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Tema: La Sociedad y el Estado cristianos: tesis contenidas en los Documentos Pontificios

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    Re: La Sociedad y el Estado cristianos: tesis contenidas en los Documentos Pontificio

    SEXTA PARTE

    LA IGLESIA EN SUS RELACIONES CON EL ESTADO

    II - COLABORACIÓN ENTRE IGLESIA Y ESTADO.

    A) Entre Iglesia y Estado ha de haber colaboración...

    I – Existe entre Iglesia y Estado una relación unitiva...

    1)... Es necesario... que entre ambas potestades exista una ordenada relación unitiva, comparable, no sin razón, a la que se da en el hombre entre el alma y el cuerpo. I,6
    2)... dos cosas por su naturaleza inseparables, que son la Iglesia y el Estado. S,21
    3)... La Iglesia no es una sociedad política, sino religiosa; pero esto no la impide mantener con los Estados relaciones no sólo externas, sino también internas y vitales. N13,24
    4)... La Iglesia, por principio, o sea, en tesis, no puede aprobar la separación completa entre ambos poderes. Ng,24 (1953)



    II – Es necesaria la colaboración mutua...
    1)... como la voluntad divina, así también la común utilidad de la sociedad exige que la autoridad civil viva en armonía con la eclesiástica. Tenga, pues, sus derechos y sus deberes el Estado; los tiene también la Iglesia; mas de modo tal que uno y otro estén unidos por vínculos de concordia. Pg,10
    2)... la colaboración de la Iglesia y el Estado es extraordinariamente útil para la tranquilidad del orden público, que es el fundamento de todos los demás bienes. IHQ,3
    3)... el orden de la vida humana, sabiamente establecido por Dios exige una verdadera concordia entre las dos sociedades, la religiosa y la civil... dada una dentro de su esfera. VN,2
    4)... con la misión de la Iglesia es necesario que colabore positivamente el Estado cristiano, prestando... su auxilio... en los medios externos que son propios del Estado. DR,79



    III – Ambos poderes deben respetar su competencia respectiva...

    1)... todo lo que de alguna manera es sagrado en la vida humana, todo lo que pertenece a la salvación de las almas y al culto de Dios, sea por su propia naturaleza, sea en virtud del fin a que está referido, todo ello cae bajo el dominio y autoridad de la Iglesia. Pero las demás cosas que el régimen civil... abraza y comprende, es de justicia que queden sometidas a éste. I,6
    2)... este gobierno de las almas compete únicamente a la Iglesia, de tal modo que nada tiene que ver en esto el poder civil. S,19
    3)... no es el Estado, sino la Iglesia, la que debe guiar a los hombres hacia la patria celestial. I,5
    4)... los asuntos propios de la esfera civil se hallan bajo el poder y jurisdicción de los gobernantes. D,19
    5)... Nada tan ajeno a la Iglesia como invadir los derechos del Estado; justo es, por tanto, que éste respete los derechos de la Iglesia, guardándose muy bien de tocar ni una parte de ellos. Pg,23
    6)... libertad que las autoridades civiles disfrutan en la esfera de su competencia propia...y esto no sólo sin oposición, sino aun con la declarada cooperación de la Iglesia. S,19







    IV – Debe concordarse la materia mixta...
    1)... uno y otro poder legislan acerca de una misma materia, aunque por razones distintas. En esta convergencia de poderes, el conflicto sería absurdo y repugnaría abiertamente a la infinita sabiduría de la voluntad divina. L,14
    2)... el poder político y el poder religioso, aunque tienen fines y medios específicamente distintos, deben, sin embargo, necesariamente, en el ejercicio de sus respectivas funciones, encontrarse algunas veces. L,14
    3)... la educación de la juventud es precisamente una de esas materias que pertenecen conjuntamente a la Iglesia y al Estado, «si bien bajo diferentes aspectos». DM,41
    4)... a las dos (potestades) conviene y a todos los hombres interesa que entre ellas reine la unión y la concordia, y que en aquellas cosas que... son de derecho y juicio común, una, la que tiene a su cargo las cosas humanas, dependa convenientemente de la otra, a la que se han confiado las cosas celestiales. ‘Arcanum Divinae’, 22 (1880)
    5)...en las cuestiones de derecho mixto es plenamente conforme a la naturaleza y a los designios de Dios no la separación ni mucho menos el conflicto entre ambos poderes, sino la concordia. I,17
    6)... en las materias que afectan simultáneamente, aunque por diversas causas, a la potestad civil y a la potestad eclesiástica, la Iglesia quiere que ambas procedan de común acuerdo. D,19
    7)... siempre que sea necesario establecer una norma sobre una materia mixta... es necesaria... la concordia entre ambos poderes. NG, 5
    8)... (entre el poder político y el poder religioso) es necesario... un medio, un procedimiento para evitar los motivos de disputas y luchas y para establecer un acuerdo en la práctica. L,14
    9)... Los concordatos son... una expresión de la colaboración entre la Iglesia y el Estado. Ng,24 (1953).
    10)... los concordatos deben asegurar a la Iglesia una estable condición de derecho y de hecho en el Estado con el que son firmados, y le han de garantizar la plena independencia en el cumplimiento de su divina misión. jc,24 (1953)








    B - La Iglesia no está al servicio de fines meramente políticos...
    1)... La Iglesia... no es un imperio, sobre todo en el sentido imperialista que se quiera dar a esta palabra. SC 2,6
    2)... la Iglesia... no actúa a manera de un imperio que extiende sus tentáculos en todas las direcciones con la mira de una dominación mundial. SC 2,23
    3)... ambición de conferir a la Iglesia un poder temporal para la dominación política del Estado... (es) antiquísima calumnia. AM,9
    4)... la Iglesia... como no sólo es sociedad perfecta, sino también superior a cualquier sociedad humana, por derecho y deber propio rehúye ser esclava de ningún partido y doblegarse servilmente a las mudables exigencias de la política. S,15
    5)...La Iglesia... guardando sus derechos y respetando los ajenos, no debe ocuparse en declarar qué forma de gobierno le agrade más; con qué leyes se ha de gobernar la parte civil de los pueblos cristianos, siendo indiferente a las varias formas de gobierno, mientras queden a salvo la religión y la moral. S,15
    6)... la Iglesia no puede ponerse al servicio de intereses meramente políticos. N13,6
    7)... Aquellos políticos... que intentasen hacer de la Esposa de Cristo ya su aliada o ya instrumento de sus combinaciones políticas... lesionarían la esencia misma de la Iglesia... la rebajarían al mismo plano que se debaten los conflictos de intereses temporales. N13,8
    8)... La Iglesia no puede avenirse a juzgar con criterios exclusivamente políticos; no puede ligar los intereses de la religión a conductas determinadas por motivos puramente terrenos. N13,13

    Última edición por ALACRAN; 15/02/2012 a las 19:41
    Donoso, Hyeronimus y Pious dieron el Víctor.

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