Vamos a ver. ¿A estas alturas de la película todavía dudando de la legitimidad jurídico-legal de la Dinastía de Borbón Parma?

El cruzadismo-carloctavismo se basa en una mala aplicación de la Ley de Sucesión de 1713 (nunca abrogada -como se dice también del Misal de San Pío V- y que es la que rige a la hora de señalar la legitimidad jurídico-política). ¿Y por qué la aplican mal? Porque, arbitrariamente, en lugar de tomar como Cabeza para su aplicación a Felipe V (y de ahí a toda su descendencia) toman como Cabeza al Rey Carlos V, el hermano del Rey Fernando VII, y de él a toda su descendencia.

Pero en fin. Mi autoridad vale poco, así que dejo los siguientes textos que, creo yo, despejarán todo tipo de duda.

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Declaraciones de Vázquez de Mella


(Fuente: “El último pretendiente”. Javier Lavardin. Ruedo Ibérico. Página 208)

“Heraldo de Madrid”. Martes 29 de Junio de 1909.

Declaraciones de Vázquez de Mella.


Pleito Dinástico


– [Entrevistador] Sin embargo, la cuestión dinástica es tan importante para ustedes, que si desapareciesen sus símbolos no tendrían más remedio que aceptar los que ahora consideran opuestos.

– [Vázquez de Mella] De ninguna manera. La ley de mil setecientos trece, mal llamada Sálica, porque no excluye en absoluto a las hembras, ha sido negada de tal modo por la rama gobernante de don Francisco de Paula, que en todas las Constituciones que ha sancionado excluye para siempre de la sucesión a la Corona a la que funda su derecho en la ley de mil setecientos trece. Además, no podría invocar ésta sin declararse, lo que es absurdo, tres veces usurpador. Los demás sucesores de don Francisco de Paula y de la Casa de Nápoles, o mantienen derechos a otros Tronos, o han reconocido a la dinastía imperante, negando la ley de Felipe quinto, y estando, por lo tanto, excluidos de los beneficios de ella.

– [Entrevistador] ¿Cuál sería entonces la rama heredera?

– [Vázquez de Mella] La de Parma, Infantes natos de España, que se ha mantenido fiel a la dinastía proscripta, reconociendo su jefatura y proclamando su derecho, y aunque ésta no existiese, como se ha extinguido en Víctor Manuel I la Casa de Saboya, que, en último término y extinguidas sus líneas varoniles, llamaba Felipe quinto, o se iría a parar a la hembra mayor del primogénito (archiduquesa doña Blanca), o se llamaría, como la misma ley dispone, a una nueva dinastía que la nación sacaría de su seno, si no quería tomarse de otra parte. De modo que no hay motivo legal alguno para reconocer la dinastía Alfonsina, ni aun suponiendo una serie rápida de desgracias se quedaría el carlismo sin símbolos adecuados para sus ideas.



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Cartas de Don Alfonso Carlos


(Fuente: “In memoriam. Manuel J. Fal Conde”. Ana María Fidalgo – Manuel M. Burgueño. Editorial Católica Española, S.A., Sevilla, 1980).


Carta de Don Alfonso Carlos a Don Javier de Borbón Parma sobre la cuestión sucesoria (10 marzo 1936)

Mi muy querido sobrino: Al instituir en tu persona la Regencia para el caso de que llegue mi muerte sin haberse resuelto todavía el problema de mi sucesión, he descargado en ti, mi querido Javier, la gran preocupación de los últimos años de mi vida, no quedando huérfana la Comunión Tradicionalista, ni dejando a la Nación en el peligro de una restauración monárquica en príncipe que no ofrezca la garantía plena de observancia de los salvadores principios tradicionalistas.

Mas para evitar la menor sombra de confusión que oscurezca el claro juicio que tienes sobre la necesidad esencial de subordinar, según las leyes españolas, la sucesión genealógica a la fidelidad y a los principios doctrinales en el ejercicio de la soberanía, quiero dejar consignadas las siguientes declaraciones:

1ª. Al advenimiento en España de la República, mi antecesor don Jaime (q.e.p.d.) y don Alfonso de Borbón y Habsburgo firmaron un pacto de unión y sucesión dinástica, que yo me negué a suscribir y aceptar cuando a la muerte de aquél me fue presentado, porque contenía condiciones liberales y descuidaba la adoptación de garantías en la sucesión de la corona [Nota mía. Este pacto al que se refiere es el conocido como “Pacto de Territet”, cuya inexistencia fue puesta de manifiesto en un estudio meticuloso del historiador Tomás Echeverría, dejando en evidencia la maniobra de los alfonsinos de querer engañar a don Alfonso Carlos presentándole un supuesto pacto firmado por don Jaime].

2ª. Por mi partido se sostuvieron con mi sobrino don Alfonso conversaciones encaminadas a hallar alguna fórmula que permitiera, sin quebranto de la doctrina, la continuidad dinástica en la persona de don Juan de Borbón y Battemberg, exigiéndose siempre por mi parte, sin sombra de tolerancia, que quedasen a salvo los principios antiliberales, sin que jamás haya transigido en cuestión tan capital.

