LOA DE LAS CARACTERÍSTICAS ESPAÑOLAS:
- IDEAS
b) POLÍTICAS.
EL REY:
203
“Los reyes en la tierra son a semejanza de Dios, et tener por cierto que, segunt los merecimientos del pueblo, si andan et viven en las causas de Dios, et guardan las sus leyes et los mandamientos et le aman et le sirven como deben, dales Dios buenos reyes derechureros et piadosos que los mantengan en paz et en justicia et vive el pueblo con ellos como los fijos con el padre.
Et cuando el pueblo yerra contra Dios et non le sirven como deben, dales Dios reyes torticieros et crueles et cobdiciosos et cumplidores de sus voluntades et desordenados et destruidores del pueblo. Et tales reyes como éstos no son llamados reyes, mas son llamados tiranos”.
DON JUAN MANUEL, ‘Libro de los Castigos’. (1342-44)
204
“El rey es cabeça e fundamento de su República, de cuya virtut todos los miembros resçiben influençias virtuosas, e cuyos fechos saon a su pueblo neçesarios enxienplos.”
RUY SÁNCHEZ DE ARÉVALO (1404-1470), ‘Vergel de los Príncipes’
205
“Este nombre de rey de buen regir desciende,
Quien ha buena ventura, bien así lo entiende,
El que bien a su pueblo gobierna y defiende,
Este es rey verdadero, tírese el otro dende.
De un padre, de una madre con ellos descendemos.
Una naturaleza ellos y nos habemos,
De vivir y morir una ley tenemos,
Sólo obediencia que les leal debemos.
Quiera por su merced Dios les ayudar,
Que puedan los sus pueblos regir y gobernar
Con paz y con sosiego, que gran cuenta han de dar
A aquel Rey verdadero, que la sabrá tomar.
Dios les guarde de guerras y de todo bullicio,
Puedan bien responder a Dios de su oficio,
Mas mal pecado andan fuera de su quicio:
Quien les dice el contrario non entiende que es perjuicio.
Dios les de buen consejo que lo quieran creer,
Y puedan en sus tierras justicia mantener:
Según que lo yo entiendo mucho es menester,
Que veo los sus pueblos suspirar y gemer.
Y Dios no menosprecia la pobre oración,
Mas antes la recibe y oye a toda sazón
Quien humildemente le ruega y de buen corazón:
Si justamente lo pide, oído es su sermón.”
.............
“Deben ser los reyes muy mucho avisados,
De bien examinar entre los sus privados,
No amen lisonjeros ni mucho arrebatados;
Si así se engañaren, ellos son los culpados.”
P. LÓPEZ DE AYALA (1332-1407), ‘Rimado de Palacio’.
206
“Todos devemos temer
E amar con devoçión,
Al rey que por discreçión
Nos muestra su buen saber,
Dando nos a entender,
Ssegunt los verbos ancianos,
Que es su coraçón en manos
Del soberano poder.
.....................
Pues Dios lo fiso nasçer
En sygno e constelación
De conplida perfeción
En mañas e en paresçer,
El lo quiera engrandesçer
Sobre los reyes christianos,
Tanto que sus comarcanos
Lo vengan a obedesçer.
Tal rey meresçen aver
Los que son del todo sanos:
Gozen con él castellanos,
Ssyn le errar nin fallesçer”.
FERRANT MANUEL DE LANDO, ‘Desir’ (Cancionero de Baena).
207
“Deven los reyes prudentes
Ser fuertes e justicieros,
Temprados, dottos, sçientes,
Caritativos, non fieros;
Ser christianos verdaderos,
E bravos a los infieles;
A los suyos non crueles,
En las lides cavalleros.
.....................
Al que paga lo prestado,
Préstanle de buena mente;
Non es punto avergoñado
Nin en blasmo de la gente.
Rey, pues set vos diligente
En pagar e refferir,
Pues vos vemos resçebir
Liberal e francamente.”
MARQUÉS DE SANTILLANA.
208
“¡O pues, reyes que reynáys!
¡O magnos emperadores,
Condes, duques e señores
Que las tierras sojudgáys!
Pues los tributos leuáys
Con no pequeña cobdicia,
Tened en paz e justicia
Los pueblos que despecháis.
