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Tema: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

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  1. #1
    Martin Ant está desconectado Miembro Respetado
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Ya que tiene ud. tan fácil acceso a hemerotecas, sería tan amable de decirnos cuál es y aportarnos el mensaje de Franco en cuestión, para aquilatar la veracidad y el contexto del artículo señor Ayesta? Porque tiene guasa que sepamos los comentarios y no conozcamos lo que lo motivan.
    Kontrapoder ya ha puesto un enlace a un diario donde se recoge el discurso de Franco.

    Se trata del discurso de apertura de la IX Etapa del Parlamento franquista. Le dejo en documento adjunto la fuente original del texto, tomado del Diario de Sesiones: Discurso de apertura de la IX Legislatura (Franco, 17.11.1967).pdf

    Por cierto, ¿también le sirve a vd un diario falangista (SP) para su cometido?
    No. A mí me basta con aceptar la tesis oficial de la Fundación Nacional Francisco Franco con respecto al General Franco y a su dictadura.

  2. #2
    Martin Ant está desconectado Miembro Respetado
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    De todas formas, a mí también me gustaría preguntarle a Martin cómo ha conseguido acceder a ese artículo de SP y otros que viene publicando. ¿Accede a través de una hemeroteca digital o física? Me interesa el tema.
    La cosa no tiene mucho misterio. Simplemente tomé el artículo directamente in situ de la hemeroteca de la Biblioteca Nacional de España, como muchos otros artículos de la hemeroteca a los que desgraciadamente no hay acceso por vía digital.

  3. #3
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Cita Iniciado por Martin Ant Ver mensaje

    A mí me basta con aceptar la tesis oficial de la Fundación Nacional Francisco Franco con respecto al General Franco y a su dictadura.
    Ah, que vd acepta las tesis de la FNFF. Y el foro sin enterarse. Yo pensaba que usted seguía las tesis de los Elías de Tejada, los Gambra y compañía, etc furibundos antifranquistas.

    Pues nada, a ver si empieza a mandar cosas de la FNFF, que hasta ahora que sepamos no se ha estrenado.

    Por cierto lo de "General" Franco y "su dictadura" no pertenece a las tesis la FNFF, que escribe bien claramente en un rótulo:

    Francisco Franco Bahamonde, Caudillo de España y Generalísimo de sus Ejércitos
    https://webcache.googleusercontent.c...s&ct=clnk&gl=e

    Recuerde: no es "General" es Generalísimo. Ni es dictador es Caudillo.
    DOBLE AGUILA dio el Víctor.
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

  4. #4
    Martin Ant está desconectado Miembro Respetado
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Ah, que vd acepta las tesis de la FNFF. Y el foro sin enterarse. Yo pensaba que usted seguía las tesis de los Elías de Tejada, los Gambra y compañía, etc furibundos antifranquistas.
    No son incompatibles en cuanto a los hechos aceptados y reconocidos; la única diferencia es en cuanto a su valoración (en la cual, por supuesto, yo me sitúo junto con los legitimistas españoles).

    Pues nada, a ver si empieza a mandar cosas de la FNFF, que hasta ahora que sepamos no se ha estrenado.
    Ya lo hice en su día. La razón por la que no me he prodigado tanto, es porque ya hay otros foreros que se dedican a traer esos artículos al Foro (véase, como botón de muestra, este otro artículo, sobre todo el primer párrafo).

  5. #5
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Gracias a ambos Kontrapoder y Martin Ant por haber aportado los enlaces del discurso de Franco. Ahora sí estamos en condiciones de matizar eso de las "enfermedades y las volteretas del gimnasio" del discurso de Franco, que motivan el artículo del señor Ayesta:

    Dice Franco:

    ...Pudiera aducirse que esas bases sociológicas, de cuya creación nos enorgullecemos, podrían haber sido establecidas por un régimen político diferente. Semejante afirmación sería fácilmente refutable. Bien claro está que los sistemas liberales que rigieron los destinos de España desde principios del siglo XIX hasta 1936 no lograron establecerlas. Las enfermedades en las naciones duran siglos, y las convalecencias, decenios. España, que, con altibajos, ha permanecido tres siglos entre la vida y la muerte, empieza ahora a abandonar el lecho y dar cortos paseos por el jardín de la clínica. Los que quisieran enviarla ya al gimnasio a dar volteretas, o no saben lo que se dicen, o lo saben demasiado bien. (Grandes aplausos)

    Mucha es la tarea que nos espera; nuestro país necesitará por largos años ser gobernada con infinita prudencia y también con comprensión y amor. Hay que evitarla sobre todo los lujos de la alegre e impulsiva improvisación, de la libertad de volverse contra sí mismo, de disgregarse en bandos enemigos. Su salud, apenas renaciente, no repetiría por mucho tiempo esa prueba...

    ... Tratar de sustituir ese sistema de transformación elástica y flexible, adecuado a todas las circunstancias, a todas las necesidades y a todas las posibilidades por un borrón y cuenta nueva, por un volver a empezar otra vez, sería algo más que una equivocación sería un crimen contra el destino de nuestro pueblo y contra el ordenado progreso social y político de nuestros conciudadanos y de las generaciones futuras ...

