El título del subapartado nº 5 establece lo que, en realidad, debería ser el núcleo fundamental y principal de cualquier política que verdaderamente quiera abordar el corazón del problema social que nos invade:
1.5 - Reorientación del sistema fnanciero para consolidar una banca al servicio del ciudadano
Aprobación de medidas destinadas a democratizar la dirección de las entidades bancarias y cajas de ahorros. Ampliación de las competencias de organismos públicos de crédito como el ICO de forma que se garantice al crédito a sectores excluidos. Garantía del flujo de crédito a tipos de interés preferentes hacia PYMEs, cooperativas y autónomos, priorizando aquellas empresas que se rijan por criterios democráticos y de responsabilidad social, ética y medioambiental. Promoción de la banca ética y cooperativa. Establecimiento de una tasa sobre los beneficios bancarios para la reinversión productiva. Regulación pública de los tipos de interés básicos de la economía. Prohibición de los instrumentos fnancieros propicios a la especulación fnanciera, como los fondos buitres. Reorientación de instituciones como el FROB y la SAREB para convertirlos en instrumentos dedicados a la recuperación de las ayudas públicas concedidas a la banca. Modificación de los criterios de evaluación y adjudicación de los Fondos Europeos de Desarrollo para asegurar un uso ético de los mismos. Creación de una banca pública con gestión democrática bajo control social efectivo, a partir de las antiguas cajas de ahorros convertidas hoy en entidades bancarias y recapitalizadas con dinero público.
Ahí, ciertamente, está el meollo de cualquier reforma que realmente quiera enfrentarse de verdad a los representantes del sistema financiero que actualmente tienen bajo su control el crédito real de toda comunidad política, en virtud de su monopolio de creación y destrucción del crédito financiero de dicha comunidad política al margen de los intereses de la misma, y al servicio de su dominación y control (bajo todos los aspectos) sobre ella.
Ahora bien, como iremos viendo al desglosar este subapartado (y confirmando lo ya visto hasta aquí en los subapartados anteriores), no parece que ése sea el sentido que los redactores finales del programa le han querido dar a la frase: "Reorientación del sistema fnanciero para consolidar una banca al servicio del ciudadano", sino que más bien, como dijimos, no se salen de los cánones ortodoxos en materia económico-financiera.
Para dejar claro el fin de la política que se ha de seguir y perseguir, si de verdad se quiere realizar un auténtico cambio substancial de la situación, voy a reproducir a continuación un pequeño artículo de Oliver Heydorn, recientemente publicado en el sitio digital del Clifford Hugh Douglas Institute:
Dos principios básicos del Crédito Social
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Por M. Oliver Heydorn
Como filósofo, tengo un gran aprecio por la importancia de los principios fundamentales.
Cuando uno está intentando comprender el enfoque que hace el Crédito Social sobre las cuestiones económicas, es importante que mantenga en mente los siguientes dos principios:
1. La vida económica debería organizarse de tal forma que facilite, en la mayor medida física posible, el cumplimiento del verdadero propósito de la asociación económica: la distribución de bienes y servicios cuando, donde y en la medida en que sean requeridos, y con la mínima cantidad de molestias para todo el mundo. (La vida económica contemporánea no esta organizada de manera apropiada. El sistema actual no produce todo lo que la gente puede usar con provecho para ella misma en la manera más eficiente posible. En otras palabras, no logra cumplir bien su propósito. Al contrario, engendra un enorme despilfarro y es altamente ineficiente a la hora de proveer un volumen insuficiente de esos bienes y servicios que realmente son queridos. Estos resultados insatisfactorios se deben principalmente a la naturaleza del sistema financiero convencional.)
2. Para que realmente florezca la vida económica, el sistema financiero debe estar diseñado de tal forma que
refleje, lo más exactamente posible, todo cambio (potencial o actual) en las fases de producción y consumo del ciclo económico.
Fuente:
CLIFFORD HUGH DOUGLAS INSTITUTE
Desgraciadamente, al desarrollar este subapartado, los redactores finales caen de nuevo en el típico error (humanamante natural) de confundir causas próximas o secundarias o de detalle, olvidándose de la causa principal que está en la base del problema social (y que, por añadidura, también sirve para explicar las causas próximas que, como tales, no crean el problema sino que solo agravan accidentalmente, en tal o cual aspecto, el problema ya creado).