Amad vuestros caualleros,
Honrad mucho a los perlados,
En tiempos acostunbrados
Tened francos los porteros;
Apartad los lisongeros,
Remunerad los seruiçios,
Nunca desde los oficios
De justiçia por dineros.”
......................
“Mi consejo principal
Es, grand señor, que leays,
Porque sabiendo, sepays,
Disçernir el bien del mal.
Que si la sabiduría
Es a todos conuiniente,
Más a la gran señoría
De los que han de ser guía
Y gouernalles de gente.
.................................
Con esperança desnuda
De la fe y la caridad
Alcançar felicidad,
Yo, señor, fago gran dubda.
Pues a cualquier miserable
Deueys ser caritatiuo;
A los buenos amigable,
A los fuertes espantable,
A los peruessos esquino”.
GÓMEZ MANRIQUE, ‘Debate de la razón contra la voluntad’.
209
“Tened en vuestros consejos
Ombres justos, sabidores,
De la virtud zeladores,
En las discriciones viejos;
Que maguer la luenga hedad
Faga los onbres sesudos,
Los que son en moçedad
Quando viejos son más rudos”
GÓMEZ MANRIQUE, ‘Regimiento de Príncipes’.
EL REY Y EL REINO:
210
“Reino se llama a la tierra que tiene rey por señor, y él tiene también nombre de rey por los hechos que ha de hacer en ella, manteniéndola con justicia y con derecho.”
LAS PARTIDAS DE ALFONSO EL SABIO.
211
“Están de acuerdo con lo dicho todos los antiguos filósofos, estimando que la mejor organización política y manera de vivir que existe es estar bajo el gobierno de un rey bueno, grande, noble y sabio. Porque, como es sabido, teniendo aquél de manera perpetua y por largo tiempo el gobierno, tiene conocimiento de sus vasallos y estos de él y conoce sus méritos y el valor de los mejores y mayores, de manera que pueda dar a cada uno beneficios y otras cosas necesarias, según su mérito, cuidando mejor de que la nación tenga buenos gobernantes”.
FRANCISCO EXIMENIS (1340-1409), ‘Regiment de princeps’
212
“Entre las distintas formas de gobierno, la monarquía real es la mejor, porque en un sólo príncipe no hay la discordia que se da entre varios. Además, es mejor este principado porque el que más se acerca a la naturaleza lo es, y como el principado monárquico es el que más se asemeja, es el mejor”.
ALONSO DE MADRIGAL ‘EL TOSTADO’ (1410-1455) ‘Repetitio de optima politia’
213
“Rey tanto quiere decir como regidor, ca sin falla á él pertenesce el gobernamiento del regno, et segunt dixieron los sabios amigos, señaladamente Aristóteles en el libro que se llama Politica, en el tiempo de los gentiles el rey non tan solamente era guiador et cabdiello de las huestes, et juez sobre todos los del regno, mas aun era señor sobre las cosas espirituales que estonce se facien por reverencia et por honra de los dioses en que ellos creien, et por ende lo llamaban rey, porque regie también en lo temporal como en lo espiritual. Et señaladamente tomo el rey nombre de nuestro señor Dios, ca asi como él es dicho rey sobre todos los otros reyes, porque del han nombre, et él los gobierna et los mantiene en su lugar en la tierra para facer justicia et derecho; así ellos son tenudos de mantener et de gobernar en justicia et en verdat á los de su señorío. Et aun otra manera mostraron los sabios por que el rey es asi llamado, et dixieron que rey tanto quier decir como regla, ca bien asi como por ella se conoscen todas las torturas et se endereszan, asi por el rey son conoscidos los yerros et enmendados.” .......................“Verdaderamente es llamado rey aquel que con derecho gana el señorío del regno, et puédese ganar por derecho en estas quatro maneras: la primera es quando por heredamiento hereda los regnos el fijo mayor, o alguno de los otros que son mas propíneos parientes á los reyes al tiempo de su finamiento; la segunda es quando lo gana por avenencia de todos los del regno que lo escogen por señor, non habiendo pariente que deba heredar el señorío del rey finado por derecho ; la tercera razon es por casamiento, et esto es quando alguno casa con dueña que es heredera de regno, que maguer él non venga de linage de reyes, puédese llamar rey después que fuere casado con ella; la quarta es por otorgamiento del papa ó del emperador quando alguno dellos face reyes en aquellas tierras en que han derecho de lo facer: et los que ganan los regnos en alguna de las maneras que desuso deximos son dichos verdaderamente reyes”.............................
