re: Asturias de Santillana / La Montaña / Cantabria
Historia de las instituciones de Cantabria:
Finales del S. XII - Las Merindades
Desde finales del siglo XII se nombran en Castilla oficiales con funciones inicialmente coactivas, que luego se van aumentando, sobre determinados territorios. Serán los merinos y adelantados.
El territorio de Cantabria está integrado en la Merindad Mayor de Castilla, con una cierta capitalidad en Burgos, y que agrupa terrenos de Cantabria, Burgos, Palencia, Valladolid, León, Soria, Álava, La Rioja y Asturias.
A su vez estaba dividida en Merindades Menores. Las Merindades Menores que en 1351 cubrían algún territorio de la actual Cantabria eran:
•Merindad de Aguilar de Campoo.
•Merindad de Liébana y Pernía.
•Merindad de Asturias de Santillana.
•Merindad de Trasmiera.
•Merindad de Vecio.
•Merindad de Castilla Vieja.
Villas y Fueros
El paso a la Baja Edad Media trae un cambio a una sociedad más urbana y la aparición de las villas.
En este contexto bajomedieval nacen las villas, que son aldeas que han cambiado su denominación a villas por tres razones:
• Por cambio de tamaño natural.
• Por fueros.
• Por privilegio de Villazgo.
Los Fueros municipales deben de ser entendidos como sinónimo de privilegio, de derecho privilegiado. Son ordenamientos especiales que concede el monarca a una población, buscando que crezca con fines económicos o estratégicos.
Los fueros se pueden dividir en fueros breves y extensos; o en fueros de francos, y fueros de la extremadura, para quienes vivían en territorios limítrofes entre cristianos y musulmanes.
El mismo fuero se le podía conceder a más de una población, dando lugar a una familia de fueros.
Fueros en la Cantabria de los s.XII y XIII:
•Castro Urdiales: 1163. Basado en el fuero de Logroño.
•Santander: 1187. Basado en el fuero de Sahagún.
•Laredo: 1200. Idéntico al de Castro Urdiales y Logroño.
•Santillana del Mar: 1209. Es el de Santander.
•San Vicente de la Barquera: 1210. Basado en el fuero de San Sebastián.
•Valle de Toranzo: 1337. No es realmente un fuero, sino una confirmación de derechos tradicionales.
Los Señoríos
Señorío: asunción por parte de una persona de ciertas atribuciones jurisdiccionales que ostenta generalmente el Monarca o Estado. Podía ser por donación, pago a servicios prestados, herencia, ocupación, etc.
Podía ser eclesiástico (de una iglesia o parroquia) o solariego (seglar). También lo podía llevar a cabo una orden militar.
Existían también los hombres de behetría, aquellos que podían optar entre continuar siendo totalmente libres o acogerse a la protección de un señor, escogiendo a cualquier persona (behetría de mar a mar) o a alguien de una determinada familia (behetría de linaje).
Los Señoríos en Cantabria:
image.jpg
• Señorío de la Casa de la Vega-Duque del Infantado: Marquesado de Santillana, Marquesado de Argüeso, Mayordomado de la Vega, Liébana y otros.
image.jpg
• Señorío de la Casa de Velasco: Sobra, Ruesga y Villaverde.
image.jpg
• Señorío de los Condes de Castañeda: Castañeda, Cartes, Iguña, Puentenansa, Val de San Vicente, entre otros.
image.jpg
• Conde de Escalante: Villa de Escalante, Valle de Valdáliga, y otros.
image.jpg
• Otros señoríos laicos: Bravo de Hoyos (zonas de Valdeolea), Ceballos Guerra (Rioseco y zonas de Cayón), Sánchez de Tagle (Aguayo), Mioño (San Vicente de León y Los Llares), Pero Niño (Buelna), Vega del Sella (Coto de Estrada), compartido por tres familias en Tresviso.
Última edición por Michael; 05/08/2013 a las 10:00
La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.
Antonio Aparisi
Marcadores