Vamos a ir viendo ese desenfoque comentado algo de cada una de las afirmaciones vertidas en este subapartado.
1) "Aprobación de medidas destinadas a democratizar la dirección de las entidades bancarias y cajas de ahorros."
Aquí vemos la primera desorientación, muy acorde con el sempiterno criterio democrático mal entendido que aparece en todos los subapartados. De nuevo una vez más: si por "democratizar" entienden que los empleados y subalternos de las entidades financieras se dediquen todos a dirigir colectivamente a las mismas, esto es un completo absurdo. Bastaría la experiencia de cinco minutos (en una entidad financiera y en cualquier empresa) para ver el completo fracaso de semejante modo de control en el funcionamiento propio de dichas entidades.
Repetimos: una cosa es que los representantes de la comunidad trasladen los deseos (es decir, la política a seguir entedida ésta como finalidad o resultado a conseguir) a los directores de esas entidades, de tal forma que si no quieren o no pueden conseguir los objetivos deseados sean sancionados y sustituidos por otros, y en donde sí impera, pues, el criterio democrático entendido en esta forma; y otra cosa distinta es el funcionamiento o administración estrictamente inherente o concerniente a la propia operatividad de la entidad, en donde ha de imperar el criterio jerárquico, es decir, el director de la entidad, una vez conocida la política a seguir (democráticamente señalada previamente) organiza a sus empleados y subalternos para dar las órdenes correspondientes y llevar a cabo, técnicamente, el objetivo deseado.
Si el técnico se dedicara a seguir su propia política personal, entonces estaríamos en lo que tenemos ahora: pura tecnocracia. Pero otra cosa distinta es que se sirva de los técnicos y operarios de su entidad (en sentido neutral, perfectamente capacitados, en cualquier circunstancia para llevar a cabo la tarea técnica que se les pida: contables, tesoreros, etc...), pero siempre conforme al criterio jerárquico, es decir, dentro de las directrices del director de la entidad, conformándose éste último siempre a la consecución del objetivo previamente formulado conforme al criterio democrático.
Por tanto, si el sistema financiero o bancario no se reorienta o reajusta de tal forma que ponga dicho sistema al servicio del objetivo democráticamente formulado del aumento del poder adquisitivo de los miembros de la comunidad (requisito indispensable para la estabilidad social general), entonces los representantes de esa comunidad deberán sancionar y reemplazar a los directores de esas entidades, hasta que finalmente se consiga a alguien que finalmente quiera cumplir con esa política formulada conforme al criterio democrático (y no con otra política suya propia, cayendo así en la mencionada tecnocracia).
2) "Ampliación de las competencias de organismos públicos de crédito como el ICO de forma que se garantice al crédito a sectores excluidos".
Si se quiere realmente una reorientación del sistema financiero, evidentemente deben incluirse dentro de esa reorientación cualquier entidad que forme parte integrante de dicho sistema, de tal forma que en todo momento la creaciones y destrucciones de crédito financiero vayan a la par con las creaciones y destrucciones del crédito real de la comunidad.
Una vez cumplido ese objetivo, el crédito llegará también, como efecto natural, a los "sectores excluidos" (si entendemos por esto sectores, tanto de producción como de consumo, de la población que no pueden ni producir cosas físicamente demandadas por la población ni adquirir cosas o servicios ya producidos para su consumo o uso, por falta de crédito financiero en ambos casos).
En este sentido, el ejemplo del ICO resulta contraproducente. ¿Por qué? Porque el ICO, a diferencia de cualquier entidad integrante del sistema financiero, no tiene capacidad para crear o destruir dinero (característica esencial de todo sistema financiero). El ICO se financia emitiendo títulos o valores, es decir, acumulando dinero ya existente. A continuación dedica ese dinero así recaudado, efectivamente, a la financiación de proyectos productivos (siguiendo criterios arbitrarios que pueden o no coincidir con los deseos de la población, dicho sea de paso). Por tanto, el ICO, esencialmente, por su naturaleza, queda fuera de la categoría de entidades que, conforme a una auténtica reorientación del sistema financiero, entrarían dentro de ese necesario reajuste para poner su actividad creadora-destructora de dinero en relación a la realidad física de la economía (única forma de ponerla al servicio de la comunidad).
3) "Garantía del flujo de crédito a tipos de interés preferentes hacia PYMEs, cooperativas y autónomos, priorizando aquellas empresas que se rijan por criterios democráticos y de responsabilidad social, ética y medioambiental".
