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Tema: Toledo: sede primada inmemorial de la Iglesia española

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    Re: Toledo: sede primada inmemorial de la Iglesia española

    VII.- TITULOS, HONORES Y PRIVILEGIOS

    Comisario de Cruzada.-Que la primacía eclesiástica de Toledo haya perdido efectividad con el paso del tiempo es algo que hay que reconocer, aunque a los toledanos les duela. Pero no por eso hay que olvidar los títulos, honores y privilegios otorgados al Primado de Toledo porque forman parte del patrimonio histórico de los toledanos. Ello nos obliga a dejar constancia aquí de los más importantes.
    Hasta el Concilio Vaticano II el cardenal de Toledo era el Comisario General de la Bula de Cruzada en España.

    El oficio de Comisario de Cruzada nació con las Cruzadas mismas en el siglo XII. No bastaba que los Romanos Pontífices concediesen la Cruzada, sino que era menester quien la predicase, recogiese las limosnas y resolviese algunas dudas que se podían ofrecer. Por lo general, era un Prelado a quien se encomendaba este oficio.

    Por la índole misma de la concesión, que solía hacerse a los Reyes, tenían éstos intervención directa, particularmente en la aplicación de las limosnas, las cuales no siempre se dedicaron a su destino. Así, por ejemplo, sucedió con las limosnas de la Cruzada que el Papa Calixto III concedió (1456) a Enrique IV, quien, no obstante las sanciones impuestas por la Santa Sede y las advertencias de algunos Prelados, en vez de invertirlas en la guerra contra los moros, las empleó en enriquecer a validos y ambiciosos.

    Como desde el tiempo de los Reyes Católicos la Bula de Cruzada se renovaba periódicamente, el cargo de Comisario de Cruzada adquirió cierta estabilidad; pero no estaba desempeñado por un Prelado, sino por un simple presbítero, que tenía otros comisarios subdelegados para hacer el reparto de sumarios en las diócesis.

    A la expedición de los sumarios cooperaban los Párrocos, Ayuntamientos y otras Corporaciones; pero también se encargaba a particulares (buleros), algunos de los cuales poco recomendables por su conducta, dieron frecuente ocasión a quejas y a sátiras que abundan en nuestra literatura. Los mismos comisarios regionales no siempre eran elegidos con acierto. Algunos de ellos vivían con excesivo fausto e infundían justas sospechas sobre el buen empleo de las limosnas que recogían.

    El Papa Benedicto XIV concedió a Fernando VI (siglo XVIII) que nombrase los eclesiásticos que tuviese por conveniente para la recaudación y administración de los fondos de Cruzada. Se determinaron las atribuciones del Comisario General (recaudar y distribuir los fondos, en conformidad con las prescripciones vigentes, cuidar de la publicación de indulgencias, conocer en apelación de los fraudes cometidos por los expendedores, etc.), y se mejoró la organización; pero no desaparecieron aún todos los abusos.
    Por fin, en el Concordato de 1851 se determinó que el cargo de Comisario General se ejerciese siempre por el Arzobispo de Toledo y que se suprimiesen los comisarios diocesanos.

    PRERROGATIVAS Y HONORES.


    - Según la disciplina vigente (can. 271) los Primados no tienen jurisdicción especial, a no ser que el derecho particular (por ley, privilegio o legítima costumbre se la conceda).

    Los derechos honoríficos son: 1.º Precedencia sobre los Metropolitanos; 2.° Prerrogativa de honor (Cruz primacial, báculo y pontificales en todo el territorio de su primacía).

    El privilegio de la Cruz primacial en toda España fue uno de los más estimados por los antiguos primados de Toledo. Así el Card. González de Mendoza en su testamento mandó que «por decor e honor» de la Iglesia toledana y de sus prelados se pusiese en la Capilla del Sagrario «la nuestra Cruz que, en señal de Primado, havemos trahido ante nos por las provincias de Santiago, Sevilla, Granada, Zaragoza, Valencia, Tarragona, Narbona y por las diócesis de las Yglessias que se dizen essentas»).

    En España el Primado gozaba de prerrogativas y honores particulares:

    Tenía dotación superior a la de los demás Metropolitanos.

    Llevaba voz de la Iglesia española cuando ésta gestiona algún asunto, especialmente en relación con el Gobierno.

    Tenía honores de Capitán General.

    Llevaba el título honorífico de Canciller Mayor de Castilla. Desde que Alfonso XI nombró Canciller de Castilla al Arzobispo de Toledo D. Rodrigo Jiménez de Rada, fueron muchos los Arzobispos toledanos que desempeñaron dicho cargo. Posteriormente lo ejercieron también seglares. El título de "Gran Canciller de Castilla" era puramente honorífico.

    Felipe V (1721) había concedido al Arzobispo de Toledo, por ser Primado, el título de Excelencia. Si es Cardenal, le corresponde el título de Eminencia que Urbano VIII (1630) concedió a todos los Cardenales.

    Hasta fecha reciente los Arzobispos de Toledo reunían a los títulos dichos el de Patriarcas de las Indias Occidentales. Fernando el Católico solicitó en 1513 la creación de este Patriarcado, pero no accedió a ello la Santa Sede.

    Más afortunado en sus gestiones fue Carlos V, pero la creación del patriarcado se redujo a la concesión de un título honorífico, si bien desde San Pío V (1572) llevaba anejo el Vicariato General Castrense. Solía darse a obispos no residenciales, pero también tuvieron algunos que a la vez gobernaban una diócesis. León XIII (1885) lo unió al Arzobispado de Toledo. Ultimamente Benedicto XV (9 de diciembre de 1920) se lo confirió al Obispo de Sión.

    En las Cortes que Carlos V reunió en Toledo el año 1538, en las Juntas de Prelados que se celebraron en el Convento de San Juan de los Reyes, el Cardenal de Sevilla D. García de Loaysa, aunque más antiguo que el Cardenal de Toledo, se excusó de presidir diciendo al Cardenal Tavera: "Vuestra Señoría ha de tener mejor lugar en ésta y en todas las Congregaciones por ser Primado de España; demás de que, por ser Primado, conforme a derecho común es Patriarca de España, y tiene de ello privilegios de la Iglesia Apostólica, concedidos por el Papa Martina V al Arzobispo D. Juan de Contreras, antecesor de V.S. cuando se halló en el Concilio de Constanza». Pero este título de Patriarca de España no prevaleció.

    Finalmente, por Comisión de Su Santidad, desde el pontificado del Cardenal Aguirre, los Arzobispos de Toledo fueron los directores de la Acción Católica en España.

    Presidente de los Metropolitanos.- Hasta el Pontificado del cardenal Pla y Deniel (siglo XX) el arzobispo de Toledo presidía siempre la Asamblea o Conferencia de los Metropolitanos Españoles que no era una Asamblea Conciliar, mas no por eso dejaba de tener importancia grandísima, y aun, en algún sentido, aventajaba los concilios nacionales por la mayor facilidad con que se preparaba y por la mayor frecuencia con que podía reunirse.

    El fin de las reuniones de Metropolitanos era asegurar la unidad "y libertad de acción de la Iglesia en España.

    La Asamblea de Metropolitanos se reunía cada año, por lo común en el mes de octubre. Las reuniones se celebraban en Madrid, en el Palacio de Cruzada. El número de sesiones se acomodaba al número y gravedad de los asuntos que habían de tratarse.

    Los acuerdos se comunicaban siempre a la Santa Sede y no se hacían públicos hasta que ésta los aprobaba.
    Última edición por ALACRAN; 09/07/2023 a las 11:37
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

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