En efecto, se les concedió el indulto en 1945, pero en esa fecha ya se había liberado al 90 por ciento de los presos que habían prestado auxilio al comunismo, siempre y cuando no tuvieran delitos de sangre (etc).Y no fueron pocos los que, ante el compromiso generoso y conciliador del Caudillo de respetar a todos aquellos individuos que no hubiesen participado en la salvaje persecución política y religiosa que había tenido lugar en la zona republicana, regresan a España. Legislativamente, esta promesa se concretará en el Decreto de 9 de octubre de 1945 “por el que se concede indulto total a los condenados por delito de rebelión militar y otros cometidos hasta el 1.º de abril de 1939”.
Artículo primero.– "Se concede indulto total de la pena impuesta, o que procediera imponer a los responsables de los delitos de rebelión militar, contra la seguridad interior del Estado o el orden público, cometidos hasta el primero de abril de mil novecientos treinta y nueve y definidos en los Códigos de Justicia Militar, Penal de la Marina de Guerra o Penal común vigentes en aquella fecha, siempre que no conste que los referidos delincuentes hubieran tomado parte en actos de crueldad, muertes, violaciones, profanaciones, latrocinios u otros hechos que por su índole repugnen a todo hombre honrado, cualquiera que fuere su ideología."
Se concede indulto total a los condenados por delito de rebelión militar y otros cometidos hasta el 1 de abril de 1939
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