Mira lo que dice esta página oficial del Ministerio del Interior:
Procesos electorales - Ministerio del Interior
"Se excluye a las candidaturas que no hayan obtenido, al menos, el 3% de los votos válidos emitidos en cada circunscripción, en el caso de elecciones a Cortes Generales, o el 5% en el caso de elecciones Municipales. En las elecciones al Parlamento Europeo no existe ningún porcentaje de exclusión. (votos válidos son los votos a candidatura más los votos en blanco)."
A ver si va a tener razón el señor Centeno en lo que nos dice de los votos en blanco, en las elecciones europeas (y solo en las elecciones europeas). Sinceramente, me cuesta creer que este señor cometa un error tan tonto como el que tu apuntas...
Un saludo
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