    Vemos como el sentido de Franco a la frase no es el que da el señor Ayesta:
    "Para Franco, España es un país que ha sufrido una larga enfermedad, que ahora está convaleciendo, y que, lógicamente, podrá, en el futuro, hacer vida normal."

    Lo de "lógicamente..." y "vida normal para el futuro" se lo saca de la chistera el señor Ayesta. Para Franco lo del gimnasio y las volteretas lo afirman y desean sus enemigos que "lo saben demasiado bien". Y para corroborar el sentido de lo que dice Franco están los aplausos de las Cortes.

    Más aun, bien claro afirma que su Régimen vincula a las generaciones futuras:
    sustituir este sistema ... un borrón y cuenta nueva, por un volver a empezar otra vez, sería algo más que una equivocación sería un crimen contra el destino de nuestro pueblo y contra el ordenado progreso social y político de nuestros conciudadanos y de las generaciones futuras


    Pero en fin, el fondo del hilo es otro: es buscar resaltar cómo un articulista don nadie, el tal Sr Ayesta escribe 20 párrafos para comentar del larguísimo discurso de Franco un ejemplo de sentido dudoso puesto como de pasada. E ignorando, como no podía ser de otro modo. las numerosas frases en sentido completamente contrario del discurso.

    Y lo mismo respecto del otro texto de Blas Piñar, quien por cierto apelaba constantemente a que Fuerza Nueva estaba abierta a las reformas, pero respetando lo esencial del 18 de Julio, o sea lo mismo que Franco, como consta en los numerosos discursos que de él he enviado.

    El problema es que otros posteriores usaron esas premisas para prescindir del esencial 18 de julio apelando a que Franco "así lo quiso". Y resaltan los puntos débiles para reivindiacarlo y elevarlo a dogma.

    Y sobre la postura de la FNFF, que para salvar el culo tras décadas de un entorno hostil, prediquen un Franco que nos habría traído la maravillosa transición y al maravilloso Juan Carlos, mejor dejarlo para otro hilo. En el fondo es adecuarse a la mitología de una transición maravillosa, con que se adoctrina a las nuevas generaciones, pero que las hemerotecas recogen en su debacle moral política y económica con toda crudeza. Y en cuyo abismo nos encontramos.

    Los franquistas y españoles decentes de aquella época jamás se imaginaron las distorsiones de la actual FNFF
    Última edición por ALACRAN; 18/10/2020 a las 12:12
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  6. #6
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Muy bien. De acuerdo. Usted abraza y apoya la interpretación que Blas Piñar se imaginó acerca de Franco, de su régimen, y de la supuesta ruptura con él por parte del actual régimen juanista del 78.

    ¿Puede que ya haya llegado por fin el momento en que usted me pueda aclarar las cuestiones que le dejé planteadas en su día?

  7. #7
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Cita Iniciado por Martin Ant Ver mensaje
    Muy bien. De acuerdo. Usted abraza y apoya la interpretación que Blas Piñar se imaginó acerca de Franco, de su régimen, y de la supuesta ruptura con él por parte del actual régimen juanista del 78.

    ¿Puede que ya haya llegado por fin el momento en que usted me pueda aclarar las cuestiones que le dejé planteadas en su día?

    Este es el resultado de sus dudas, de la ruptura real, efectiva, objetiva, etcétera, etcétera, etcétera. Vamos que el personaje de Ibáñez llamado Rompetechos era un agudísimo ojeador comanche o apache de la caballería yanqui comparado con quien niega esa realidad.


    El Ayuntamiento de Llanos del Caudillo (Ciudad Real) ha comunicado al Senado que no cambiará el nombre del municipio, ya que cuenta con una sentencia firme de un juzgado de Ciudad Real que desestimó una demanda para que procediera a cambiar su denominación oficial.

    El Consistorio de Llanos del Caudillo ha respondido de esta forma al requerimiento que le hizo la Cámara Alta, a propuesta del senador de Compromís Carles Mulet, de que enviara copia de los acuerdos plenarios o decretos de alcaldía por los cuales se acuerda cumplir con la Ley de Memoria Histórica.


    En este requerimiento, se pedía al Ayuntamiento que remitiese los acuerdos relativos a esta ley "por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, y se haya aprobado el cambio de denominación de este municipio por otro que no atente contra la memoria democrática, las víctimas del genocidio franquista y cumpla con la legalidad vigente", ha informado Mulet en un comunicado.

    Y el Ayuntamiento de Llanos del Caudillo ha contestado al requerimiento del Senado adjuntando una sentencia que dictó el 5 de mayo de 2018 del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ciudad Real, en la que rechazó la petición que hizo el abogado Eduardo Ranz para que el municipio cambiara su denominación oficial, así como una diligencia del 18 de mayo de 2018 de este mismo juzgado en la que declaraba su firmeza.


    https://elcorreodeespana.com/politic...el-pueblo.html

    Ejemplo clarísimo de idiocia generalizada, de supremo y absoluto descerebramiento de todo un país, hoy un país, antaño una Patria, en el que un senador independentista, separatista, rupturista, que está chupando de los tontos del bote de este país de cuchipanda, sujeto al que le importa un carajo esta nación y soberanía, porque pretende dicha para una región de cuatro provincias y que no pueden obtener sino es rompiendo ese mismo país que los alimenta, nutre y tolera absolutamente todo. Ese botarate dirige un escrito a un pequeño municipio para que cambien el nombre eliminando la ibérica palabra caudillo en base a una ley ilegal, ¡toma del frasco!. Magnífica, documentada y justificada respuesta la del consistorio, ignoro si con una enorme higa impresa en el papel.