Encontramos aquí una nuevo ejemplo de la tara que venimos denunciando. ¿A santo de qué se meten en el programa con tal o cual cuestión de carácter técnico? Dígase el objetivo a conseguir, y ya sabrá la población, en base a los resultados, si se ha hecho bien o mal la consecución de su estabilidad social, habiéndose puesto o no un tipo de interés o habiéndose hecho cualquier otra medida técnica que no necesariamente han de saber o conocer la gente en sus detalles (independientemente de que se hagan informes técnicos que las publiquen) por falta de tiempo, falta de conocimientos, falta de ganas, etc...
Lo dicho en el número anterior 2), acerca de la garantía del flujo de créditos financieros a "sectores excluidos", dígase también para las "PYMEs, cooperativas y autónomos" y a las "empresas que se rijan por criterios democráticos y de responsabilidad social, ética y medioambiental". Vemos que de nuevo aquí se juntan "churras con merinas" y lo único que le puede salvar al programa de la acusación de promover la confusión es la de precisamente ser un programa que está obligado a simplificar y resumir y, por tanto, no puede entrar en detalles y ahondamientos explicativos (aunque a esto se le podría contestar que también se puede ser claro al mismo tiempo que se resume, pero en fin).
Repetimos, aún a fuerza de cansar al lector: cuando se habla de criterio democrático, éste sólo debe significar (o debería significar) la correcta comunicación y recepción de los objetivos o deseos expresados por los representados. No hace falta especificar que tal o cual empresa se rige o no por "criterios democráticos y de responsabilidad social, ética y medioambiental". ¿Quién es el que determina eso? ¿Quién determina si una empresa cumple o no con esos patrones o parámetros de funcionamiento? Y, a su vez, ¿por qué se ha de dar preferencia en el flujo crediticio a las "PYMEs, cooperativas y autonómos"? El único criterio real por el que los representantes fomentarían la financiación de tal o cual empresa sería únicamente y exclusivamente porque satisfagan un deseo real de la población. Y no hay forma mejor en que una población puede expresar sus deseos que con la comunmente llamada "soberanía del consumidor". Una vez que a la población se la acredita con suficiente poder adquisitivo para la formulación de sus deseos y prioridades, entonces nos encontramos ante una manifestación genuina de democracia económica, única forma verdadera de conocer las querencias de la comunidad política.
Es ésta manifestación indirecta (reservándose la directa con los representantes para las cuestiones de más importancia general, como es la de la petición de la política de reorientación del sistema financiero para la consecución de la estabilidad e independencia económica generalizada) de la voluntad la que mejor refleja a las empresas que mejor y más eficientemente cumplan con las peticiones de bienes y servicios de la población. No deja de ser curioso que medidas, por simplemente un par de ejemplos, como la del cheque escolar o cheque sanitario, en donde se deja a la voluntad del particular la decisión de qué entidades educativas o sanitarias (y, por ende, a sus empleados: profesores, enfermaras, médicos, etc...) merecen ser "premiadas" y cuáles merecen ser "castigadas", no sean tenidas en cuenta. ¿Es que este tipo de democracia económica o indirecta o difusa (en contraposición a la democracia política o directa, por medio del "mandato imperativo" de resultados) no merece la atención de los redactores finales del documento, sino que parecen (sólo digo que parecen) sugerir que "ellos" serán los que decidan qué empresa merece ser financiada y cuál no, al margen del único criterio real que podría jusficar sus decisiones, a saber, si realmente dicha empresa cumple o no con su cometido de cubrir, con bienes o servicios, y de manera eficiente, una necesidad expresada por la población?
4) "Promoción de la banca ética y cooperativa".
Esto entra dentro de la ya señalado en los dos números anteriores 2) y 3), acerca del "criterio" de los redactores del programa a la hora de fijar sus prioridades de financiación empresarial. Repetimos (lo siento): el criterio para apoyar o sancionar a tal o cual banco no está en si dicho banco establece o invierte sus beneficios en proyectos productivos de economía real en lugar de títulos financieros de la Bolsa (banca ética) o en si, en su composición interna, se decanta más por el contrato de sociedad que por el contrato de trabajo (cooperativa).