“Tirano tanto quiere decir como señor cruel, que es apoderado en algun regno o tierra por fuerza, o por engaño, o por traición: et estos tales son de tal natura, que después que son bien apoderados en la tierra, aman más de facer su pro, maguer sea a daño de la tierra, que la pro comunal de todos, porque siempre viven a mala sospecha de la perder.
Et porque ellos pudiesen cumplir su entendimiento más desembargadamente, dixieron los sabios antiguos que usaron ellos de su poder siempre contra los del pueblo en tres maneras de artería: la primera es que puñan que los de su señorío sean siempre necios et medrosos, porque cuando atales fuesen non osaríen levantarse contra ellos, nin contrastar sus voluntades; la segunda que hayan desamor entre sí, de guisa que non se fíen unos dotros; ca mientra en tal desacuerdo vivieren non osarán facer ninguna fabla contra él, por miedo que non guardaríen entre sí fe nin poridat; la tercera razón es que puñan de los facer pobres, et de meterlos en tan grandes fechos que los nunca puedan acabar, porque siempre hayan que veer tanto en su mal que nunca les venga a corazón de cuidar facer tal cosa que sea contra su señorío.
Et sobre todo esto siempre puñaron los tiranos de estragar a los poderosos, et de matar a los sabidores, et vedaron siempre en sus tierras confradías et ayuntamientos de los homes: et puñaron todavía de saber lo que se decíe o se facíe en la tierra: et fían más su consejo et la guarda de su cuerpo en los estraños porquel sirven a su voluntad, que en los de la tierra quel han de facer servicio por premia.
Otrosí decimos que maguer alguno hobiese ganado señorío de regno por alguna de las derechas razones que deximos en las leyes antes désta, que si él usase mal de su poderío en las maneras que dixíemos en esta ley, quel puedan decir las gentes “tirano”, ca tórnase el señorío que era derecho en torticero, así como dixo Aristóteles en el libro que fabla del regimiento de las ciudades et de los regnos”.
LAS PARTIDAS DE ALFONSO X EL SABIO.
214
“Hijo mío: es cosa natural y de razón probada, según yo ahora te diré y te mostraré, que los vasallos deben por derecho servir y obedecer, guardar y honrar a su rey en mayor grado y estado; y pues que Dios le da sean reyes y señor natural, que en esto se juntan dos señoríos: el primero, señorío del reino; el segundo, señorío de la naturaleza, que es señorío que hereda de sangre y de hueso. Gran cosa es y muy de apreciar cuando el señor puede decir a sus vasallos: ‘Yo soy vuestro rey y vuestro señor natural de padre y de abuelo y de bisabuelo”.
..............................
“En la mano derecha tiene aquel rey una espada, por la cual se demuestra la justicia en que debe mantener su reino; que así como la espada corta por los dos lados, así la justicia debe cortar igualmente a unos y a otros sin bandería ni mal deseo, pues todo el poder del rey está en tres cosas: la primera en su palabra; la segunda, en la pluma con que escribe sus órdenes, de lo que él ha de mandar; la tercera, en la espada con que apremia a sus enemigos y con que hace justicia a los suyos, pues la espada corta por premio y por justicia las cabezas de los que hacen mal, y la pluma, si no escribe como debe, el rey ha de cortarle a ella la cabeza. Y como quiera que el poder de la espada es grande, mayor es el poder que la tiene, sobre todo es de poder mayor la palabra del rey”.
REY DON SANCHO IV (1258-1295), ‘Libro de los castigos’.
EL REY Y LA MONARQUÍA:
215
“Nueve cosas yo fallo con cuales tú verás
El grant poder del rey en que l' conosçerás,
Las tres de mucha lonje tierras las entendrás;
Las seis son en el regno, cuáles aquí sabrás.
Si sus embajadores envía bien ordenados,
Caballeros buenos, doctores bien letrados,
Con buen apostamiento e bien acompañados,
De los que a ellos veen luego serán notados.
«Algunt muy grande príncipe», dizen, «cierto será
El que tal embajada honrada enviará»:
El que nunca le vio luego le notará,
E su fama muy grande non la olvidará.