    Pues a esto ha llegado España, a tener semejantes astados pseudorrepresentando a un pueblo que no sabe ni representarse a sí mismo. Y créame tiene usted el tema muy desenfocado, pero mucho más de lo que supone. Es usted de esos que tienen obsesión con la revolución, con lo que ha pasado en España en los últimos 187 años. Pero mire usted, es que la contrarrevolución perdió la guerra en 1840. Y con `posterioridad, las siguientes guerras también las volvió a perder. Incluso en la última de las oportunidades la contrarrevolución tampoco. Y la situación de aquellos años no pudo ser de otro modo porque para llegar a esa autarquía utópica añorada por unos cuantos a España le faltan medidas. Al menos unos diez millones de kilómetros cuadrados y doscientos o trescientos millones de habitantes, y tener las fronteras cerradas a cal y canto e impermeabilizadas a toda influencia exterior.

    Pero de esa carencia Franco no tuvo la culpa, ni la ha tenido más recientemente el Sr. Piñar, ni la tenemos los demás, pero esa pertinaz insistencia en estar metiendo el dedo en el ojo a quienes aquí tratan de estos temas, no es sano. Usted acusa de las interpretaciones que otros han hecho de Franco y su Régimen, muy bien, ¿y usted qué hace sino lo mismo pero desde otra posición?
    Última edición por Valmadian; 18/10/2020 a las 17:19
    ALACRAN y DOBLE AGUILA dieron el Víctor.
    "He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.

    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

    Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.

    Ante tamaña destrucción quedan libres las fuerzas irracionales del instinto y del bruto deseo. El terreno está preparado para que germinen los misticismos comunitarios, los colectivismos de cualquier signo, irrefrenable tentación para el desilusionado europeo."

    En la hora crepuscular de Europa José Mª Alejandro, S.J. Colec. "Historia y Filosofía de la Ciencia". ESPASA CALPE, Madrid 1958, pág., 47


    Nada sin Dios

  8. #8
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Usted acusa de las interpretaciones que otros han hecho de Franco y su Régimen, muy bien, ¿y usted qué hace sino lo mismo pero desde otra posición?
    Yo no acuso a nadie de nada. Yo únicamente he dicho que admito y asiento a la tesis defendida por la Fundación Nacional Francisco Franco sobre la figura y el sistema de Franco, PORQUE ES LA VERDAD.

    Y si a alguien del Foro le puede molestar que yo me adhiera en esto a la entidad encargada de defender oficiosamente la memoria de Franco por encargo y delegación de su familia, lo siento mucho.

  9. #9
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    ¿Puede que ya haya llegado por fin el momento en que usted me pueda aclarar las cuestiones que le dejé planteadas en su día?
    La pregunta va dirigida a Alacrán, pero como esto es un foro, me gustaría responder yo (modestamente claro) a las cuestiones planteadas por el señor Martín Ant que, según parece, está muy interesado en ellas.

    1. Si resulta que Franco, como buen demócrata-orgánico que era, se limitaba, a partir de 1942, simplemente a sancionar todas las leyes (fundamentales, normales, o de cualquier tipo) que aprobaban las Cortes, en tanto en cuanto éstas eran consideradas como la representación auténtica de la sociedad española, ¿por qué ese pequeño grupo de las Cortes --a los que se les motejaba de "búnker"-- no aceptaban también las nuevas leyes (fundamentales, normales o de cualquier tipo) que esas mismas Cortes aprobaban y que, en función de su representación de la sociedad, debían ser igualmente acatadas, siguiendo exactamente las mismas pautas seguidas durante la jefatura del Estado del General Franco?
    Franco sería, en efecto, buen demócrata-orgánico, pero entre sus muchas atribuciones como Jefe de Estado NO estaba la de ACATAR todas las leyes que salieran de dichas Cortes si no lo creyera conveniente (él no era un "rey constitucional"). Claro que el propio Franco podía, legalmente, dictar normas y directrices generales dentro de esas mismas Leyes Orgánicas, así que era muy difícil que una ley aprobada no fuera del agrado del mismo. Pero naturalmente, el propio Franco podía negarse a firmar una Ley si se diera el caso; pero es que ESTANDO VIVO no se consumó ninguna fechoría como las que vinieron después. Aún así le diré más, actualmente el Jefe del Estado podría negarse, TEÓRICAMENTE, a firmar leyes inicuas o anticristianas (por ser un Rey cristiano) pero no lo hará porque hay diferencias obvias y las comparaciones son odiosas.

    En cuanto a los señores procuradores en Cortes, denominados periodísticamente "el Búnker", en virtud de su personal criterio podrían oponerse o sumarse a cualquier ley, si lo creían conveniente o no (como es lógico).