3ª. Pero no se llegó «nunca» a pacto alguno, porque don Alfonso no consintió jamás en la aceptación solemne de los principios, en el reconocimiento de mis derechos soberanos, ni en la abdicación en su hijo, que hacía concebir algunas esperanzas de que podría ser el continuador de la dinastía legítima si previamente se hacía por mi parte amplia condonación de las causas de exclusión en que la dinastía liberal incurrió.

4ª. Después de estos intentos conciliadores nunca más he vuelto a acceder a conversaciones, y mientras don Alfonso ha dejado pasar los años sin reconocer la causa de la legitimidad, sus hijos tampoco han realizado acto alguno de repudiación de los principios políticos representados por su padre, ni declarado su voluntad de no aceptar la sucesión dinástica liberal.

5ª. Actualmente, en consecuencia, ni don Alfonso ni sus hijos han adquirido las condiciones esenciales de la legitimidad de ejercicio, sin la no es admisible en buenos principios la soberanía. No es de esperar de Dios Nuestro Señor el auxilio de Su providencia para salvar la Patria por esa rama. Quedando, por tanto, en duda cuál sea el orden sucesorio, excluida la línea de don Francisco de Paula, he creído procedente la constitución de la Regencia, bien para que con el concurso de todos los buenos españoles restaurar la Monarquía tradicional legítima y en su día, con las Cortes representativas y orgánicas, declarar quién sea el príncipe en el que concurran las dos legitimidades; bien, y si esa hora tarda, puedes tú llamar a sucesión a quien corresponda y seguir todo el orden sucesorio hasta llegar al príncipe que de veras asegure la lealtad a la Causa Santa, que no está al servicio de una sucesión de sangre, porque es ésta la que ha de servir a aquélla, como ordenado ante todo al bien común de los españoles.

Esta Regencia no debe privarte de ningún modo de un eventual derecho a mi sucesión, «lo que sería mi ideal», por la plena confianza que tengo en ti, mi querido Javier, que serías el salvador de España.

Te advierto, así como lo declaré en mi manifiesto de 29 de junio de 1934, que tan sólo podrá sucederme quien unido a la doble legitimidad de origen y de ejercicio (entendida aquélla al modo tradicional) preste juramento solemne a nuestros principios y reconozca la legitimidad de mi rama.

Te prevengo además que, según las antiguas leyes españolas, la rama de don Francisco de Paula perdió todo su derecho de sucesión por rebeldía contra sus reyes legítimos, y lo perdió doblemente don Alfonso (llamado XII) para él y toda su descendencia por haberse batido al frente de su ejército liberal contra su rey Carlos VII, y así lo perdieron los príncipes que reconocieron la rama usurpadora.

Te abraza muy de corazón, muy querido sobrino Javier Carlos, tu afectísimo tío

ALFONSO CARLOS

Desde el destierro, 10 de marzo de 1936.


* * *


Carta (Póstuma) de Don Alfonso Carlos a Fal Conde sobre la cuestión sucesoria (8 julio 1936)


Viena, 8 de julio de 1936.

Querido don Manuel Fal Conde: Como probablemente me iré pronto al otro mundo, quiero ponerte dos palabras para decirte cuán grande es mi agradecimiento por haber aceptado el pesado cargo que te impuse y por lo admirablemente bien que dirigiste y organizaste nuestro partido en este tiempo.

Espero que después de mi muerte sigas ayudando al Regente don Javier, mi sobrino, como lo hiciste conmigo.

En cuanto a la cuestión sucesoria, sabes cuál es mi modo de pensar; es decir, que yo considero que toda la rama de don Francisco de Paula no me puede suceder legítimamente por su rebeldía; pero sobre todo, no la de don Alfonso (denominado el XII), por haber peleado al frente de su Ejército liberal contra su legítimo Rey, Carlos VII, y así tampoco su hijo don Alfonso (llamado XIII), que nació onces años después de la batalla de Lácar.

La rama Borbones de Nápoles reconoció toda ella la dinastía usurpadora, aceptando empleos, cargos, condecoraciones de la misma, y, por tanto no puede suceder en España.

El Príncipe Elías de Borbón Parma, Jefe de esta rama, reconoció igualmente a don Alfonso (llamado XIII) y recibió de él el Toisón de Oro. No puede, pues, suceder. Tiene dos hijos, pero creo que irán con el padre.

Viene después el Príncipe Javier Carlos de Borbón Parma de Braganza, que yo nombré Regente.

Pido a Dios lo arregle de modo que don Javier Carlos sea mi sucesor legítimo, y después de él, sus hijos. Tengo plena confianza en mi sobrino Javier y espero que sea él el salvador de España.

Nuevamente te doy un millón de gracias por todo lo que trabajaste y trabajas para nuestra Santa Causa, y con las más cariñosas memorias de Nieves y mías, quedo muy de corazón, querido don Manuel Fal Conde, tu afectísimo y agradecidísimo


ALFONSO CARLOS