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Tema: Correcciones a la Constitución de 1978 para hacerla mínimamente aceptable

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    Re: Correcciones a la Constitución de 1978 para hacerla mínimamente aceptable

    TEXTO RECHAZABLE QUE FUE APROBADO
    TEXTO QUE HUBIERA SIDO ACEPTABLE EXPLICACIÓN
    Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
    Artículo 30
    1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.


    2. La ley fijará..., la objeción de conciencia, ... pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.
    Artículo 30
    1. Los ciudadanos tienen OBLIGACIÓN DE CONTRIBUIR a la defensa de España...

    2. Suprimido


    *Con firmeza, recordamos el magnífico texto del Fuero de los Españoles que se derogará: “Constituye título de honor para los españoles el servir a la Patria con las armas. Todos los españoles están obligados a prestar este servicio cuando sean llamados con arreglo a la Ley”.

    **La objeción de conciencia rara vez no es sino cobardía o connivencia con el enemigo, resultado de sus hábiles presiones y sugestiones. Por otra parte, el que, pudiendo, no defiende a su prójimo de un atropello, obra tan mal como el que le hace; y si injusto es no defender al prójimo en la guerra también lo es en la paz.
    Artículo 32
    1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.


    2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad..., las causas de separación y disolución y sus efectos.
    Artículo 32
    1. El varón CON la mujer, en plena igualdad jurídica, podrán contraer matrimonio PARA CREAR UNA FAMILIA.

    2. El DERECHO COMÚN regularálas formas del matrimonio CIVIL,los derechos y deberes CIVILES de los cónyuges,las causas de separación y disolución de los matrimonios NO CANÓNICOS, y los efectos CIVILES de suspensión o disolución del vínculo.
    *(De haber sabido los constituyentes católicos que tal ingenua redacción, en el siglo XXI se interpretaría favorable al matrimonio de hombre con hombre y de mujer con mujer hubieran recalcado el sentido hoy llamado “heterosexual”).

    **El matrimonio solo tiene un único fin que es formar una familia.

    ***En el apartado 2 está la habilísima “fórmula” que la UCD admite para introducir el divorcio indiscriminadamente, o declarar el matrimonio disoluble. Ni que decir tiene, que no admitimos este sistema de que sea la Ley del Matrimonio la que torpedee la institución familiar, amparándose en la ambigüedad constitucional.
    La Ley civil para los no católicos, y el Derecho canónico para los católicos que desean permanecer en la Fe.



    Artículo 38
    Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.
    Artículo 38
    Se reconoce el DERECHO a la libertad de empresa, en el marco de la economía de mercado. LA LEY protegerá y regulará su ejercicio, atendiendo especialmente las exigencias que deriven del CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio.
    *La economía social de mercado favorece la cogestión, mas solamente cuando sea desterrado con lealtad el principio de los sindicatos marxistas, de la lucha de clases.


    continúa...

    .
    Última edición por ALACRAN; 19/05/2020 a las 00:57
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

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