Revista FUERZA NUEVA, nº 498, 24-Jul-1976
CONTRA LA APOSTASÍA SOCIAL
(Análisis teológico del “hombre portador de valores eternos”)
Por Fray Antonio de LUGO, O. S. H.
Es un hecho cierto, aunque lamentable, que pueblos creyentes, al menos en teoría, incluso cristianos y hasta de tradición católica, consciente e inconscientemente colaboran con poderes ocultos que tratan de echar por tierra lo que todavía queda en pie de nuestra civilización cristiana.
La divina Ley ha sido en la Cristiandad, el fundamento de su legislación, la cual, aunque imperfecta, como todo aquello en que el hombre pone las manos, es evidente que hizo posible una sociedad más humana, con una jerarquía de valores, en armoniosa subordinación de los materiales a los espirituales y de éstos a los de orden sobrenatural. Hoy contemplamos con estupor cómo bastantes países, de espaldas a Dios, y muy cara al materialismo ateo, “renuevan” sus códigos legales y establecen en sustitución de las normas que respetaban y aun se fundaban en la Ley de Dios, natural o revelada, unas leyes en abierta oposición a los principios morales más elementales; los pecados más nefandos son erigidos en norma legal para la vida ciudadana en no pocos países.
Apostasía social
No sólo es un mal para el individuo apartarse de Dios en su vida personal; los pueblos experimentan también las funestas consecuencias de su apostasía social. La sociedad, como tal, no tiene un alma espiritual colectiva, con un destino eterno feliz o desgraciado; los pecados de la sociedad acostumbra el Señor a castigarlos en esta vida; para la otra queda el juicio final, con el subsiguiente premio o castigo para el hombre, quien habrá de ser juzgado según sus obras. El Santo Evangelio así lo afirma y la Iglesia es constante en proclamar la doctrina del Juicio, del Cielo y del Infierno como verdades reveladas por Dios; son dogmas que forman parte del Sagrado Depósito de la Fe. En la medida que los pueblos se apartan de Dios, ellos mismos se labran su propia ruina, aunque por algún tiempo, aparentemente, parezca lo contrario.
Cuando en su ordenamiento jurídico los pueblos miran a Dios y en la elaboración de sus leyes reconocen, al menos, la ley natural como expresión (la más primitiva) de la Ley divina, existe una garantía de respeto a los derechos del hombre, creado a imagen y semejanza de Dios, según enseña la Escritura Santa y proclama sin intermisión el Magisterio auténtico de la Iglesia. Así, la vida ciudadana, amparada por leyes dignas del hombre, discurre por cauces jurídicos que conducen al bienestar, a la paz y, como consecuencia, a la prosperidad, incluso en lo material. Vienen con oportunidad al respecto las siguientes palabras de San Agustín: “Pienso que nada hay justo y legítimo en la ley temporal que no lo hayan tomado los hombres de la ley eterna”. (De libero arbitrio).
El nuevo Estado español, que nació de una Cruzada en defensa de su patrimonio nacional, integrado por valores espirituales, morales y religiosos que, de muchos siglos atrás, han configurado el propio ser de España, en su nuevo ordenamiento legal procedió mirando a Dios, a la vez que contempla al hombre, para quien legisla como “portador de valores eternos”. Esta frase feliz de José Antonio Primo de Rivera es la afirmación categórica del más puro humanismo, pero con sentido de espiritual trascendencia, que la hace genial; así la encontramos, hasta tres veces, en nuestras Leyes Fundamentales, que no consideran al hombre en su entidad biológica y social simplemente, sino en toda su plenitud, con un destino que va más allá del tiempo y del espacio; verdadero humanismo cristiano, afirmativo, trascendente, integrador; humanismo hispánico, como alguien le ha llamado, y no sin razón.
Legado de la antigua Cristiandad
Salta a la vista que quienes han intervenido en la tarea legislativa se han propuesto que la Ley eterna sirva de base a las Leyes Fundamentales del Reino, elaboradas de acuerdo con la doctrina de la Iglesia. España quiere conservar, como riquísimo tesoro, el legado de principios y costumbres recibidos de la antigua Cristiandad, y esta actitud no la toleran poderes extraños que, con espaciosos pretextos de conveniencias para España, lo que pretenden es destruir lo que todavía queda del orden social cristiano; esa es la raíz de la enemiga contra nuestra Patria. Ciertamente que las Leyes Fundamentales del Reino, como las cosas humanas, se pueden y se deben perfeccionar sin que ello requiera ruptura con la línea doctrinal de los Principios. La experiencia de 40 años es más que suficiente para recordar a quien lo haya olvidado la eficiencia de tales Principios para que España disfrute de paz, sosiego, respeto, libertad y bienestar no menos que de prestigio a la faz del mundo que nos contempla.
Considerar al hombre “portador de valores eternos” nos sitúa frente a países que siguen filosofías materialistas y entienden la vida de acuerdo con principios ateos. España no tiene por qué aceptar tales filosofías cuando tiene que definirse como pueblo libre y soberano. El concepto cristiano del hombre, de la familia, del Estado y de la sociedad, enraizado en los Principios de la fe católica, que profesan los españoles en su inmensa mayoría ha inspirado tal legislación. Así comienza la Ley de principios del Movimiento: “La nación española considera como timbre de honor el acatamiento a la ley de Dios, según la doctrina de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que inspirará su legislación.”