La segunda, si veen su carta mensajera
En nota bien fermosa, palabra verdadera,
En buena forma scripta, e con fermosa cera
Cerrada, bien sellada, con día, mes e era.
Si veen su moneda que es bien fabricada
De oro e de plata, redonda, bien cuñada,
Rica, de buena ley, en todo bien guardada,
Esta es la tercera señal, d'él muy granada.
Otrosí en el regno tres otras debe haber,
Que todo rey o príncipe las debe escoger
Para ser muy presciado e muy famoso ser,
El que non le amase que le pueda temer.
Que sean las sus villas de muro bien firmadas,
Grandes torres e fuertes, altas e bien menadas,
Las puertas muy fermosas e mucho bien guardadas,
Que diga quien las viere que están bien ordenadas.
Otrosí sus posadas que parescan reales,
Alcázares muy nobles e otras casas tales,
Unas fuertes e rezias, otras llanas, eguales,
Labradas muy fermosas de buenos menestrales.
Otrosí en su regno tenga oficiales honrados,
Juezes e merinos, buenos adelantados,
Todos de conciencia, ricos e abonados,
E en guardar la justicia sean bien avisados.
Otras tres cosas son: qu' el rey debe tener
En la su casa grande por quien puedan saber
Todos los que lo vieren que lo deben haber
Por príncipe honrado e de buen parescer.
Para servir a Dios haya toda vegada
Su capilla muy noble, muy rica, apostada,
De nobles ornamentos, fermosa, bien ornada,
De buenos capellanes muy bien acompañada.
Otrosí en su consejo haya hombres honrados,
Ancianos caballeros e notables prelados,
Buenos homnes maduros, dotores e letrados,
Estén cabe su estrado, todos bien asentados.
Los que vieren al rey en tal consejo estar
Ternán que los sus fechos non se pueden errar,
Ca por buenas cabezas ha todo a pasar,
Que antes que determinen lo habrán de examinar.
Otrosí sea su casa en todo muy granada,
Su mesa bien servida, solepnemente honrada,
Su cámara guarnida, mucho bien apostada,
E de gente baldía su puerta muy dubdada.
Aquestas nueve cosas que suso he contado
Fazen a cualquier rey crescer el su estado
En honra e en provecho, donde será honrado:
Quien las bien comidiere non lo terná errado.
E debe abdiencia de sí siempre otorgar,
Ca muchos son los homnes que tienen de librar,
Escuche con sosiego e luego quiera dar
A los homnes respuesta, non los faga tardar.
Si le pidieren cosa que él deba fazer,
Catados sus servicios, débelo prometer
E mandarlo librar sin más ý detener,
Que lo que así se da grant pro suele tener.
Si en lo que le demandan dubda si es derecho,
Mande que los letrados lo vean el tal fecho,
E lo libren por fuero, sin precio e sin pecho,
Pues han buenas soldadas, non judguen por conhecho.
Si piden la ración o tierra servidores,
Mande que gelo libren luego los contadores.
Librando así los fechos folgarán los señores
E pasarán mejor los pobres pecadores.
Si fuere bien regido el rey o el señor,
A todo el su pueblo habrá con grant amor:
Ca cual él en sí fuere, o bueno o mejor,
Tal querrá parescerle luego el su servidor.
Por enjiemplo del rey el regno es gobernado,
Si él fuere muy justo e bien acostumbrado,
Tal será el vasallo por le fazer pagado;
Si de otra maña fuer', todo irá errado.”
PERO LÓPEZ DE AYALA (1332-1407), ‘Rimado de Palacio’
DEBERES DEL REY:
216
“Amado debe seer mucho el pueblo de su rey, et señaladamente les debe mostrar amor en tres maneras: la primera habiendo merced dellos faciéndoles bien quando entendiere que lo han menester: ca pues que él es alma et vida del pueblo, asi como dixieron los sabios, muy aguisada cosa es que haya merced dellos como de aquellos que esperan vevir por él, seyendo mantenidos con justicia: la segunda habiéndoles piedat et doliéndose dellos quando les hobiese á dar alguna pena con derecho: ca pues que él es cabeza de todos, dolerse debe del mal que rescibieren, asi como de sus miembros; et quando desta guisa ficiere contra ellos seerles ha como padre que cria á sus fijos con amor, et los castiga con piedat, asi como dixieron los sabios: la tercera habiéndoles misericordia para perdonarles á las vegadas la pena que merescieren por algunos yerros que hobiesen fecho; ca como quier que la justicia es buena cosa en si, et de que debe el rey usar siempre, con todo eso fácese muy cruel quando á las vegadas non es temprada con misericordia: et por eso la loaron mucho los sabios antiguos et los santos, et señaladamiente dixo el rey David en esta razon que estonce es el regno bien mantenido quando la misericordia et la verdat se fallan en uno, et la paz et la justicia se besan.
