema básico que nos plantea el Proyecto de Estatuto que va a debatirse nace de las contradicciones del texto constitucional, fruto del arbitraje y del consenso.
Una de las contradicciones más llamativas se produce por la conciliación imposible entre la soberanía popular y la unidad de la nación española. En efecto, si se consagra el principio de la soberanía popular (art. 1.°) no puede afirmarse que la unidad de la nación española sea indisoluble e indivisible (art. 2.°), porque una de dos:
- o esta unidad, por ser indivisible e indisoluble, no quedaría sometida a la soberanía popular, como Unión Nacional y Fuerza Nueva lo entienden, en cuyo caso se trataría de un a priori a la Constitución, y entonces el principio de la soberanía popular tendría excepciones,
- o dicha unidad quedaría sometida a las decisiones de la soberanía popular, y entonces no podría afirmarse que fuera indisoluble e indivisible, quedando justificada la tesis de la autodeterminación abiertamente patrocinada por algunos movimientos políticos.
…
La acuñación del término objetivado de “nacionalidad” plantea problemas insolubles, y quiero subrayar que esta acuñación, forzada por el consenso, es equívoca e inútil.
Es equívoca porque, si en principio, y conforme a la terminología de la Constitución, cabe distinguir entre nación, nacionalidad y región, sólo sabemos, por el art. 2.°, que "la nación española es (la) Patria común de todos los españoles, pero la Constitución no nos define ni la nacionalidad ni la región, y por ello:
1) No nos dice cuándo estamos en presencia de una nacionalidad y cuándo estamos en presencia de una región.
2) No nos dice tampoco cuál es la carga específica que se requiere para ser nacionalidad y no región.
3) No nos indica, aun cuando lo sugiera, si siendo nacionalidad algo más que región, el tratamiento estatutario de una y otra hubiera de ser diferente.
4) Por último tampoco señala la Constitución quién o quiénes y por qué procedimiento se define si estamos en presencia de una "nacionalidad" o de una región.
Yo creo que, mientras las Cortes Generales no dictaminen cuáles son las "nacionalidades" y cuáles son las regiones, no procede entrar en el debate sobre los Estatutos. Piénsese, por ejemplo, en el caso de Andalucía. Estimo que siempre se ha considerado a Andalucía como una región. Pues bien, en las últimas intervenciones de los representantes del PSA se ha calificado a Andalucía de nacionalidad.
Por otro lado, el Estatuto de Cataluña, concordado y promulgado por la Segunda República, decía en su art. 1.°: "Cataluña se constituye en región autónoma (no en nacionalidad) dentro del Estado español.”
La acuñación del término objetivado de "nacionalidad" no sólo es equívoco, sino que es, como añadíamos, inútil, porque entre nación y región no existe, como tertium genus, la nacionalidad.
Y no existe, porque nacionalidad y nación son una misma cosa; y lo que es más grave, porque siendo una misma cosa, y siendo el Estado el sello político de la nacionalidad, la nacionalidad tiende a conseguir un Estado que la defienda, la fortalezca y la configure, realzando su propia identidad. Si la nacionalidad aspira a tener un Estado, es nación, y si no aspira a tenerlo, es región.
Podría decirse de contrario, que la nacionalidad que prevé la Constitución no aspiraría oficialmente a configurar su propio Estado, y que, siendo la nacionalidad una nación, se trataría tan solo de una “nación interior”.
Pues bien, en ese caso, el Estado español sería un Estado multinacional; pero no lo es, ya que,según el art. 2.° de la Constitución, no hay más nación que la española.
Entonces, ¿qué solución cabría? Tan sólo una: que España tiene un solo Estado y es una "nación de naciones". Pero aún cuando la tesis sea correcta para Roca Junyent, no lo es ni doctrinal ni prácticamente, porque una "nación de naciones" es una contradictio in terminis.
La verdad es que si España está integrada por nacionalidades-naciones y si todos los pueblos de España pueden por sí y ante sí- o por quienes asumen su representación- entender que son nacionalidades-naciones, yo me pregunto: - ¿Dónde está España?; ¿A qué comunidad nacional sirve el Estado, si no tiene nación a qué servir?