El criterio que realmente importa es si dicho banco realmente cumple su obligación de ajustarse, junto con el resto del sistema financiero, a la realidad económica de la comunidad política (en lugar de servir a su parasitación). Lo cierto es que las bancas éticas y cooperativas financieras, al igual que el ICO, también funcionan según criterios de acumulación-reparto, y no según criterios de creación-destrucción de dinero (son las entidades que se rigen por este último criterio las que deben ser objeto de reajuste, y no las entidades que son meramente acumuladoras-canalizadoras de dinero ya existente, esto es, ahorros).
Una vez conseguido este primordial objetivo político (es decir, la verdadera reorganización del sistema financiero al servicio de la comunidad), la gente podrá elegir, al estar convenientemente acreditada con suficiente poder adquisitivo, qué entidades financieras ofrecen mejores servicios, mejores tipos de interés, etc..., estableciendo de esta forma (cómo en las entidades escolares, sanitarias y en general, para cualquier empresa productora de bienes o servicios) qué entidades han de ser "premiadas" y cuáles "castigadas".
5) "Establecimiento de una tasa sobre los beneficios bancarios para la reinversión productiva".
Es curiosa la inserción de esta medida técnica en este subapartado. En sí misma, no es una medida que se salga de la ortodoxia económico-financiera, pero sí supone una medida realmente beneficiosa para la comunidad política.
Es evidente que los impuestos deberían ir, antes que a nadie, contra los que tienen la capacidad de poder soportarlos mejor, ¿y quién podrían soportarlos mejor precisamente que aquéllos que tienen la capacidad de poder crear todo el crédito financiero que quieran, es decir, el sistema bancario en su conjunto? Curiosamente, si esta medida se aplicara con todas sus consecuencias, la primera entidad que debería aparecer gravada debería ser... el propio Banco Central Europeo.
No hace falta entrar aquí en detalle acerca de las grandes reservas financieras (tanto manifiestas o declaradas, como también ocultas o no declaradas) en que incurren las grandes multinacionales financieras privadas, tanto bancarias como aseguradoras. El gravamen de todas estas reservas supondría un ingreso monumental para las entidades públicas (al margen de la dicotomía entre la Escila de la subida de impuestos a la población y la Caribdis del aumento de la Deuda Pública, que mencionábamos al comentar otro subapartado anterior) sin que al mismo tiempo, y esto es lo más importante, supusiera ningún perjuicio financiero para los miembros de la comunidad. Resulta pues lógico que el poder político, como medida intermedia antes de aplicar la reorganización o ajuste del sistema financiero (política ideal) pueda dedicarse a gravar las reservas financieras de aquellas entidades parasitarias (bancarias y aseguradoras) actuales de la comunidad, obteniendo así unos ingresos sin perjudicar a esa misma comunidad (esto mismo fue lo que en 1934 C. H. Douglas recomendó, como medida intermedia y provisional, a un Comité de Nueva Zelanda ante el cual fue a prestar testimonio para dar solución al problema social).
Como corolario, se podría también recomendar el gravamen de los títulos de deuda pública en manos de las entidades bancarias y aseguradoras, no solamente sobre los intereses sino, también, sobre el principal de las mismas, como medida para la progresiva reducción de la Deuda Pública.
6) "Regulación pública de los tipos de interés básicos de la economía".
Ésta es una medida de tipo legal que, en sí misma, no guarda relación con el objetivo esencial del reajuste del sistema financiero. Es bien sabido que, como consecuencia de la generalización de la práctica en el establecimiento de un tipo de interés en toda deuda en la que se aplazara su pago, los Gobiernos de los países fueron estableciendo en los siglos XVIII y XIX tipos de interés legales que sirvieran de base, como normativa subsidiaria, en toda situación en que no se especificara el interés y se produjera un plazo entre la devengación de la deuda y el pago efectivo de la misma, como compensación (razón por la cual, por cierto, se suspendió, eclesiásticamente, en materia disciplinar -que no doctrinal- la ilicitud por práctica de usura para los que reclamaban el interés legal, a parte del principal de la deuda).
En este asunto, no hace falta establecer ningún interés compensatorio general de ningún tipo. Esta medida tiene en mente sobre todo la ausencia de una estabilidad en los precios generales de las cosas (es decir, la inflación, principalmente) que "justificaría" la obtención de un interés por el pago de una deuda aplazada temporalmente (en función de ese cambio o inestabilidad inflacionaria producido en el ínterim). El problema es que la persecución de una política de estabilidad de precios es una quimera, porque la realidad física es siempre cambiante: lo que se precisa es ajustar el sistema financiero en cada momento a esa realidad cambiante (la cual, en el normal de los casos, es casi siempre favorable y beneficiosa para la comunidad).