Et honrarlos debe otrosi en tres maneras: la primera poniendo á cada uno en el logar quel conveniere por su linage, ó por su bondat ó por su servicio; et otrosi mantenerle en él non faciendo por que lo debiese perder; ca estonce será asentamiento del pueblo, segunt dixieron los sabios: et la segunda honrándolos de su palabra loando los buenos fechos que fecieron en manera que ganen por ende buena fama et buen prez: la tercera queriendo que los otros lo razonen asi, et honrándolos desta guisa será él honrado por las honras dellos.
Otrosi los debe guardar en tres maneras: la primera de sí mismo non les faciendo cosa desaguisada, la que non querrie que otro les feciese, nin tomando dellos tanto en el tiempo que los podiese escusar que despues non se podiese ayudar dellos quando los hobiese , et guardándolos asi será ayuntamiento de ellos que se non espargan, et acrescentarlos ha asi como lo suyo mismo: la segunda manera en que los debe guardar es del daño dellos mismos quando feciesen los unos á los otros fuerza ó tuerto. Et para esto ha que los tenga en justicia et en derecho, et non consienta á los mayores que sean soberbios, nin tomen, nin roben, nin fuercen nin fagan daño en lo suyo á los menores: et estonce será atal como dixieron los sabios, que debie seer apremiador de los soberbios et esforzador de los homillosos: et guardándolos de esta guisa vivirán asesegadamente, et habrá cada uno sabor de lo que hobiere: la tercera guarda es del daño que les podrie venir de los defuera que se entiende por los enemigos: ca destos les debe él guardar en todas las maneras que podiere, et será entonce muro et esperanza dellos, asi como dixieron los antiguos que lo debe seer.
Onde el rey que honrare, et amare et guardare á su pueblo asi como sobredicho es, será amado, et servido et temido dellos, et terna verdaderamente el logar en que Dios lo puso, et tenerlo han por bueno en este mundo, et ganará por ende el bien del otro sieglo para siempre: et el que de otra guisa lo feciese, darle hie Dios por pena todo el contrario desto.”
.......................
“Acucioso debe el rey seer en guardar su tierra de manera que non se yermen las villas nin los otros logares, nin se derriben los muros nin las torres nin las cosas por mala guarda. Et otrosi que los árboles, nin las viñas nin las otras cosas de que los homes viven, non las corten, nin las quemen, nin las derraiguen nin las dañen de otra manera , nin aun por enemistad que hayan los unos contra los otros. Otrosi la debe guardar de los enemigos de fuera, de manera que non puedan en ella facer daño.”
LAS PARTIDAS DE ALFONSO X EL SABIO.
TESTAMENTO DEL REY:
217
“En el nombre del sumo e incomparable bien, que es Dios.
Yo Alfonso Rey de los aragoneses, pamploneses, sobrarbienses y ribagorzanos. Meditando y resolviendo en la mente que hizo a todos los hombres mortales por naturaleza; resolví en mi ánimo mientras disfruto vida y salud, ordenar cómo ha de quedar el reino a mí concedido por Dios, mis posesiones é intereses.
Pues temiendo al juicio divino, por la salud de mi alma, y también por la de mi padre y de mi madre, y la de todos mis parientes, hago este testamento por Dios y Nuestro Señor Jesucristo, y todos sus Santos.
Y primeramente con buen ánimo y espontánea voluntad ofrezco a Dios y la bienaventurada María de los pamploneses, y de San Salvador de Leire, el castillo de Estella, con toda la villa y con todo lo que pertenece al derecho real, para que sea la mitad de Santa María y la otra mitad de San Salvador; de igual modo dono a Santa María de Nájera y a San Millán el castillo de Nájera con todas sus cosas y honores que le pertenecen: también el de Tribia con todo su honor.