Sentido social acusado
La densidad teológica de nuestras Leyes Fundamentales no las priva de un acusado sentido social; van dirigidas al hombre, en su doble dimensión: social y personal, pero siempre como “portador de valores eternos”. La Ley del Fuero del Trabajo fue calificada, en tiempos, por el entonces ministro de Información y Turismo, don Manuel Fraga Iribarne (en 1963), de “avanzadísima carta de derechos sociales”, y la Ley del Fuero de los Españoles es un auténtico “código de derechos humanos”, que está bastante por encima de cuanto con más cartel circulan por el mundo. El hecho de que la Ley eterna sea el alma de nuestra Legislación le confiere solidez y firmeza; exige actuar de cara Dios, no sólo en el momento de legislar, sino también a la hora de convertir en realidades aquellas leyes que confieren derechos al individuo, a la familia, etc. Como españoles nos agrada que nuestras Leyes del 18 de Julio amparen y protejan aquellos valores permanentemente y vivos en la entraña nacional, y que respondan a nuestro peculiar modo de ser como hombres, como españoles y católicos.
Por fuera soplan otros vientos… Parece increíble que cuando tanto se habla de derechos del hombre, sea precisamente el hombre el sujeto de leyes que lo degradan como tal; esto ocurre porque no se le considera “portador de valores eternos”, sino como un simple animal social. ¿Cómo, si no, legalizar hechos que contradicen la misma Ley natural? Esto ocurre en países que se dicen civilizados, adelantados, superdesarrollados. Los españoles, pese a sus defectos, tiene clara conciencia de la dignidad humana, y quieren que su vida privada, familiar, social, laboral, etc. se rija por unas normas que se ajusten a le ley divina, única forma de quedar a salvo los derechos concedidos al hombre por el mismo Dios. A tal fin es necesario que éste sea considerado como lo considera la legislación vigente: “portador de valores eternos” […]
Lo que enseñan los Papas
La autoridad civil no puede ignorar uno de los deberes del hombre impuestos por la misma Ley natural, y más explicitado en la Ley positiva; es la obligación de la sociedad, como tal, de dar culto a Dios y hacer posible que en público y en privado el hombre pueda cumplir tan sagrado deber. El gobernante católico debe serlo en público y en privado; a este respecto enseña el papa León XIII: “Tampoco es lícito cumplir los deberes de una manera en la esfera privada y de otra forma en la esfera pública, acatando la autoridad de la Iglesia en la vida particular y rechazándola en la vida pública” (Enc. Immortale Dei). Los Principios del Movimiento Nacional y todo el ordenamiento legal van destinados al hombre “portador de valores eternos”; como queda dicho; tales Principios no desconocen las exigencias de la fe católica, y han sido elaborados en actitud de fidelidad a la misma.
Cobran actualidad las siguientes palabras del Papa León XIII: “Hay otros liberales algo más moderados, pero no por eso más consecuentes consigo mismos; estos liberales afirman que, efectivamente, las leyes divinas deben regular la vida y la conducta de los particulares, pero no la vida y la conducta de los Estados… De esta doble afirmación brota la perniciosa consecuencia de que es necesaria la separación entre la Iglesia y el Estado. Es fácil de comprender el absurdo error de estas afirmaciones… Por esto, es absolutamente contrario a la naturaleza que pueda lícitamente el Estado despreocuparse de esas leyes divinas o establecer una legislación positiva que las contradiga… Por esta razón, los que en el gobierno de Estado pretenden desentenderse de las leyes divinas desvían el poder político de su propia institución y del orden impuesto por la misma naturaleza. Pero hay otro hecho importante, que Nos mismo hemos subrayado más de una vez en otras ocasiones: el poder político y el poder religioso, aunque tienen fines y medios específicamente distintos, deben, sin embargo, necesariamente, en el ejercicio de sus respectivas funciones, encontrarse algunas veces. Ambos poderes ejercen su autoridad sobre los mismos hombres, y no es raro que uno y otro poder legislen acerca de una misma materia, aunque por razones distintas. En esta convergencia de poderes, el conflicto sería absurdo y repugnaría abiertamente a la infinita sabiduría de la voluntad divina; es necesario, por tanto, que haya un medio, un procedimiento para evitar los motivos de disputas y luchas y para establecer un acuerdo en la práctica. Acertadamente ha sido comparado este acuerdo a la unión del alma con el cuerpo, unión igualmente provechosa para ambos, y cuya desunión, por el contrario, es perniciosa particularmente para el cuerpo, que con ella pierde la vida”. (Enc. Libertas. Art. 14)
Los comentarios a las palabras del Pontífice están de más, dada la claridad con que expone la doctrina, que coincide con la de su predecesor, Gregorio XVI, y que posteriormente no han dejado de proponer loa papas en San Pío X, Pío XI y Pío XII, y que enseñan, como parte del patrimonio doctrinal de la Iglesia, los últimos Vicarios de Cristo. El actual Papa, felizmente reinante, Pablo VI, ha afirmado que, “la doctrina conciliar, hay que interpretarla en coherencia con la doctrina tradicional de la Iglesia”.
Fray Antonio de LUGO, O. S. H.
|
Marcadores