    2. Si para reforzar aún más esa legitimidad democrática, resulta que no solamente Franco se limitaba a sancionar las leyes aprobadas por el pueblo soberano a través de sus Cortes representativas, sino que además reforzaba ese carácter popular de las leyes con la convocatoria y ejecución de procesos de referéndum, ¿por qué ese grupo del "bunker", que había acatado religiosamente cualquier ley fundamental aprobada con referéndum, no consideraba también que debía acatar, por la misma razón, cualquier otra ley fundamental que surgiera de un mismo proceso plebiscitario?
    Si lo dice usted por la inicua "octava Ley" o Ley de la Reforma Política que liquidaba de iure el Régimen de Franco, estaban en su perfecto derecho a disentir de ella (en mi opinión) porque resultaba contraria a las demás Leyes Fundamentales; y tanto en su espíritu como en su letra era una traición a todo lo que habían jurado por los Evangelios anteriormente.

    3. Si resulta que el Consejo Nacional del Movimiento o Partido Único se consideraba como el órgano doctrinal defensor de las esencias del régimen franquista, ¿por qué los del "búnker" no aceptaban su dictamen sobre el carácter esencialmente reformista, desarrollador y perfeccionador de los nuevos proyectos de ley, en lugar de considerarlos como "rupturistas"?
    Los señores Procuradores y Consejeros del Reino, en sesión conjunta, podían oponerse a lo que en conciencia les pareciera oportuno; de la misma manera que por ejemplo los señores diputados comuneros del siglo XVI podían oponerse o sumarse a lo que las Cortes castellanas reunidas en Santiago y la Coruña dictaran en su momento. Pero claro, estos últimos decidieron directamente no presentarse e ir a la guerra; decisión que les costó la cabeza (literalmente). Por cierto, ahora parece por sus palabras que el "Búnker" se negó a todas las resoluciones de las Cortes; lo cierto es que se negó sobre todo a las que hubo TRAS LA MUERTE DE FRANCO.

    Moraleja: Si no se quiere entender que Franco y su régimen simplemente se limitaron a integrarse dentro de los postulados políticos del revolucionarismo constitucional contemporáneo, que eleva a dogmas los principios de la soberanía popular y del poder constituyente, no se podrá entender nada del carácter lógico y natural de los procesos que han dado lugar en estos últimos 183 años a los "cambios" sucesivos de un régimen revolucionario a otro (a cual cada vez peor).
    Eso de que la persona de Franco (y su Régimen al completo) "se limitaron a integrarse dentro de los postulados políticos del revolucionarismo constitucional contemporáneo, que eleva a dogmas los principios de soberanía popular y del poder constituyente" dígaselo usted a los de la "Platajunta" y el "Contubernio de Múnich"; confieso que esto puede resultar incluso hasta gracioso en extremo contemplarlo, y personalmente me gustaría muchísimo que usted lo planteara en un debate académico (a ser posible público) con especialistas del otro lado tipo García Trevijano, Jiménez de Parga (et al). Y es que o mucho me equivoco, o la democracia parlamentaria liberal llegó después de Franco con el perjurio de unos cuantos señores.

    Por cierto, la Casa Real de Borbón-Parma proclamó, que yo sepa desde 1969, y por medio de su Jefe S.A.R don Javier de Borbón-Parma, los principios clásicos del liberalismo en consonancia con las disposiciones legales incluídas en los textos del Concilio Vaticano II. Todo ello en declaraciones públicas después de su expulsión de España, con motivo de los actos políticos habidos en el Monasterio de Nuestra Señora de Valvanera (diciembre de 1968) donde, entre otras cosas, se afirmó la necesidad de incluir a La Rioja en una teórica estructura política con el curioso nombre de "Euskal Herría". Así dijo don Javier para la posteridad:

    "El respeto a las leyes y a la autoridad, ha sido siempre mi norma de conducta, pero estimo que la autoridad debe, en primer lugar, respetar los PRINCIPIOS GENERALES de libertad de EXPRESIÓN y de ASOCIACIÓN, condición de la paz política, y base de TODO MOVIMIENTO DEMOCRÁTICO."

    https://books.google.es/books?id=pZf...201969&f=false

    https://linz.march.es/documento.asp?reg=r-15790

    Igual que antaño se decía aquello de: "Al César has apelado, al César irás", así también la espuria "legitimidad" de los regímenes revolucionarios contemporáneos va cayendo uno detrás de otro con la sentencia: "¿Has apelado a la soberanía popular o al poder constituyente? ¡Pues a ellos habrás de someterte siempre!"
    Pues "al César lo que es del César"; aquí al poder constituyente estamos sometidos todos, tanto los que no lo queremos como los que se adhieren entusiásticamente a él. Así lo ha permitido la Providencia.
    Última edición por DOBLE AGUILA; 18/10/2020 a las 22:31
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  10. #10
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Y por si no nos hemos enterado, el "Espíritu del 12 de Febrero" (1974) fue derrotado. Por lo que se ve, esos "aperturistas", que en realidad a lo más que llegaron en vida del Caudillo fue a plantear unas ridículas "asociaciones políticas"; su gozo en un pozo.