Y de todas estas cosas sea la mitad para Santa María y la otra mitad para San Millán: ofrezco también a San Salvador de Oviedo, San Esteban de Gormaz y Almazán con todas sus dependencias.
Lego también a Santiago de Galicia, Calahorra, Cervera y Turtulón con todas sus posesiones, lo mismo a Santo Domingo de Silos dejo el castillo de Sangüesa con la villa, con sus dos caseríos nuevo y viejo y su mercado.
Dejo igualmente al beato San Juan de la Peña, de la villa de Biel, con todo su honor, y a Bailo con la suya.
Y doy a San Pedro de Siresa aquel puente levantado, como está escrito en otras cartas; y Ardenes con todo su honor, y a Sosa con todo su valle de Aragüés, lo desierto y lo poblado hasta el puerto.
Asimismo para después de mi muerte, dejo por mi heredero y sucesor al Sepulcro del Señor, que esta en Jerusalén y a los que guarda(n) y lo conservan, y allí mismo sirven a Dios. Y al Hospital de los pobres que hay en Jerusalén; y al templo del Señor con los caballeros que allí vigilan para defender el nombre de la Cristiandad.
A estos tres concedo todo mi reino: también todo lo que tengo, conquistado en toda la tierra de mi reino; el Principado, el derecho que tengo en todos los hombres de mi tierra, tanto en los clérigos, como en los legos, obispos, abades, canónigos, monjes, nobles, caballeros, ciudadanos, rústicos y mercaderes, varones y hembras, pequeños y grandes, ricos y pobres, judíos y moros, con la misma ley y costumbre que mi padre y yo hemos tenido hasta ahora y debemos tener.
Añado también a la milicia del templo, mi caballo con todas mis armas; y si Dios me concediese a Tortosa, sea toda del Hospital de Jerusalem.
Además, porque no es imposible, si nos hemos equivocado, pues somos hombres. Si yo o mi padre quitamos algo a los obispados de mi tierra o a los monasterios, de los honores o las posesiones injustamente, rogamos y mandamos que los prelados, al templo del Santo Sepulcro, del hospital y los del templo, lo restituyan legalmente.
Del mismo modo, si a alguno de los hombres, varón o mujer, clérigo o seglar, yo o algunos de mis antecesores quitamos injustamente su heredad, restitúyase al mismo justamente por compasión.
De igual manera, de las propiedades que por derecho de herencia nos son debidas (fuera de aquellas que fueron entregadas a los Lugares Sagrados), las dejo íntegras al Sepulcro del Señor, al Hospital de los pobres y a la milicia del templo; a tal tenor, que después de la muerte de ellos, sean íntegras del Sepulcro, del Hospital y del templo y darlas a quien quisieren.
De este modo todo mi Reino, como se ha escrito arriba, y toda mi tierra, cuanto tengo, cuanto me quedó de mis antepasados, cuanto yo adquirí o adquiera en adelante con la ayuda de Dios y cuanto yo doy al presente y hubiere podido dar antes justamente, todo lo asigno y concedo al Sepulcro de Cristo, al Hospital de los pobres y al Templo del Señor, para que ellos lo tengan y posean por tres terceras partes iguales: todas estas cosas sobredichas doy y concedo al Señor Dios y los Santos nombrados mas arriba, tan propias y firmes, como ahora lo son mías, y tengan facultad de dar, y quitar.
Y si alguno de aquellos, que ahora tiene estos honores o los tendrán en el porvenir quisiera ensoberbecerse y no quisiera reconocer a estos Santos, como harían a mí, a mis hombres y a mis servidores, apelen de la traición y de felonía, como harían si yo estuviese vivo y presente, vuelvan por la fe sin engaño.
Y si durante mi vida me agradara dejar lo que quisieren dejar o a Santa María o a San Juan de la Peña o a otros Santos, los que las tuvieren, recibirán de mí lo que valen.
Hago, pues, estas cosas, por el alma de mi padre y de mi madre, y por el perdón de todos mis pecados; y para merecer tener un lugar en la vida eterna.
Hecha esta carta en la era 1172, en el mes de septiembre, día martes, de la Natividad de Santa María, en el castillo y población que se nombra Sariñena.
