Fuente: ABC, 12 de Febrero de 1952, páginas 15 y 16.


EL GOBIERNO ESPAÑOL LAMENTA LAS PALABRAS DE TRUMAN Y RECHAZA CUANTO PUEDAN TENER DE INTENTO DE INJERENCIA EN NUESTROS ASUNTOS


Una nota del Gabinete diplomático del ministerio de Asuntos Exteriores afirma, además, que la conducta española en cuanto a libertad religiosa se basa en el respeto a la conciencia nacional



DE VEINTIOCHO MILLONES DE HABITANTES, APENAS 20.000 PRACTICAN EL PROTESTANTISMO, Y ESTOS DISPONEN DE CERCA DE 200 CAPILLAS EN LAS QUE EJERCEN EL CULTO NUMEROSOS PASTORES


No se puede permitir –dice también el documento– que al amparo de presiones extranjeras, agentes de fuera traten de romper la unidad católica del país




La Oficina de Información Diplomática ha hecho entrega a la Prensa de la siguiente nota:


“A juzgar por las manifestaciones del ex embajador en España, Sr. Stanton Griffis, después de entrevistarse con el presidente Truman, la declaración hecha por éste de que no siente simpatía por el régimen español pretende explicarse porque disgusta al presidente la supuesta intolerancia española con las confesiones disidentes.

”Luego de lamentar las palabras presidenciales y rechazar cuanto en ellas pudiese interpretarse como un intento de injerencias de un Gobierno extranjero en los asuntos privativos de nuestro propio país, la Oficina de Información Diplomática del ministerio de Asuntos Exteriores se cree en el caso de recordar que la conducta del Gobierno español en materia de libertad religiosa se atiene escrupulosamente al principio de mantenimiento de la unidad católica de nuestra Patria y al criterio de tolerancia del ejercicio privado del culto disidente.

”Esta actitud política viene impuesta por las razones siguientes:

”A) Por el respeto que el Gobierno debe a la conciencia religiosa nacional, pues, en efecto, de un total de veintiocho millones de habitantes, el número de los que pertenecen a las iglesias disidentes apenas alcanza la cifra de veinte mil, lo que no representa ni el uno por mil de la población.

”B) Por la observancia de los preceptos establecidos en la ley fundamental de la Nación, el Fuero de los Españoles, el cual en su artículo sexto –que, por cierto, no difiere sustancialmente del artículo 11 de la Constitución de la Monarquía española de 1876, vigente hasta 1931– establece que:


””La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de protección oficial.

””Nadie será molestado por sus creencias religiosas, ni el ejercicio privado de su culto. No se permitirán otras ceremonias ni manifestaciones externas que las de la Religión Católica”.



”Esta ley fue no sólo aprobada en Cortes, sino refrendada por plebiscito nacional en el Referéndum celebrado el día 6 de julio de 1947.

”C) Por la fidelidad debida a lo pactado con la Santa Sede, pues el artículo primero del Concordato de 1851 establece que “la Religión Católica, Apostólica, Romana, con exclusión de cualquier otro culto, continúa siendo la única de la nación española”.

”Este artículo se encuentra en vigor a virtud de lo dispuesto en el artículo 9.º del Convenio con la Santa Sede de 7 de junio de 1941.

”En cuanto a la tolerancia de las confesiones disidentes, la que el Gobierno viene observando es la misma que tradicionalmente se ha seguido durante el tiempo de vigencia, tanto de la Constitución del 76 como del Concordato del 51. Los 20.000 protestantes que residen en España, la mitad de los cuales son extranjeros, cuentan con cerca de doscientas capillas donde ejercer su culto, y un número de pastores en proporción superior al que guardan entre sí el clero y la población católica; pueden celebrar matrimonios con arreglo a su rito y tener para su enterramiento cementerio propio.

”Ahora bien, si el Gobierno español practica la tolerancia establecida en sus leyes, no puede, en cambio, permitir que al amparo de presiones extranjeras de ningún género, determinados agentes de propaganda, casi siempre venidos también de fuera, las vulneren, tratando de romper por medios muchas veces reprobables, la unidad católica del país, inestimable herencia de nuestros mayores.

”Si al abrigo de unas relaciones amistosas con los demás países los gobernantes de alguno de ellos hubieran concebido la esperanza de prevalerse de esa amistad para fomentar en nuestro país la disidencia religiosa, incurren en un error que la nación nunca aceptaría y de cuyas consecuencias serían ellos los únicos culpables”.