¿Y por qué no ha de convenir que Puerto-Rico tenga una Constitución H 6 R, pues no sabemos todavía cuál será? Solo hay presentado un proyecto, y á las Cortes Constituyentes es á quien toca determinar cuál sea la Constitución más conveniente á dicha Antilla.
Pero sea cual fuere, ¿por qué no ha de convenir á Cuba? ¿Son idénticas las islas, hay tal identidad que lo que se haga para una tiene que hacerse mañana para la otra? Pues entonces, digo que le conviene. ¿Y por qué? Es sencillísimo. La isla de Puerto-Rico es muy pequeña, es muy tranquila; puede decirse que es una máquina que se maneja con la mano, que obedece á todos los movimientos; que al primer golpe de vista se comprende toda ella, y esa máquina se para en el momento en que uno quiere pararla. ,
Pues si se da una Constitución á Puerto-Rico que presenta tantas facilidades, sin que se corra peligro alguno para ella misma; si Cuba es exactamente idéntica á Puerto-Rico, el dia que esté en situación de recibir una Constitución, esa isla de Cuba, que es una gran máquina que necesita una fuerza de vapor de miles de caballos, ¿no le seria más conveniente haber visto hecho el ensayo en un pequeño modelo, para poder corregir, si necesario fuera, algunas de las ruedas que entorpecieran su movimiento? Pues será de gran provecho para la isla de Cuba y no seria éste el menor provecho que ha recibido de Puerto-Rico, porque esa isla pequeña, esa isla pobre, ha dado grandes ejemplos á la isla de Cuba: ya me ocuparé de esto luego al tratar de la administración de justicia.
Pero se puede decir: no son idénticas las islas; las circunstancias son distintas. ¿No son idénticas? ¿Hay variantes? Entonces no tenemos que decir más que una cosa: entonces Puerto-Rico tendrá su Constitución en la forma que convenga, y la isla de Cuba tendrá la suya en la forma que se crea más acertada; de manera que si son idénticas, lejos de ser perjudicial á Cuba que hoy se dé una Constitución, le seria grandemente beneficioso, porque si esta Constitución da los resultados buenos, será un gran ejemplo para la isla de Cuba; y si por casualidad, por una de esas cosas que no se pueden prever, diera un resultado contrario al que nosotros nos prometemos, seria un gran argumento que tendría la isla de Cuba y una demostración práctica de cómo deben llevarse allí las reformas, y por lo tanto, Puerto-Rico no habría corrido peligro ninguno, y habría salvado á la isla de Cuba.
Pero se dice con insistencia: Puerto-Rico tiene que seguir la suerte de la isla de Cuba: algunos creen que es hasta provincia de la isla de Cuba; pero como satélite la tratan todos. Y ¿de cuándo acá la isla de Puerto-Rico ha dependido de la isla de Cuba? ¿En qué época? La isla de Cuba v la de Puerto-Rico han dependido de Santo Domingo; pero Puerto-Rico de Cuba, jamás.
Pues ¿por dónde habia de ser su satélite? ¿Por dónde provincia de la isla de Cuba? ¡Que tienen el mismo orígen, que tienen las mismas producciones! Señores, y por tener el mismo origen, y por tener las mismas producciones, ¿debe seguir la suerte de la isla de Cuba? Pues qué, la isla de Puerto-Rico ¿no estaba más identificada con la hoy república de Venezuela y con Santo Domingo?
Pues allí, á esas Universidades, era á donde concurría la juventud puerto-riqueña, á Caracas y á Santo Domingo. Con esas dos poblaciones tenia sus relaciones más íntimas.