Signo + de Alfonso, rey, etc.
Hecho este testamento tres años antes de su muerte, lo ratificó poco antes de su fallecimiento, que acaeció el día 7 de Septiembre del año 1134.”
TESTAMENTO DE ALFONSO I DE ARAGÓN
DE LOS MALOS REYES:
218
“Los malos de todos son vituperados
Sus mismos vicios los atormentan;
De toda la gente son muy desamados,
De sí claro nombre: muy lexos ausentan.
Con muertes, engaños, los suyos los tientan,
Son aborrecidos de Dios et del mundo.
Dezid, pues, qué gozo tales reyes sientan,
Ya vivos viniendo en fuego profundo.”
INFANTE DON PEDRO DE PORTUGAL, ‘Cancionero de Resende’.
DE LA PRIVANZA:
219
“Bolvamos la pluma a tí o privança,
Ufana, ingrata, mintrosa irada!
Tú pones en hombre toda tu fiança
Por ende de males eres recercada.
Tú has en arena tu casa fundada,
Si presto te vienes, más presto te partes,
De quien te conoce eres desamada
Por tus no fermosas ni gentiles artes.”
INFANTE DON PEDRO DE PORTUGAL, ‘Cancionero de Resende’.
DEL PUEBLO Y DE SU VANO AMOR:
220
“No amo ni punto el amor popular,
Ni loo quien mucho en él se confía;
Ca no sabe amar, ni sabe desamar.
Los más de sus fechos van torcida vía,
Sin razón, sin causa mantiene querella,
Jamás discreción no lleva por guía;
Nin honrra virtud, nin se cura d’ella.
A caos profundos a horas abaxa,
A horas sublimes al cielo loado,
En él piedad jamás se encaxa,
Los sus beneficios siempre van errando.
En todo ingrato, crudo et nefando;
Los malos enxalça, los buenos oprime,
A la falssa fama jamás va mirando,
Nin siento virtud que a él se arrime”.
INFANTE DON PEDRO DE PORTUGAL, ‘Cancionero de Resende’.
EL HOMBRE:
221
“Hijo Don Fernando: Cierto que una de las principales razones porque nuestro Señor crió el mundo, fue por tener razón de criar al hombre, que es la más noble criatura que hay bajo los cielos, y aun algunos dicen que es más noble que las criaturas celestiales.
Mas es cierto que la razón por que el hombre es la más noble criatura, es porque el hombre se compone de cuerpo y alma, y tiene entendimiento y razón, y tiene libre albedrío para poder hacer el bien o el mal.”
REY DON SANCHO IV, ‘Libro de los castigos’
EL SÚBDITO:
222
“Libertad es poderío que tiene todo hombre naturalmente de hacer lo que quisiere, en tanto que fuerza o derecho de ley o de fuero no se lo impide.
Y puede dar esta libertad el señor a su siervo en iglesia o fuera de ella, y delante del juez, o en otra parte, o en testamento o sin testamento, o por carta.”
LAS PARTIDAS DE ALFONSO X EL SABIO.
EL PRIVADO:
223
“Lo que non fice, faced,
Favoritos e privados;
Si queredes ser amados,
Non vos teman, mas temed.
Tempat la cúpida sed;
Consejad retos juicios;
La raçón obedeced.
Ca si fuéredes medidos
En rescebir, non dubdedes
Con mucha raçón faceredes
A los otros comedidos.
Los discretos e sentidos
Pedirán, cuando pidieren,
De poco les sois tenidos.
Por tanto, lo que diré,
Gentes de la nuestra Esperia,
Acerca desta materia,
Avedlo como por fe.
De todos me ensoñereé
Tanto, que de mi señor
Cuidava ser el mayor
Fasta que non lo cuidé”.
MARQUÉS DE SANTILLANA ‘Doctrinal de Privados’
MUERTE DEL VALIDO:
224
“E de la casa de Alonso Perez esa noche le pasaron a la casa de Alonso Destúñiga, donde toda la noche estuvieron con el aquellos frailes, confortandole e diciendole que muriese como christiano, esperando que Dios habria piedad de su ánima.
E otro dia muy en amanesciendo, oyó misa muy devotamente, e rescibió el cuerpo de Nuestro Señor, e demandó que le diesen alguna cosa con que beviese, e traxéronle un plato de guindas, de las quales comió muy pocas, e bevió una taza de vino puro.