De esta forma, no es (ni sería) necesario ningún interés legal. Los únicos intereses justificables son los que realizan las entidades financieras, pero siempre en razón del pago de sus servicios, y no por ninguna otra razón. Si el texto del programa se refiere a una regulación de la cantidad porcentual de interés cobrado por la entidad financiera por sus servicios (algo así como ocurre hoy en día con el canon o porcentaje que cobra un registrador o un notario por cada servicio determinado que presta), entonces, no habría problema con eso (¡ojo! no confundir con el establecimiento de la cantidad fija de un salario máximo, discutida ya en uno de los subapartados anteriores).
7) "Prohibición de los instrumentos fnancieros propicios a la especulación fnanciera, como los fondos buitres".
Está bien, aunque yo creo que uno de los efectos colaterales de una auténtica reorganiación del sistema financiero al servicio de los miembros de la comunidad sería, entre muchos otros, el de la disminución de la participación por parte de la población en los fondos de inversión colectiva en general (y no sólo los buitres, es decir, aquéllos que compran títulos de dudoso cobro o de difícil cobro).
Como ya dijimos, los fondos de inversión en general sirven para canalizar los ahorros de la gente básicamente con la intención de obtener rentas o ingresos que aumenten el poder adquisitivo del inversor. Ahora bien, una vez hecho el reajuste del sistema financiero, el aumento consecuente del poder adquisitivo de la población sería tal que paulatinamente iría abandonando, no ya sólo los fondos de inversión, sino cualquier sociedad o entidad canalizadora o acumuldadora de ahorros colectivos.
8) "Reorientación de instituciones como el FROB y la SAREB para convertirlos en instrumentos dedicados a la recuperación de las ayudas públicas concedidas a la banca".
Si de verdad se quiere una reorientación del sistema financiero al servicio de la comunidad, simplemente lo que debería pregonarse sería la eliminación (más que "reorientación") de estas dos entidades, por innecesarias e inútiles para la consecución del objetivo antedicho.
El llamado "Fondo de Reestructuración ordenada bancaria" (FROB) fue creado en 2009 con el objetivo de pagar las deudas en que determinadas entidades financieras habían incurrido por la venta de títulos financieros y que requerían de un pronto pago. El objetivo último era el de ir poco a poco unificando en un menor número de entidades a las más pequeñas (proceso al que denominan "reestructuración"), quedando así reducido el panorama financiero, el cual quedaba más centralizado de esta forma.
No tengo los datos completos de las entidades implicadas, aunque creo que algunas de ellas no solamente tenían funciones de mera acumulación de ahorros, sino también de posibilidad de creación de dinero, aunque la restricción actualmente imperante denominada "reserva fraccionada" (esto es, no crear más crédito financiero que un determinado porcentaje de sus reservas, formadas por 1) sus depósitos con el Banco Central Europeo y 2) su dinero en efectivo) limitara grandemente el uso de esa posibilidad. El caso es que se trataba de evitar que con la quiebra de estas entidades pequeñas (a causa de sus deudas con las otras entidades financieras mayores y monopolizadoras del crédito), se diluyeran los depósitos existentes en ellas; cosa absurda porque el hecho de que una entidad financiera pequeña desaparezca no implica (o no debería implicar) necesariamente que lo haga sus cuentas que, en tanto que meros apuntes contables, pueden ser trasladadas a otra entidad (financiera o no financiera) que las siga registrando sin problema.
El FROB se financió con dinero público en un 75% es decir, o con el dinero de los impuestos de la gente o con la emisión de más Deuda Pública; y el 25% restante del Fondo de Garantía de Depósitos (que hacen las entidades bancarias para garantizar las cuentas corrientes o depósitos en caso de quiebra).
En cuanto a la "Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la reestructuración bancaria" (SAREB), comunmente denominada "banco malo", se trata de una sociedad creada en 2012 para la compra e incorporación a las entidades financieras (en este caso sí, tanto pequeñas como grandes) de sus activos (tanto financieros como inmobilidarios procedentes de la ejecuciones hipotecarias) de dudoso o difícil cobro. Está participada o financiada aproximadamente la mitad con dinero de grandes multinacionales financieras y no financieras, y la otra mitad con dinero público (como el FROB).