Y, señores, cuando fué cedida la parte española de Santo Domingo á los franceses, no se cedió á Puerto-Rico, y Puerto Rico recibió á la emigración española, que no quiso sujetarse al yugo francés; y Puerto-Rico, después de la guerra del año de 1808, ha mandado sus fuerzas, ha mandado el Fijo de Puerto Rico á Santo Domingo, á reivindicarlo para España. Perdida Venezuela el año 10, ¿ha seguido Puerto-Rico áVenezuela? No la siguió,como tampoco siguió á Santo Domingo el año 21. Pues si no ha seguido ni á Venezuela ni á Santo Domingo, con quienes la ligaban estrechísimos lazos, á donde acudía la juventud puerto-riqueña, ¿por qué habia de seguir hoy la suerte de la isla de Cuba, que está más distante? ¿De quién recibía su situado Puerto-Rico? Lo recibía de Méjico: Méjico se perdió. ¿Siguió Puerto-Rico la suerte de Méjico? Tampoco, como hoy no seguiría la suerte de la isla de Cuba si desgraciadamente Cuba dejara de ser española, lo cual no sucederá.
También se dice: Cuba y Puerto Rico han tenido siempre igual legislación, igual gobierno, igual administración. La isla de Cuba, como la de Puerto-Rico, como todo el continente americano, tenían las mismas leyes, que eran las leyes de la Península, con algunas variaciones que presentaban las leyes de Indias, y que versaban sobre los indios, sobre impedir manejos más ó menos graves de los altos empleados, sobre las Audiencias etc., etc. Y así seguimos siempre con las mismas leyes de la Península, siempre con las leyes déla madre Pátria, y tendiendo nuestros legisladores á asimilar aquellos países remotos á Castilla. En repetidas leyes está así dispuesto y recomendado, y eso en época en que se recibían los últimos sacramentos y se hacia testamento para embarcarse para América. Entonces querían los legisladores, querían nuestros Reyes que fuera semejante la legislación y el gobierno de tan apartados dominios, donde habia indígenas, que eran la gran masa de la población, y que tenían costumbres enteramente distintas de los españoles, i la legislación y el gobierno de Castilla.
Y hoy, señores, ¿cuáles son los indígenas de PuertoRico? Allí no hay indígenas; todos los indios desaparecieron pocos años después de la conquista; por consiguiente, allí todos son españoles ó africanos, pero indígena no hay ninguno. Seguimos en la misma legislación todas las provincias ultramarinas.
Vino la Constitución del año 12, y se promulgó en Puerto-Rico sin perturbación de ningana especie. El año 14 la restauración, y en nada se resintió Puerto-Rico: del 20 al 23 rigió la Constitución del 12: el año 23 volvió al antiguo sistema, quedando Puerto-Rico fiel y tranquilo en aquellos tiempos en que estaban en convulsión todas las Amérioas.
Viene el año 34, y se publica el Estatuto: concurren á Madrid los Procuradores á Córtes de Puerto-Rico. ¿Y hubo el más leve disgusto, ni la más leve desazón en el cambio de todos esos sistemas? Absolutamente ninguno.
El año 35 comenzaron las diferencias; el año 35 se expidió una Real órden para el capitán general de Cuba, á propuesta del mismo, para que no se separase el mando político del militar en aquella Antilla. Hé ahí la primera diferencia que se hace entre la Península y estas islas. Se proclamó luego en Madrid en el año 36 la Constitución del año 12, y Puerto Rico proclama también la Constitución y organizó los ayuntamientos conforme á la ley provisíonal de la Península de Julio del año 35, cesando los ayuntamientos del antiguo régimen. ¿Hubo alguna perturbación en Puerto-Rico? Ninguna.
En esa época empieza á separarse Puerto-Rico de la isla de Cuba. Señores, en Cuba al que gritaba |Viva la Constitución! se le condenaba á muerte; y por eso fueron desterradas una infinidad de familias, habiendo allí un cataclismo, á la vez que en Puerto-Rico no solo era legal sino obligatorio el juramento á la Constitución.
Ahora bien: ¿son idénticas estas islas, Sres. Diputatados? ¿Lo han sido alguna vez ellas solas entre sí?