    Hasta finales de 1976, España (con sus problemas gravísimos, derivados de las consecuencias del Concilio y la propia naturaleza humana) siguió siendo un país eminentemente católico y honrado. El verdadero caos vino después.
    Última edición por DOBLE AGUILA; 18/10/2020 a las 22:19

  11. #11
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Cita Iniciado por Martin Ant Ver mensaje
    Yo no acuso a nadie de nada. Yo únicamente he dicho que admito y asiento a la tesis defendida por la Fundación Nacional Francisco Franco sobre la figura y el sistema de Franco, PORQUE ES LA VERDAD.
    Hasta donde he podido constatar usted jamás ha asentido a nada que pueda ayudar a preservar la memoria de Franco ante la vesanía desatada contra su figura, obra política e historia de la misma, desde que España se erigió como el primer Estado del mundo en elegir a un subnormal como presidente.


    Y si a alguien del Foro le puede molestar que yo me adhiera en esto a la entidad encargada de defender oficiosamente la memoria de Franco por encargo y delegación de su familia, lo siento mucho.
    No se preocupe, que por mi no ha de sentirlo.
    "He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.

    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

    Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.

    Ante tamaña destrucción quedan libres las fuerzas irracionales del instinto y del bruto deseo. El terreno está preparado para que germinen los misticismos comunitarios, los colectivismos de cualquier signo, irrefrenable tentación para el desilusionado europeo."

    En la hora crepuscular de Europa José Mª Alejandro, S.J. Colec. "Historia y Filosofía de la Ciencia". ESPASA CALPE, Madrid 1958, pág., 47


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  12. #12
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Hasta donde he podido constatar usted jamás ha asentido a nada que pueda ayudar a preservar la memoria de Franco ante la vesanía desatada contra su figura, obra política e historia de la misma
    Claro, porque eso no tiene nada que ver con lo que yo he afirmado: mi asentimiento es hacia los hechos reconocidos por la FNFF, no hacia la valoración que ésta ha hecho de los mismos.

  13. #13
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    La pregunta va dirigida a Alacrán, pero como esto es un foro, me gustaría responder yo (modestamente claro) a las cuestiones planteadas por el señor Martín Ant que, según parece, está muy interesado en ellas.
    Y yo le agradezco mucho que haya querido entrar en el debate abordando esas preguntas. Pero sus respuestas me han suscitado otros interrogantes que paso a plantearle.

    Franco sería, en efecto, buen demócrata-orgánico, pero entre sus muchas atribuciones como Jefe de Estado NO estaba la de ACATAR todas las leyes que salieran de dichas Cortes si no lo creyera conveniente (él no era un "rey constitucional").
    Por supuesto, Franco se autoconcedió poderes extraordinarios que le hacían estar por encima de su propia Constitución. Pero tuvo la delicadeza de ir dando ejemplo a su futuro sucesor:

    La supervivencia y realización de todo esto implica la contestación afirmativa en el próximo referéndum. No se trata, por tanto, de nuestra gloria personal, que pródigamente recibimos, ni de la situación política del Régimen, sino de vuestro propio bienestar. Me bastaba el derecho del que salva a una sociedad, y la potestad que me conceden las leyes para la promulgación de la Ley que tantos beneficios ha de proporcionar a la Nación, pero en bien del futuro creo necesario que os responsabilicéis con su refrendo, recogiendo y reteniendo en vuestras manos la seguridad de vuestro futuro, y que para modificarlas o alterarlas en el porvenir haya que acudir nuevamente a vuestro refrendo. Yo no puedo ir más allá de lo que Dios me concede de vida útil; las leyes, sin embargo, contemplan y aseguran el más allá, entregando a los españoles la garantía de su porvenir.

    Mensaje de Navidad de 1966

    Su sucesor, por el contrario, sí debía estar totalmente sujeto a la Constitución franquista, que establecía para él un sistema típico de pseudomonarquía constitucional, estilo isabelino-alfonsino:

    Artículo octavo

    [...]

    II. Todo lo que el Jefe del Estado disponga en el ejercicio de su autoridad deberá ser refrendado, según los casos, por el Presidente del Gobierno o el Ministro a quien corresponda, el Presidente de las Cortes o el Presidente del Consejo del Reino, careciendo de valor cualquier disposición que no se ajuste a esta formalidad.

    III. De los actos del Jefe del Estado serán responsables las personas que los refrenden.

    Ley Orgánica del Estado de 1967

    Pero naturalmente, el propio Franco podía negarse a firmar una Ley si se diera el caso; pero es que ESTANDO VIVO no se consumó ninguna fechoría como las que vinieron después
    Si lo dice usted por la inicua "octava Ley" o Ley de la Reforma Política que liquidaba de iure el Régimen de Franco, estaban en su perfecto derecho a disentir de ella (en mi opinión) porque resultaba contraria a las demás Leyes Fundamentales; y tanto en su espíritu como en su letra era una traición a todo lo que habían jurado por los Evangelios anteriormente
    ¿Considera entonces usted que los diputados que se opusieron a la llamada Ley para la Reforma Política (aprobada por las "Cortes" franquistas y en referéndum) tenían razón al argumentar que era inconstitucional, que incurría en "contrafuero"? ¿Está usted de acuerdo con las razones que ellos aducían?

