Asomarse a indagar sobre lo que hoy queda sobre este antiguo tema de los sucesos provocados por curas pro-etarras vascos en la cárcel de Zamora en 1973 (azuzados por sus propios obispos, como cómplices necesarios), hoy y desde hace décadas, es inabordable al ser insufrible cruzar entre la selva de slogans de la perrera mediática rojo separatista adueñada de Internet, ladrando espumarajos para gente aun más cretina que ellos.
Tampoco esperamos textos sobre la famosa “cárcel de Zamora” de gente medianamente decente y menos aún “católica” o eclesiástica pues todos estos temas vienen hoy (si es que vienen) tratados desde una perspectiva de autocensura, maniqueísmo burdo, prejuicio, desinformación y tendenciosidad ya no indignante sino vomitiva, dirigida a un público que toman por imbécil o ignorante supino. Eso sin contar con que los sucesos quedan cada vez más lejanos y menos gente puede dar información y tener juicio medianamente veraz que se alimenta de tópicos incuestionados por el sistema.
Como veremos hubo vandalismo sacrílego de los propios curas vascos, pues como se leyó en la prensa de entonces reproduciendo la NOTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS de 15 de noviembre de 1973:
“EL BALANCE TOTAL DE LOS DESPERFECTOS causados fue de 200 cristales rotos, DESTROZADOS un televisor, tres radiadores de calefacción, 15 aparatos sanitarios, 2 sillas, 3 mesas, 2 colchonetas y TODOS LOS ORNAMENTOS DE CAPILLA, incluyendo el estuche para el cáliz y el mueble que servía de ALTAR y al que prendieron fuego. (...)
Suerte tienen, además, de que por respeto a la Iglesia, la prensa de la época no incidiera más en el vergonzoso hecho.
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Históricamente, como fondo de aquel conflicto de la Iglesia vasca y el Régimen de Franco, se halla el nuevo sesgo político que dio a la Iglesia el Vaticano II desde principios de los años 60. El problema de la colaboración de la Iglesia con el separatismo vasco, con evidentísima e inexcusable complicidad vaticano-episcopal hubiera sido inexistente de haber continuado la Iglesia sus principios y doctrina tradicional en materia política y de colaboración con los Estados católicos, vigente hasta entonces (Pío XI, Pío XII, y anteriores Papas).
Como marco histórico de la época (apróx. 1968-1973), hay que reseñar a Franco y Carrero Blanco al frente del Gobierno español, y a Pablo VI, el nuncio Dadaglio y el cardenal Tarancón como manejadores en la sombra de la trama de la Iglesia española; y a los pro-etarras Cirarda, y Añoveros, como “mandamases” en Bilbao (Cirarda era obispo de Santander y a la vez “Administrador apostólico” nombrado ex profeso por Pablo VI, saltándose el procedimiento del Concordato para fastidiar a Franco creando el problema vasco, tras morir el venerable Monseñor Gúrpide), así como el dúo Argaya-Setién en San Sebastián.
Por lo que respecta a la diócesis de Zamora; dada allí ya la problemática “vasca”, desde 1968, Roma nombró obispo al progresista catalán Ramón Buxarrais, en otoño de 1971; el cual no llegó a estar ni dos años pues hubo de salir por la puerta de atrás (se le nombraría obispo de Málaga) tras un conflicto en 1973 con su cabildo, que protestó indignado por unas charlas “revolucionarias”, en que Buxarrais invitó a la élite progresista clerical (Padre Llanos, Díez Alegría, el obispo guipuzcoano Setién...); inicialmente, él se puso bravucón con su cabildo, implantando la censura a todo eclesiástico de la diócesis... pero llevó las de perder, pues el cabildo no cedía y el conflicto era irresoluble sin su cese. Una vez alejado Buxarrais, Zamora quedó vacante (como muchas diócesis en la época) y pasó a tener a mons. Briva, obispo de Astorga como “Administrador Apostólico”. Así pues, estaba Zamora sin obispo durante los sucesos de 1973 (... bueno, ya estaba bien servida con el bilbaíno Añoveros y el guipuzcoano Setién, para el caso).
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El punto concreto que servía de disculpa a la belicosidad vasca consistía en el modo de aplicación del Concordato de 1953, que decía claramente:
(...) 16. 5. En caso de detención o arresto, los clérigos y religiosos serán tratados con las consideraciones debidas a su estado y a su grado jerárquico.
