En esta época de "democracia" altisonante suena hiriente la catalogación de alguien como "dictador", por identificarse inevitablemente dictadura con tiranía y como gobierno contra el "pueblo" (que encarnaría todos los valores habidos y por haber).
Se pasa por alto el concepto y la palabra caudillaje (los que lo hayan sabido, cosa dudosa entre el analfabestismo político que padecemos) como gobierno unipersonal originado y consentido por el propio pueblo.
El nombre apropiado para Franco, hasta que el régimen no tuvo instituciones participativas (mitad de los años 40) fue el de Caudillo y el de caudillaje. Pero eso les suena mal, precisamente por el componente popular que conlleva y por no denominar al régimen nada menos que como sus más acérrimos partidarios.
A continuación un texto clásico de Francisco Javier Conde, 1942:
Contribución a la teoría del caudillaje
Acaudillar es guiar a la gente de guerra, y como quiera que los acaudillados no constituyen un grupo, ni un ejercito organizado, sino que son “España en armas”, el vocablo “caudillaje” se vincula a una totalidad “España” y traduce un vínculo sustancial entre el caudillo y los españoles en armas, es decir, movimiento armado hacia una meta.
La meta y la relación entre caudillo y acaudillados hacen del caudillaje un modo legitimo de mandar. La primera nota que lo define es la legitimidad. Acaudillar es ante todo mandar legítimamente.
Tiene el término legitimidad para nosotros, doble dimensión inmanente y trascendente.
El aspecto carismático del caudillaje es visible desde el principio. Es la unión de las voluntades en la empresa de la guerra la que da al mando español vocación y temple heroico. La idea de que el esfuerzo guerrero sirve a fines sobrehistóricos es convicción común que da al mando su dimensión carismática, erigiéndole en trasunto y reverberación de una voluntad trascendente.
El principio de legitimidad carismática queda solemnemente registrado en dos documentos de gran alcance constitucional: en el Mensaje del Secretario General del Movimiento al Caudillo, leído en el II Consejo Nacional celebrado en Burgos, y en la respuesta del Caudillo a dicho Mensaje. Tienen ambos sentido unívoco.
En el Mensaje del Secretario General, documento altamente interesante desde el punto de vista teórico, están apretadamente recogidos en frases de corte bíblico, todos los elementos conceptuales que definen el caudillaje. Léense en él las palabras de Jehová a su profeta Jeremías: “Mira que te he puesto en este día sobre gentes y sobre reinos, para arrancar y para destruir, y para arruinar y para derribar, y para edificar y para plantar”.
Tiene la invocación propósito constituyente. Proclámase el hecho de que la religiosidad personal de un hombre, al asumir la responsabilidad de su propio pueblo, se trasciende a sí misma a un plano sobreindividual. Lo religioso impregna así decisivamente los actos genuinos del caudillaje. En ese elemento, no en otro de orden natural o biológico, está la raíz última de la identidad entre el caudillo y los acaudillados.
La misión religiosa del mando político presupone, como término correlativo, la conciencia de pertenecer a un pueblo elegido. Esa conciencia está presente en la interpretación de la guerra como Cruzada y de España como pueblo llamado a salvar al hombre moderno del abismo en que se halla caído.
La voz de Dios es prístina melodía que señala el camino en las horas difíciles y atadura sujeta a una última decisión religiosa la decisión en las cosas quae tempore mensurantur. Transparecen en la guerra los designios de Dios. Por ella recobra España su destino: “No ha sido en vano el dolor de España, pues por él sanarán sus males y recobrará el singular destino histórico que Dios ha señalado a nuestro pueblo”.
Lo que en un principio era cualidad personal, gracia propiamente dicha, se torna cualidad objetiva, ora transmisible, ora personalmente adquirible por medio de la educación, ora vinculada, no ya a la persona como tal, sino al titular de un cargo, de un oficio, de una entidad institucional. El giro hacia la tradición está marcado por un acto de singular relieve jurídico constitucional: la consagración del Caudillo en la iglesia de Santa Bárbara pocos días después de la liberación de Madrid.