…
Por otra parte, no basta leer los textos legales. Hay que conocer: su gestación, para interpretarlos; el pensamiento de quienes han alentado las autonomías; la doctrina que encierra el vocablo "nacionalidad", según el criterio de quienes han dado vida o han militado en los movimientos políticos que hoy defienden el término que la Constitución emplea.
En esta línea, a un tiempo de observación y reflexión, se advierte que el término objetivante"nacionalidad" no ha sido fruto de una improvisación. La nomenclatura tiene una importancia política trascendente.
Rovira Virgili, el autor de El nacionalismo catalán,escribió:
"Estamos en presencia... de la reencarnación de un alma nacional. Cataluña vuelve a ser una nación; (y) es por la futura nación catalana por la que trabajamos y luchamos", añadiendo que "el principio de las nacionalidades presenta dos aspectos: su fórmula política: toda nacionalidad tiene derecho a constituir un Estado independiente, (y) su fórmula espiritual: toda nacionalidad ha de conservar y desarrollar su propio genio".
Pedro Muntanyola y Prat de la Riba, en su Compendio de doctrina catalanista, premiado en el certamen celebrado en Sabadell en 1893, decían:
"¿Cuál es la Patria de los catalanes? Cataluña. ¿No es España, pues, la Patria de los catalanes? España no es más que el Estado o la agrupación política a que pertenecemos. ¿Y qué diferencia hay entre Estado y Patria? Que el Estado es una entidad política, artificial, voluntaria, y la Patria, una comunidad histórica, natural, necesaria".
El mismo Prat, autor de La nacionalidad catalana, escribía:
"Patria y nación (son) una misma cosa, y Cataluña (es) nuestra nación, igual que nuestra Patria. (Por ello) existe una nacionalidad catalana (y) cada nacionalidad ha de tener su Estado".
¿Qué diferencia hay entre ese lenguaje y el que hoy se emplea?
Heribert Barrera dijo en el Congreso: "Para nosotros, nuestra única Patria es Cataluña, mi única bandera es la de las cuatro barras y mi único himno Els Segadors.
Por si fuera poco, con toda la representatividad de su cargo, el honorable Tarradellas, presidente de la Generalidad, ha asegurado con énfasis y reto: "Cataluña es una nación, tanto si les gusta como si no" (Avui,29-1-78); agregando: "Cataluña es más que una nación. Es un Estado dentro de un Estado" (TV, 14-II-78).
Traer a colación cuanto dijo sobre el tema Sabino Arana sería interminable. Su odio a España fue obsesivo; más grande que su amor al pueblo vasco, como dijo Unamuno. Basta recordar su júbilo ante la posibilidad de que España desapareciese como resultado de una guerra internacional o interna.
Pero el pensamiento de Arana se resume en el ‘Ami Vasco’ del capuchino Evangelista de Ibero, auténtico catecismo del Partido Nacionalista Vasco. En ese catecismo podemos leer: "¿Qué es el nacionalismo vasco? El sistema político que defiende el derecho de la raza vasca a vivir con independencia de otra raza. ¿Infiérese de lo dicho que el vasco no es genéticamente español? Sí, señor. Afirmar que el vasco sea español es incurrir en un triple desatino étnico, geográfico y político. ¿Qué es Euskadi? Euskadi, históricamente, suena lo mismo que raza vasca, pueblo vasco, nación vasca. ¿Con qué derecho se les privó de su independencia? Con el derecho de la fuerza".
El señor Letamendía, fuera de la ortodoxia del PNV, afirma desde un partido legalizado: "Yo abogo por la independencia de la nación vasca. Euskadi no es una región, ni una nacionalidad, es una nación dividida".
Pero también el PNV, por medio de su portavoz más caracterizado, el señor Garaicoechea, presidente, además, del Consejo General Vasco, expone con diáfana claridad su criterio, en el instante solemne de jurar su cargo, no hace mucho, ante el histórico árbol de Guernica: "Nadie va a ganarme en convicción y firmeza a la hora de defender los derechos de la nación vasca"; añadiendo que"por encima de organizaciones políticas contingentes, existe una comunidad natural, una nación vasca, que componen los cuatro territorios históricos de Euskadi Sur y los de Ipar-Euskalherría", por lo que, concluye, "alimento esperanza inquebrantable de que todos los vascos lograremos reunificarnos pronto para vivir la libertad y la solidaridad con los restantes pueblos".