Las penas de privación de libertad serán cumplidas en una CASA ECLESIÁSTICA o religiosa que, a juicio del Ordinario del lugar y de la Autoridad judicial del Estado, ofrezca las convenientes garantías; O, AL MENOS, EN LOCALES DISTINTOS DE LOS QUE SE DESTINAN A LOS SEGLARES, a no ser que la Autoridad eclesiástica competente hubiere reducido al condenado al estado laical.
https://www.vatican.va/roman_curia/secretariat_state/archivio/documents/rc_seg-st_19530827_concordato-spagna_sp.html
-Obsérvese cómo el Concordato no excluía cumplir la condena en cárceles; por otra parte, para las casas religiosas exigía suficientes garantías de la autoridad judicial; y SOLO PROHIBÍA TAXATIVAMENTE que estuvieran mezclados en prisión CON SEGLARES. Por ello el cumplimiento de la pena de un eclesiástico en la cárcel era perfectamente legal, SIEMPRE QUE estuviera SEPARADO DE PRESOS COMUNES. Caso que se daba en la cárcel de Zamora (o en otra cualquiera habilitada). Así que no tenía razón de ser las críticas episcopales.
-Por otra parte, en el Concordato de 1953 jamás se concibió el terrorismo y subversión política de religiosos como motivo para delinquir; el modo de cumplimiento de condena estaba concebida para eclesiásticos que hubieran cometido delitos comunes (robo, lesiones, homicidios, falsedades, etc) para que en el silencio de casas religiosas purgaran su pena con la oración y penitencia.
Pero en ningún caso se pudo imaginar en “religiosos” alborotadores, de cerebro lavado, díscolos, ideologizados, ateos, insumisos, desobedientes, protestones y dispuestos a alborotar permanentemente, y más en cuadrilla. Si ése hubiera sido el caso, ese tipo de religiosos habría ido a chirona sin más contemplaciones. (Aunque, siendo lógicos, de haberse sabido no hubiera habido ni Concordato, obviamente). Es que un tipo tal de religioso se sobreentendía que habría sido despojado del estado clerical. Pero eso, que habría sido lo lógico, nunca sucedió tras el Vaticano II. El mundo al revés.
- Respecto a los obispos vascos sobre sus curas presos en Zamora, el asunto es sencillo: ejercían como auténticos abogados defensores; no eran imparciales; no condenaron jamás sus delitos (de terrorismo, básicamente); ejercían de voceros por y para la subversión y la prensa subversiva, de agitadores ante la opinión pública, escandalizada por su causa. Si se les criticaba, apelaban a la autoridad que les daba Roma, Pablo VI y el Vaticano II. Mantenían una doble moral ante el Concordato, manipulándolo a su antojo: cuando les convenía era malo (“nacional-catolicismo”, “intromisión del Estado en la Iglesia”... ), pero para otras cosas les era utilísimo (cumplir condenas en casas religiosas, trato privilegiado frente al resto de reclusos, inmunidad ante el Estado, prohibición de entrar la policía en locales religiosos).
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De lo poco salvable, con las prevenciones oportunas por su sectarismo vaticanista y sesgo contrario al Régimen del 18 de Julio, vigente entonces, se halla un artículo de Vicente Cárcel Ortí (año 1997), del que tomamos el contexto básico, pero haremos las necesarias matizaciones, contradicciones y sobre todo destacando sus conscientes omisiones y silencios. Él escribe ya para gente manipulable por no haber vivido aquellos hechos y puede permitirse silenciar y matizar datos que variarían el sesgo de lo que afirma. Escribe en sentido corporativo: como eclesiástico y para justificar a eclesiásticos y para lectores simpatizantes de eclesiásticos (... los vaticano-segundistas, obviamente que son todos). No hablará de la postura de un Guerra Campos o de la Hermandad Sacerdotal, o no digamos ya del propio Régimen del 18 de Julio.
Observar de pasada, como (pues entre curas anda el juego y con unos mismos intereses de clase), en ningún momento, ni entonces ni ahora, hay una mínima vergüenza de curas y obispos normales ante sus colegas delincuentes y terroristas; en vez de pedir perdón, en general, los eclesiásticos relatores de aquellos hechos dan la impresión de verlos meritorios, y parecen orgulloso de contarse entre ellos.
Bien, pero algunos ni somos eclesiásticos ni los curas modernos metidos a “historiadores” nos caen simpáticos.
Pasamos a analizar el texto (tendencioso) de V. Cárcel Ortí, situándonos en el año 1968:
https://summa.upsa.es/high.raw?id=0000005935&name=00000001.original.pdf
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