El orden me parece correcto. Lo primero la defensa de la religión católica, luego todo lo demás... Y en el punto primero no olvidarse de tomarse todas las medidas habidas y por haber para llevar a cabo todo lo descrito en la DSI, desarrollándose de este modo los posteriores temas conforme a los principios que en diferentes encíclicas ha expuesto nuestra Iglesia.
Empezando por la primera de la lista que aquí expongo, ir desarrollando en nuestro ordenamiento jurídico, todas y cada una de estas magníficas encíclicas:
León XIII
Rerum Novarum (1891)
Pío XI
Quadragesimo Anno (1931)
Divini Redemptoris (1937)
Mit Brennender Sorge (1937)
Sin olvidarnos jamás de la Humanae Vitae, ni de las magníficas encíclicas de S.S.Benedicto XVI, Deus Caritas Est y Caritas in Veritate.
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