Me parece que no puede manifestarse con mayor franqueza el propósito de constituirse en nación independiente. El hecho de que se anuncie que tal propósito -el de abandonar la organización política contingente del Estado español- trate de lograrse por "vías estrictamente políticas y pacíficas", no excluye la anticonstitucionalidad de ese propósito y del proyecto de Estatuto que lo recoge.
Por eso, sin duda, el proyecto de Estatuto Vasco no se refiere ni una sola vez ni a España ni al Estado español. Trata de eludir toda alusión a España, a lo español y a los españoles, y lo consigue casi plenamente. Da la impresión de que esos vocablos, y lo que conceptual e históricamente encierran, repelen a sus autores.
Si al menos se dijera en el art. 1.° del Proyecto que: "El pueblo vasco, como nacionalidad integrante de la nación española, indivisible e indisoluble, se constituye en comunidad autónoma", se mantendría el respeto a la letra de la Constitución. Pero decir, simplemente, como lo hace el Proyecto, que la Comunidad autónoma se constituye "de acuerdo con la Constitución”, es muy poco, cuando lo que se cuestiona (está en el ambiente y se exige con amenazas y dinamita) es la ruptura de la unidad de la nación española, y cuando en las manifestaciones públicas convocadas o respaldadas por lo que se viene llamando fuerzas políticas vascas, se exhibe o se ultraja la bandera de la nación española.
No se olvide que el propio Proyecto comienza afirmando la "realidad nacional" del pueblo vasco, y termina admitiendo, en su Disposición Adicional, que el régimen autonómico es una cota alcanzada, una conquista menor, que "no implica renuncia a los derechos que le puedan corresponder en virtud de su Historia y de su voluntad de autogobierno".
Ahora bien, lo que importa que sepamos, y a nadie costará trabajo entenderlo, es que tales derechos han de exceder a los ya supuestamente logrados de Comunidad Autónoma, y es evidente que, más allá de la Comunidad Autónoma, en el marco de la Constitución, no hay otra cosa que la independencia; y la independencia explícitamente anhelada, desde el marco de la Constitución, sería anticonstitucional y una tentativa legalizada de delito.
La trayectoria exige, por la llamada vía política, los siguientes pasos: por la autonomía al autogobierno; por el autogobierno, a la autodeterminación; por la autodeterminación, a la independencia; por la independencia, a la anexión de Navarra, si no ingresa voluntariamente en la Comunidad autónoma; del Condado deTreviño; de parte de Burgos, Santander y la Rioja logroñesa; y de algunos departamentos franceses.
Téngase presente que, contra el principio proclamado por los arts. 1.° y 2.° de la Constitución:"La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado", el Proyecto de Estatuto, en una réplica anticonstitucional, responde, también en su art. 1.°, párr. 2.°: "Los poderes del País Vasco emanan del pueblo", refiriéndose no al pueblo español, único depositario de la soberanía, sino al pueblo vasco, que es el que, partiendo de su realidad nacional, accede al autogobierno, conforme al párr. 1.° del mencionado artículo.
El diputado que hace uso de la palabra (Blas Piñar) se opone a la totalidad del Proyecto de Estatuto.
En el mejor de los casos, ese nuevo entendimiento de la unidad que hoy se pregona, nos presenta un Estado sin verdadera nación a la que servir y unas “naciones” que pugnarán por el logro de su personalidad política plena.
España sería, a lo sumo, según la doctrina expuesta, filtrada en la Constitución, el Estado; es decir, lo artificial; y las naciones, es decir, las patrias, calificadas legalmente de nacionalidades, serían lo natural.
Transferir, pues, facultades legislativas, ejecutivas y judiciales a quienes hablan de nación, refiriéndose a su Comunidad autónoma, de autodeterminación y de independencia, es decir, a quienes por ser leales a sí mismos utilizarán los resortes del poder para lograr esos fines, sería a la vez un error colosal, una ruptura histórica y un crimen de lesa patria.
España no puede entregar a sus adversarios las armas que esgrimirán contra ella. El Gobierno o la Cámara que lo hicieren asumen la triple responsabilidad de ese error, de esa ruptura y de ese crimen."
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