Es el punto en que el carisma se objetiva, se “tradicionaliza”, pasa de un titular humano concreto a una institución. El hálito transcendente, este es el significado profundo del acto, se transfiere de la persona al oficio. Surge así el caudillaje como institución. Por virtud de ese proceso de objetivación, el carisma se adhiere a una entidad duradera, queda unido a la posesión de un oficio, al ejercicio concreto de un cargo. Hase tornado el mando cotidiano.
De las dos vertientes que puede el carisma tomar al hacerse ejercicio cotidiano, la razón y la tradición, la primera lleva al cesarismo plebiscitario; la segunda, al caudillaje propiamente dicho. El primero exige el recurso constante al plebiscito como principio de legitimación del mando. El segundo entraña el engarce del mando carismático en la tradición: se convierte este en instancia suprema que actualiza de modo históricamente concreto la tradición viva de su pueblo, en intérprete genuino de esa tradición.
En la gravitación de los tres elementos hacia el lado carismático, en el predominio de este elemento sobre los otros, estriba la dialéctica del caudillaje. La proclamación del carisma cumple así una función constituyente.
Sirve para legitimar el mando por razón de su origen y por razón de su ejercicio. El mando carismático es mando revolucionario; pero la ruptura violenta de un orden jurídico no arguye ilegitimidad. El poder nuevo se legitima carismáticamente, y, a medida que el carisma se objetiva, la legitimidad deriva resueltamente hacia el polo tradicional y racional. Bellamente lo proclama el mismo texto del Mensaje: “una sola Autoridad, legítima en su origen y en la vocación de su voluntad… rige, con la ayuda de Dios, los destinos de España hacia la realización de su empresa histórica, acaudillando la Revolución Nacional”.
La relación personal entre el caudillo y los acaudillados no es principio de servidumbre, sino de libertad. Asume el caudillo la cura de sus seguidores, no para arrebatarles el cuidado de su existencia propia, sino para esclarecer en ellos la cura de sí mismos, iluminando ante sus ojos el ámbito de posibilidades que su misma existencia le ofrece. La garantía de la libertad no está en la sumisión del que manda y del que obedece a una norma abstracta; está en el iluminado seguimiento a quien asumió misión de capitanía para hacer libres a los que le siguen. Caudillaje es mando de hombre libres que, por el vínculo de lealtad a una instancia personal suprema, se tornan lúcidos en el ejercicio de su libertad.
En el terreno de los principios, la auctoritas del Fuhrer y la del Duce asientan sobre el suelo metafísico del espíritu del pueblo. ¿En qué fundamentos ideales descansa la auctoritas del Caudillo? La idea política opera con dos conceptos fácilmente equiparables a los de pueblo político y pueblo plural, a saber: nación y pueblo. Es el término pueblo en nuestra doctrina, entidad o unidad natural, fenómeno primario de agrupación determinado por la simple convivencia.
Sobre el pueblo “substratum natural”, se alza la nación, entidad históricamente calificada por una empresa universal a realizar y la incorporación de voluntades libres a esa empresa por el camino del entendimiento de amor.
Pero la identidad sólo es aparente porque el concepto de nación no se apoya en la categoría metafísica del “espíritu del pueblo”. La aparente identidad podría llevarnos –de hecho ha llevado ya algunas veces- a transfundir en nuestra propia idea política elementos extraños absolutamente inconcebibles con ella.
El subsuelo metafísico en que el concepto de nación descansa y en el que hemos de ir a buscar el principio de legitimidad propio del caudillaje no es el “espíritu del pueblo”, sino la que es idea rectora de todo nuestro sistema actual de Derecho político: la idea de destino. La auctoritas del Caudillo descansa en la identidad de destino del que acaudilla y los acaudillados; es decir, en la identidad de destino del Caudillo y de España ecomo nación históricamente calificada por una empresa universal singular.
He ahí nuevamente confirmado el alto valor constituyente de la ceremonia de consagración a que antes aludíamos, donde, como reza el mensaje: “la voz más autorizada de la Iglesia española proclama solemnemente la identidad de destino del Caudillo y su pueblo”. No es el Caudillo punto de irrupción del “espíritu del pueblo”, sino destino personal concreto que se ha identificado con el destino histórico objetivo de España.
(Francisco Javier Conde, 1942)
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