Dificultad (9)
El espíritu de Cristo es de caridad, no de venganza; y por consiguiente, la pena de muerte está en contradicción con el espíritu del cristianismo.
Además, Cristo suprimió, en el capítulo V de S. Mateo, la pena de muerte, porque mencionando allí Cristo las penas de la ley mosaica contra el homicidio, adulterio, etc., no declara que deban continuar siendo aplicadas.
Luego fueron suprimidas y también lo fue la pena de muerte, ya por pertenecer a la Ley mosaica y no corroborarla Cristo expresamente, ya porque en el mismo capítulo proclama la ley de amor de que “no quiere la muerte del pecador, sino que se convierta y viva”.
Respuestas:
Se responde lo más brevemente posible a este galimatías del jurista sueco Olivecrona:
1º. El espíritu del cristianismo es de caridad; y esto no obstante, lejos de oponerse a la pena de muerte, la exige.
2º. Cristo no trata en el Capítulo V de San Mateo de la pena de muerte ni cosa que se le parezca.
3º. Si Cristo no declara que la pena de muerte deba continuarse, tampoco manda que deba suprimirse, y así, de suyo, debe continuar hasta que se derogue.
4º. La pena de muerte no sólo es de ley positiva, cual es la mosaica, sino también principalmente de ley natural.
5.º Si allí prohíbe la venganza, hace muy bien; porque siempre es mala. Si prohíbe tomarse la justicia por sí mismo, también hace muy bien; pues para eso está la Autoridad;
pero jamás prohíbe el recurso a ésta para exigir justicia del agravio recibido; ni, si el agravio es tal que merezca la muerte, que efectivamente se aplique por quien debe aplicarse: la Autoridad.
6.º Jesucristo proclama, sí, allí, la ley de amor; pero no con las palabras que Olivecrona aduce, porque esas no son de Cristo, sino de Ezequiel, c. 33, 11, ni Cristo las trae allí a cuento para nada, ni aunque las trajera probaría lo que pretende Olivecrona, pues se refieren a la muerte eterna y no a la temporal; porque si a ésta se refirieran, bastaría pecar siempre para no morir nunca. ¡Óptima paga del pecado!
7º. Finalmente, porque si “el espíritu de amor” prohibiese a la Autoridad imponer a un delincuente la pena de muerte, también le prohibiría muchas otras.
Si no ¿qué amor al reo sería el del juez que le impusiere, por ejemplo, una pena de 20 años de reclusión o una multa de un millón de pesos? ¡Me río yo de ese amor!... En otras palabras, que el argumento, si algo , probaría demasiado y, por tanto, no prueba nada.
.
Marcadores