Esos ayuntamientos que se organizaron en el año 36 en Puerto-Rico al mismo tiempo que se proclamó allí la Constitución, siguieron hasta el año 46. En aquel año se reformaron por un Real decreto, y en la isla de Cuba ¿qué sucedió? Veinte años después todavía tenia los ayuntamientos perpétuos, rigiéndose por la cédula de 1574. Luego no han sido idénticas esas islas en su parte política y administrativa, sino cuando los derechos de ambas eran idénticos á los de la madre Patria?
¿Lo han sido en la administración de justicia? En 1832 se dividió la isla de Puerto-Rico en distritos judiciales, creándose los jueces de primera instancia, mientras que en el año 41 todavía existia en Cuba la jurisdicción reservada á los capitanes generales y á los comandantes militares con asesores, y al propio tiempo ejercían esa misma jurisdicción los alcaldes ordinarios. Era un caos la administración de justicia en la isla de Cuba, al paso qué en Puerto-Rico, desde el año 32, están organizados los tribunales completamente como en la Península.
Recibió Puerto-Rico el reglamento provisional del año 35, é inmediatamente lo puso en práctica. En el año 41, en la Habana, con dos Audiencias, una de ellas pretorial, el reglamento provisional del año 35 no se había cumplido aún. ¿Tiene Puerto-Rico igualdad con Cuba respecto á sus reglamentos de esclavos? ¿Tiene los mismos bandos de policía y buen gobierno? No; en todo son diferentes. Pasando £ lo económico, ¿no son enteramente distintas sus ordenanzas de aduanas y las de Cuba? ¿No son también distintos los reglamentos del resguardo? Nuestros aranceles ¿no han sido siompre diferentes?¿En qué, pues, nos parecemos? ¿Cuál es la identidad que hay entre la isla de Cuba y la de Puerto-Rico? La isla de Puerto-Rico, señores, siempre tranquila, siempre pacífica; no precisamente en las poblaciones, sino en los campos, en donde se disfruta una paz octaviaría. Nadie sale al camino sino para ofrecer al pasajero un vaso de leche ó un poco de agua. ¿Sucede eso en la isla de Cuba? Señores, yo fui por primera vez á la Habana en 1838; confieso que me horroricé al llegar á aquel puerto y ver que lo primero que se presentó á bordo de la goleta en que yo iba fueron dos soldados con fusil y bayoneta calada para impedir que el pasaje saltara á tierra sin dar previa fianza. Hube de procurarme la fianza para saltar á tierra, y al entrar en la ciudad vi á los comisarios y tenientes comisarios de policía que cada uno iba resguardado con soldados armados de fusil y bayoneta calada, |y eso que era de día! Pues á pesar de eso no podía salirse por la calle con seguridad, y se cometían atentados horrorosos.
Esto en poblado, que de despoblado no se diga nada. En Puerto-Rico han imperado siempre las leyes; los tribunales de justicia la han administrado libremente. En la isla de Cuba ha existido hasta 1855 una comisión militar permanente en la Habana, á vista, á cioncia y paciencia de dos Audiencias, una pretorial. En 1855 se su- i primió, y la restableció luego el general Lersundi, dando- ¡ . la más amplias facultades.
Si ese pueblo, señores, necesita de todo este rigor; i ese pueblo necesita de tanta fuerza para dominarlo; si ese pueblo no se puede salir al campo ni á la calle coa aguridad, ¿puede comparársele en sus costumbres con lis observadas en Puerto-Rico? ¿Puede decirse con razón qte lo que en la isla de Cuba no es bueno, será malo en Puerto-Rico?
No; no hay que comparar á Cuba con Puerto-Rico, i á Puerto-Rico con Cuba. Nunca fueron iguales; hoy b¡ naturales de Puerto-Rico lo lamentamos más que nadie, pero no hay comparación posible entre ambas islas. ¿Coi: va á compararse la isla de Cuba en la situación que esíi atravesando con la isla de Puerto-Rico? Lo lamentasmucho, repito, ¿por qué? Porque de allí, señores, es it donde vienen constantemente las proclamas incendiaria;, y nosotros necesitamos para nuestra tranquilidad que m tranquilice Cuba.
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