    Los señores Procuradores y Consejeros del Reino, en sesión conjunta, podían oponerse a lo que en conciencia les pareciera oportuno
    No se trataba de los "Consejeros del Reino", sino que se trataba del informe del Consejo Nacional del Movimiento. Le aclaro esto, por si le sirve a usted para modificar o ampliar su respuesta en este punto.

    Eso de que la persona de Franco (y su Régimen al completo) "se limitaron a integrarse dentro de los postulados políticos del revolucionarismo constitucional contemporáneo, que eleva a dogmas los principios de soberanía popular y del poder constituyente" dígaselo usted a los de la "Platajunta" y el "Contubernio de Múnich". [...] Y es que o mucho me equivoco, o la democracia parlamentaria liberal llegó después de Franco con el perjurio de unos cuantos señores.
    No. Se lo pregunto a alguien (como usted) que sostiene que las bases ideológico-políticas sobre las que se fundamenta el régimen constitucional de Franco son substancialmente distintas a las que fundamentan (poder constituyente, soberanía nacional) el actual o cualquiera de los otros regímenes revolucionarios habidos en suelo español desde 1833.

    Por sus contestaciones, no veo por ahora que exista esa diferencia esencial. Pero quedo a la espera de las aclaraciones y ampliaciones solicitadas.

    .
    Última edición por Martin Ant; 19/10/2020 a las 13:15
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  14. #14
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    No se trataba de los "Consejeros del Reino", sino que se trataba del informe del Consejo Nacional del Movimiento. Le aclaro esto, por si le sirve a usted para modificar o ampliar su respuesta en este punto.
    Obviamente, esto se trata de una errata mía, naturalmente me estoy refiriendo a los Consejeros del Movimiento, y no a los Consejeros del Reino que eran básicamente un organismo consultivo. Lapsus por mi parte.

    Por supuesto, Franco se autoconcedió poderes extraordinarios que le hacían estar por encima de su propia Constitución. Pero tuvo la delicadeza de ir dando ejemplo a su futuro sucesor:
    No, jurídicamente Franco no estaba "por encima de su propia Constitución" (de hecho no existía Constitución como tal) sino Leyes Fundamentales cuya base jurídica es otra que no reside en la Soberanía Nacional, pues se entiende que el único Poder Soberano reside en Dios*. Franco estaba sujeto a la legalidad establecida igual que los demás, pero con unas facultades de Gobierno, jurídicas y de nombramientos amplísimas; también hay que pensar que esta Legislación fue elaborándose a lo largo de mucho tiempo.

    II*

    La Nación española considera como timbre de honor el ACATAMIENTO a la Ley de Dios, según la DOCTRINA de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, única verdadera y fe inseparable de la conciencia nacional, que INSPIRARÁ su legislación.

    https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1967-40312


    ¿Considera entonces usted que los diputados que se opusieron a la llamada Ley para la Reforma Política (aprobada por las "Cortes" franquistas y en referéndum) tenían razón al argumentar que era inconstitucional, que incurría en "contrafuero"? ¿Está usted de acuerdo con las razones que ellos aducían?
    Pues como he dicho anteriormente, creo que tenían todo el derecho a oponerse a esa Ley, en efecto. También hay que tener en cuenta que MUCHOS de los que ingenuamente votaron "SÍ" a esa Reforma Política luego se arrepintieron pues realmente NO SABÍAN hacia dónde iba España después de aquello, y que desembocaría en algo como lo que tenemos ahora. Tal fue el caso de doña Pilar Primo de Rivera, el Almirante don Gabriel Pita da Veiga o don Gonzalo Fernández de la Mora (por ej). El propio Fernández de la Mora lo explicó claramente en este otro hilo:

    "El fraude sistemático":

    https://hispanismo.org/historia-y-an...el-bunker.html

    No. Se lo pregunto a alguien (como usted) que sostiene que las bases ideológico-políticas sobre las que se fundamenta el régimen constitucional de Franco son substancialmente distintas a las que fundamentan (poder constituyente, soberanía nacional) el actual o cualquiera de los otros regímenes revolucionarios habidos en suelo español desde 1833.
    En absoluto creo que fuera muy homologable jurídicamente el Sistema de turnismo político que hubo en la Restauración, basado en una Constitución liberal y partidos políticos incluso republicanos y laicistas, con el Régimen de Franco (no me lo parece, vamos).
    Última edición por DOBLE AGUILA; 19/10/2020 a las 19:55

  15. #15
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Veo que trata de eludir mis preguntas. Bueno. Trataré de concretarlas aún más, y le facilitaré también datos que puedan ayudar a su contestación.

    Obviamente, esto se trata de una errata mía, naturalmente me estoy refiriendo a los Consejeros del Movimiento, y no a los Consejeros del Reino que eran básicamente un organismo consultivo. Lapsus por mi parte.
    Bien. Pero la cuestión es que el Consejo Nacional del Movimiento, por un lado, constituía el órgano del Estado encargado de velar por la ortodoxia ideológica del Régimen:

    Artículo veintiuno

    Son fines del Consejo Nacional, como representación colegiada del Movimiento, los siguientes:

    [...]

    b) Defender la integridad de los Principios del Movimiento Nacional y velar por que la transformación y desarrollo de las estructuras económicas, sociales y culturales se ajusten a las exigencias de la justicia social.

