Revista FUERZA NUEVA, nº 116, 29-3-1969
Diario de un ingenuo
He leído con detenimiento la nota de la Oficina de Prensa de la Archidiócesis de Barcelona, en la que se puntualiza la nota oficial del Gobierno Civil de la misma sobre registros en algunas dependencias parroquiales de la ciudad. Una duda surge a la lectura de esta nota: si va dirigida a tranquilizar al pueblo cristiano, inquieto por unas posibles actividades subversivas en recintos eclesiásticos, o a calmar una minoría activista implicada en tales hechos. Quizá se haya pretendido lograr ambos objetivos, difícilmente conciliables, y de ahí se deriven notorias imprecisiones.
No es cosa de desmenuzar la nota. Pero sorprende que, en la tercera puntualización, se reconozca, por ejemplo, que “en la parroquia de San Pablo del Campo, en el momento de iniciarse el registro (por la Policía), se sorprendió en el local conocido por Torre del Abad a dos personas ajenas a la parroquia, que estaban tirando en una multicopista una hoja de propaganda comunista” y que “además de esta hoja, en el material allí encontrado, figuraban algunos ejemplares multicopiados de una página del boletín “Lucha Obrera”, dirigida al Ejército”, sin que se aclare si dichas personas se encontraban allí autorizadas por alguien con responsabilidad en la parroquia o si, por el contrario, se habían introducido en el local con allanamiento de morada. Es un extremo de la mayor importancia, que no debería haber sido silenciado, pues es el único que permitiría a los cristianos formar un juicio moral sobre el hecho.
Extraña asimismo que, en la puntualización cuarta, se diga que Monseñor Guix, obispo auxiliar, hiciera constar en acta que no había sido solicitada ninguna autorización del Arzobispado para llevar a cabo el registro, y no se condene, en cambio, el uso abusivo de la dependencia para fines subversivos.
Tampoco aclara mucho la puntualización séptima, cuando, tras citar la acusación de haberse celebrado reuniones del partido comunista de Cataluña en las dependencias de otras parroquias, se puntualiza que “aun suponiendo que en algún caso se hubiera celebrado alguna reunión de este tipo en los lugares denunciados, ello no implicaría NECESARIAMENTE la complicidad del sacerdote responsable de la parroquia y mucho menos la del conjunto de sacerdotes adscritos a su servicio”.
Hemos subrayado nosotros el adverbio “necesariamente”, ya que por su sentido condicional priva a la puntualización del carácter de negativa rotunda que el pueblo cristiano desearía. El beneficio de la duda resulta poco satisfactorio.
Por último, en la puntualización décima, se proclama que el Arzobispado de Barcelona “jamás ha autorizado y desautoriza para el futuro, cualquier tipo de reunión o maniobra política perseguida por la ley en aquellos lugares cuya inviolabilidad está garantizada por el artículo XXII, 1, del vigente Concordato”. Sorprende que esta desautorización no vaya acompañada de la condena correspondiente, ni del anuncio de las medidas disciplinarias a que hubiera lugar para sancionar e impedir las actividades subversivas en dependencias eclesiásticas, estén o no protegidas por el Concordato. Es igual que si en el caso de que la Jerarquía eclesiástica denunciara extralimitaciones de funcionarios del Estado, el gobernador civil las reconociera y se limitará a decir que las “desautorizaba”. En los casos probados de actividad ilegal, la desautorización, sin sanción, no basta.
No ignoramos la crisis de indisciplina y rebelión que ciertos clérigos y seglares han provocado en la Iglesia y que han motivado repetidas llamadas de atención del Pontífice. Pero si cuando estas actitudes anticristianas se producen en un ámbito estrictamente eclesial, sin la debida corrección de la Jerarquía, a los católicos no nos queda otra solución que lamentarla, cuando inciden en el ámbito civil tenemos, como ciudadanos, el derecho a pedir que se corten de raíz, pues no puede tolerarse que existan bulas para atacar a la Patria y a la unidad y paz de los españoles. (…)
Juan Nuevo
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