Es este caso particular del SAREB, con todo su parque inmobiliario a su disposición, un ejemplo paradigmático del carácter disfuncional del actual sistema financiero. Toda esa riqueza inmobiliaria fue creada gracias al crédito financiero de la comunidad política, pero como ese mismo crédito lo consideran como suyo las entidades financieras que lo crean de la nada, es por ello que se hacen, tras la ejecución hipotecaria, con toda esa riqueza real... y sin que hayan movido un dedo en su creación o construcción, como no sea el simple tecleo de unas cifras en favor de la cuenta del promotor y/o constructor que las utilizó para su edificación. Ahora tenemos, pues, por un lado una gran cantidad de casas que no se pueden vender, y por otro, una gran cantidad de población que quiere comprar una casa. ¿Qué hay en medio que se interpone en su camino para poder unir ambos lados? Lo de siempre: el dinero, el poder adquisitivo. Los edificios fueron más o menos correctamente financiados para su efectiva construcción; los miembros de la comunidad no son ni remotamente financiados o acreditados para la consecuente adquisición de esa riqueza creada y deseada.
9) "Modificación de los criterios de evaluación y adjudicación de los Fondos Europeos de Desarrollo para asegurar un uso ético de los mismos."
Estos Fondos comunes se generan a partir de los impuestos que reunen todos los países de la Unión Europea de sus respectivas poblaciones. En este sentido, suponen un salida neta de capitales financieros para aquéllos que aporten más de lo que reciben y una entrada neta para aquéllos en que ocurra lo contrario. España formaba parte de este segundo grupo, aunque parece que en los últimos años se ha venido especulando con que forme parte de los del primer grupo.
El caso es que si todos los países de la Unión Europea reajustaran sus respectivos sistemas financieros a sus respectivas economías reales no sería necesario ningún Fondo Europeo de Desarrollo (ni ninguno aseguramiento de "un uso ético de los mismos"). Estos Fondos de Desarrollo (en el caso español, cualesquiera fondos internacionales que venimos recibiendo desde 1959) siempre han sido condicionales, es decir, siempre han supuesto una vía de acceso, a través de sus agentes domésticos o tecnocrátas internos, para la realización de agendas político-económico-sociales ajenas al interés propio de las comunidades políticas que las recibían, fomentando las correspondientes modificaciones de control e ingeniería social sobre ellas.
Un reajuste del sistema financiero nos liberaría también de este tipo de financiación externa condicionada.
10) "Creación de una banca pública con gestión democrática bajo control social efectivo, a partir de las antiguas cajas de ahorros convertidas hoy en entidades bancarias y recapitalizadas con dinero público"-
Una reorganización del sistema financiero puede servirse bien de las estructuras bancarias existentes; no se necesita ningún tipo de "revolución" o "reestructuración" en este aspecto. Las entidades financieras existentes están perfectamente dotadas y capacitadas, y son perfectamente competentes, para desarrollar todo tipo de medida técnica necesaria para la consecución de la política u objetivo a conseguir. El problema, ¡ay!, como venimos diciendo, está ahí: en la política. Existen dos políticas o dos agendas: una, la que quiere la población: que se materialice efectivamente, en sentido financiero, la realidad que refleja la existencia de una "riqueza en medio de la abundancia"; y otra, la que quiere y actualmente pone en funcionamiento los que controlan el actual sistema financiero superpuesto al sistema económico físico-real español, y que provoca la "pobreza en medio de la abundancia".
Así, pues, en principio, no se necesita (o necesitaría) ninguna creación de ningún nuevo banco, ni que éste tenga ninguna "gestión democrática" (recuérdese lo dicho sobre el criterio jerárquico que ha de imperar en la gestión de toda empresa, y la utopía absurda e ineficaz de querer hacerlo "democráticamente"). La estructura bancaria actual es perfectamente aprovechable tal y como está: el problema está, pues, en que sus empleados y técnicos sean puestos a funcionar por sus directores, en la gestión y manejo del sistema financiero, en función de la política de "riqueza en medio de la abundancia" y no, como actualmente ocurre, en función de la política de "pobreza en medio de la abundancia".
De todas formas, si las circunstancias reales aconsajaran la creación de una nueva entidad bancaria, no habría problema alguno en hacerlo.
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