    Ley Orgánica del Estado de 1967


    Y en virtud de esta función, se le confería también el siguiente cometido, en caso de que el Gobierno presentara un proyecto de reforma constitucional:

    Artículo veintitrés

    Para el cumplimiento de los fines señalados en el artículo veintiuno, el Consejo Nacional tendrá las siguientes atribuciones:

    [...]

    b) Sugerir al Gobierno la adopción de cuantas medidas estime convenientes a la mayor efectividad de los Principios del Movimiento y demás Leyes Fundamentales del Reino, y, en todo caso, conocer e informar, antes de su remisión a las Cortes, cualquier proyecto o modificación de Ley Fundamental.

    Ley Orgánica del Estado de 1967

    Así pues, el Gobierno Suárez envió su proyecto de reforma constitucional (la llamada "Ley para la Reforma Política") al Consejo Nacional del Partido Único de Franco, y éste emitió su preceptivo Informe, en el que nada objetaba desde el punto de vista de una supuesta violación o ruptura con el orden constitucional franquista. (Véase el Informe aquí: Proyecto Ley Reforma Política e Informe Consejo Nacional (21-10-1976).pdf).

    Si el órgano oficial del franquismo encargado de defender e interpretar correctamente al sistema franquista, no ponía objeción alguna a la llamada "Ley Para la Reforma Política", ¿no será que éste no tenía en absoluto una naturaleza rupturista con el ordenamiento franquista sino simplemente reformador, ni por tanto "se consumó una fechoría" (utilizando las propias palabras de usted)?

    No, jurídicamente Franco no estaba "por encima de su propia Constitución" (de hecho no existía Constitución como tal) sino Leyes Fundamentales cuya base jurídica es otra que no reside en la Soberanía Nacional, pues se entiende que el único Poder Soberano reside en Dios*. Franco estaba sujeto a la legalidad establecida igual que los demás, pero con unas facultades de Gobierno, jurídicas y de nombramientos amplísimas; también hay que pensar que esta Legislación fue elaborándose a lo largo de mucho tiempo.
    Me temo que esta afirmación suya es completamente falsa. Franco sí estaba por encima de su propio ordenamiento constitucional, en virtud de poderes extraordinarios que se dio él a sí mismo, y así lo confirmaban sus mismas llamadas "Leyes Fundamentales":

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS

    Primera

    [...]

    II. Las atribuciones concedidas al Jefe del Estado por las Leyes de treinta de Enero de mil novecientos treinta y ocho y de ocho de Agosto de mil novecientos treinta y nueve, así como las prerrogativas que le otorgan los artículos sexto y trece de la Ley de Sucesión, subsistirán y mantendrán su vigencia hasta que se produzca el supuesto a que se refiere el párrafo anterior [es decir, la muerte de Franco y la toma de poder de su sucesor].

    Ley Orgánica del Estado de 1967

    Estas "leyes" le daban poderes omnímodos para hacer y deshacer cuanto quisiera en su propia "legislación". (Véanse aquí: Ley de poderes del Jefe del Estado (30.01.1938).pdf y Ley de poderes del Jefe del Estado (08.08.1939).pdf).

    Pues como he dicho anteriormente, creo que tenían todo el derecho a oponerse a esa Ley, en efecto
    Sí. Ya lo sé que dijo que ellos tenían derecho a oponerse y votar en contra en las "Cortes". Pero yo le preguntaba por las razones que ellos aducían, y si usted estaba de acuerdo con ellas.

    Ellos argumentaban que la llamada "Ley para la Reforma Política" constituía una ruptura con el ordenamiento constitucional franquista; que éste impedía que se pudiera aprobar semejante "Ley"; y que, por lo tanto, se estaba violando ese susodicho ordenamiento.

    Le reproduzco el texto de la enmienda a la totalidad de Blas Piñar (lo tomo de este otro hilo) para aclarar mejor la posición de los oponentes:

    Toda reforma de nuestro ordenamiento jurídico debe encaminarse a la perfección del Sistema edificado sobre (los Principios del Movimiento Nacional) y no a deteriorarlo, desmontarlo o sustituirlo por otro.

    El proyecto de Reforma no sólo está en contradicción evidente con los “ideales que dieron vida a la Cruzada”, y que tales Principios recogen, sino que viola los señalados con los números II, IV, V, VII, VIII, IX y X.

    Conforme al artículo 1º de la Ley citada, todos y cada uno de los Principios que en la misma se enumeran y proclaman “son, por su propia naturaleza, permanentes e inalterables”.

    Por consiguiente: o se deroga la Ley de Principios, en cuyo caso se subvierte el orden constitucional y se cambia de Estado, o el proyecto de ley de Reforma Política es inviable.


    Conforme al artículo 2º de la Ley de Principios: “Todos los órganos y autoridades vendrán obligados a su más estricta observancia. El juramento que se exige para ser investido de cargos públicos habrá de referirse al texto de estos Principios Fundamentales”.