E después que esto fue hecho, cavalgó en una mula, e Diego Destúñiga e muchos caballeros que le acompañaban, e iban los pregoneros pregonando en altas voces: ‘Esta es la justicia que manda hacer el Rey nuestro Señor a este cruel tirano e usurpador de la corona real: en pena de sus maldades mándale degollar por ello.’
E así lo llevaron por la cal de Francos, e por la Costanilla, hasta que llegaron a la plaza donde estaba hecho un cadahalso alto de madera, e todavia los frayles iban juntos con él, esforzándole que muriese con Dios; y desque llegó al cadahalso, hicieronle descavalgar, e desque subió encima, vido un tapete tendido, e una cruz delante, e ciertas antorchas encendidas, e un garabato de fierro fincado en un madero; e luego fincó las rodillas e adoró la cruz, e después levantóse en pie, y paseóse dos veces por el cadahalso.
E allí el maestre dio a un page suyo llamado Morales, a quien habia dado la mula al tiempo que descavalgó, una sortija de sellar que en la mano llevaba, e un sombrero, e le dixo: ‘Toma el postrimero bien que de mi puedes recebir, el cual lo recibió con muy gran llanto’.
Y en la plaza y en las ventanas había infinitas gentes que habían venido de todos los lugares de aquella comarca a ver aquel acto: los quales desque vieron al maestre andar paseando, comenzaron de hacer muy gran llanto, e todavía los
frayles estaban juntos con él, diciéndole que no se acordase de su gran estado e señorío, e muriese como buen christiano.
El les respondió que así lo hacía, e que fuesen ciertos que en la fe parescía a los Santos Mártires.
E hablando en estas cosas, alzó los ojos e vido a Barrasa, caballerizo del príncipe, e llamóle e díxole: ‘Ven aca, Barrasa: tú estas aquí mirando la muerte que me dan; yo te ruego que digas al principe mi señor que dé mejor gualardón a sus criados, quel rey mi señor mandó dar a mi.’
E ya el verdugo sacaba un cordel para le atar las manos, e el maestre le preguntó: ‘¿Qué quieres hacer?’ El verdugo le dixo: ‘Quiero, Señor, ataros las manos con este cordel’. El maestre le dixo: ‘No hagas así’, e diciendole esto, quitóse una cintilla de los pechos, e diógela, e díxole: ‘Atame con esta, e yo te ruego que mires si traes buen puñal afilado, porque prestamente me despaches.’
Otrosí le dixo: ‘Dime, aquel garabato que está en aquel madero, ¿para que esta allí puesto?’ El verdugo le dixo: que era para que después que fuese degollado, pusiesen allí su cabeza. El maestre le dixo: ‘Después que yo fuere degollado, hagan del cuerpo y de la cabeza lo que querrán’.
Y esto hecho, comenzó a desabrocharse el collar del jubón, e aderezarse la ropa que traía vestida, que era larga de chamelote azul forrada de raposos forreros; e como el maestre fue tendido en el estrado, luego llegó a él el verdugo, e demandóle perdón, e dióle paz, e pasó el puñal por su garganta, e cortóle la cabeza, e púsola en el garabato.
Y estuvo la cabeza allí nueve días, y el cuerpo tres días; e puso un bacín de
plata a la cabecera donde el maestre estaba degollado, para que allí echasen el dinero los que quisiesen dar limosna para con que le enterrasen; y en aquel bacín fue echado asaz dinero.
E pasados los tres días, vinieron todos los frayles de la Misericordia, e tomaron su cuerpo en unas andas, e llevaronlo a enterrar a una hermita fuera de la villa, que dicen Sant Andrés, donde se suelen enterrar todos los malhechores; y dende a pocos días fue sacado de allí, y llevado a enterrar al Monasterio de San Francisco, que es dentro en la villa.
E pasado asaz tiempo, fue traído el cuerpo con su cabeza a una muy sumptuosa capilla quel había mandado hacer en la Iglesia mayor de la cibdad de Toledo: e asi ovo fin toda la gloria del maestre e condestable Don Álvaro de Luna.”
CRÓNICA DEL REINADO DE JUAN II. (ca. 1454)
Marcadores