    Por consiguiente: no puede pedirse a las Cortes, como Cámara legislativa, ni a los procuradores en Cortes, que han prestado el juramento prescrito, que voten una ley que viola lo que se obligaron a cumplir con la “más estricta observancia”.


    Conforme al artículo 3º de la Ley de Principios: “Serán nulas las leyes y disposiciones de cualquier clase que vulneren o menoscaben los Principios proclamados en la presente Ley Fundamental del Reino”.

    Por consiguiente: tratándose de un proyecto de ley de Reforma Política que vulnera y menoscaba los Principios enunciados, procede, en razón de su manifiesta nulidad, su devolución al Gobierno.


    Madrid, 28 de octubre de 1976.

    Así pues, reitero de nuevo: estos razonamientos de los que se oponían a la llamada "Ley para la Reforma Política", ¿eran correctos o no ? ¿Está usted de acuerdo con ellos, o no?
    Kontrapoder dio el Víctor.

  16. #16
    DOBLE AGUILA está desconectado Miembro Respetado
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    Re: ¿Ocasión frustrada? (Blas Piñar)

    Veo que trata de eludir mis preguntas. Bueno. Trataré de concretarlas aún más, y le facilitaré también datos que puedan ayudar a su contestación.
    No hombre no, yo no eludo nada; por eso estoy aquí debatiendo con usted como tantas otras veces

    Bien. Pero la cuestión es que el Consejo Nacional del Movimiento, por un lado, constituía el órgano del Estado encargado de velar por la ortodoxia ideológica del Régimen:
    (...)

    Y en virtud de esta función, se le confería también el siguiente cometido, en caso de que el Gobierno presentara un proyecto de reforma constitucional:
    (...)

    ¿Y?.

    Me temo que esta afirmación suya es completamente falsa. Franco sí estaba por encima de su propio ordenamiento constitucional, en virtud de poderes extraordinarios que se dio él a sí mismo, y así lo confirmaban sus mismas llamadas "Leyes Fundamentales":
    Bien, y yo le digo que no; que yo sepa, no hay ningún texto legal que afirme claramente que el Jefe del Estado esté POR ENCIMA del Ordenamiento Jurídico; y ahora si es tan amable, adjunte en qué se basa para afirmar tal cosa; y no olvide tampoco algo importante en su enjundiosa (seguro) argumentación académica: Los supuestos poderes extraordinarios emanan también de normas jurídicas, y por tanto se encuadran dentro de las propias leyes en las que están contenidas.

    Estas "leyes" le daban poderes omnímodos para hacer y deshacer cuanto quisiera en su propia "legislación". (Véanse aquí: Ley de poderes del Jefe del Estado (30.01.1938).pdf y Ley de poderes del Jefe del Estado (08.08.1939).pdf).
    ¿Seguro?. pues haga el favor de sustentar con mayor concreción esa supuesta "facultad omnímoda" para hacer y deshacer en la Legislación; yo lo que he dicho, es que sus atribuciones como Jefe de Estado eran amplísimas (pero claro, no "omnímodas"); y además le he recordado algo que venía concretamente en artículo 17 de los enlaces que ha puesto:

    Artículo 17º:

    Al Jefe del Estado, que asumió todos los Poderes en virtud de la Junta de Defensa Nacional de 29 de septiembre de 1936, corresponde la suprema potestad de dictar normas jurídicas de CARÁCTER GENERAL.

    Las disposiciones y resoluciones del Jefe del Estado PREVIA DELIBERACIÓN DEL GOBIERNO, y a PROPUESTA del Ministro de ramo, adoptarán la forma de Leyes CUANDO AFECTEN a la estructura orgánica del Estado o constituyan las normas PRINCIPALES del Ordenamiento Jurídico del país, y Decretos en los demás casos.

    "Omnímodo, da": Del lat. omnimŏdus.

    1. adj. Que lo abraza y comprende todo.

    https://dle.rae.es/omn%C3%ADmodo

    Pues comprobamos entonces, que Franco NO abrazaba ni lo comprendía todo en su poder, siendo este notable.

    Así pues, reitero de nuevo: estos razonamientos de los que se oponían a la llamada "Ley para la Reforma Política", ¿eran correctos o no ? ¿Está usted de acuerdo con ellos, o no?
    Y yo le reitero también que esta exposición razonada por Don Blas Piñar, me parece adecuada y pertinente; lo que no obsta para que (por desgracia en mi opinión) la propia Estructura del Régimen quedara en adelante liquidada por esa Ley, tan astuta como arteramente construída por un auténtico maestro del Derecho y especialista en la materia (además de maquinador político): Don Torcuato Fernández Miranda.

    Así pues, para el Derecho Positivo, que al fin y al cabo es el que opera en tiempo y forma (mal que nos pese) el Régimen había dejado de existir legalmente; por más que fuera mediante una Ley espuria PERO ACEPTADA por el propio Régimen; ASÍ SON LAS COSAS. Y me parece que sobre esto ya hemos hablado con anterioridad.
    Última edición por DOBLE AGUILA; 19/10/2020 a las 23:24

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